DECRETO 51/2010, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto
Preámbulo:

El presente Decreto, que crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de Castilla y León, define una acción de política industrial que tiene por objeto apoyar estrategias de innovación y competitividad empresarial, en especial para las pequeñas y medianas empresas que, por compromiso expreso, constituyan este tipo de Agrupaciones.

A estos efectos, las Agrupaciones Empresariales Innovadoras o Clusters se definen como «la combinación en un espacio geográfico o sector industrial concreto de empresas, centros de formación, grupos de investigación públicos o privados y otros agentes públicos y privados, involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y/o beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador, y cuya actividad se organiza en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo y/o a una rama o sector científico-tecnológico de referencia».

La Agrupación Empresarial Innovadora, en este sentido, se entiende como una fórmula para impulsar y extender más rápidamente las prácticas de innovación a colectivos de empresas en condiciones y con voluntad de emprender proyectos avanzados de carácter colaborativo.

Proporcionar un soporte directo a este tipo de Agrupaciones, se ha convertido por ello en una prioridad para los agentes responsables de las políticas de desarrollo industrial. De este modo, podemos ver cómo estas agrupaciones están apoyadas expresamente por políticas desarrolladas desde distintos ámbitos. Por un lado, la Unión Europea, a través de la Comisión y el Consejo Europeo de Competitividad, además de por el Comité de Regiones, establece políticas de apoyo a Clusters. Este hecho está recogido en la Decisión N.º 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 2006, por la que se establece el Programa Marco para la Innovación y la Competitividad (2007-2013), (D.O.U.E. serie L n.º 310 de 9 de noviembre de 2010). Dicha Decisión, en su artículo 13 apartado a), promueve la innovación sectorial, los «clusters» , las redes de innovación, las asociaciones entre los sectores público y privado en materia de innovación y la cooperación con las organizaciones internacionales pertinentes, así como la gestión de la innovación.

Los clusters innovadores son también objeto de promoción tanto en países desarrollados (EEUU, Japón, Taiwán, Corea y Francia, con sus «polos de competitividad»), como en países emergentes que poseen recursos abundantes y bien formados: de ahí el

interés creciente de China, India, Rusia y de los países de Europa del Este, en desarrollar este tipo de agrupaciones.

En Castilla y León, el Gobierno Regional ha apostado decididamente por impulsar este tipo de Agrupaciones, y así lo ha reflejado expresamente en la Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, que dedica su tercer eje al desarrollo de una Política Sectorial en la Comunidad, determinando como objetivo del Programa de Cooperación la creación de Clusters-AAEEII, como mecanismo básico de colaboración empresarial. Asimismo, la Estrategia Universidad-Empresa 2008-2011 (Acuerdo 97/2008, de 25 de septiembre de la Junta de Castilla y León) establece expresamente como objetivo específico, el incremento de clusters , como acción necesaria para fomentar la I+D colaborativa, señalando la necesidad en su participación de los tres tipos de actores del sistema (Universidades, Centros Tecnológicos y Empresas). Paralelamente, el Acuerdo Marco para la Competitividad e Innovación Industrial de Castilla y León, suscrito por el Gobierno regional con los Agentes Económicos y Sociales para el período 2010-2013, establece como uno de sus principales ejes de actuación el desarrollo de estrategias sectoriales que permitan el crecimiento y expansión de las empresas, incidiendo especialmente en el fomento de la cooperación y colaboración interempresarial, a través de actuaciones tipo cluster.

Las Agrupaciones Empresariales Innovadoras, en definitiva, ofrecen una forma organizativa que favorece la interacción y cooperación entre los agentes que constituyen cada cadena de valor (empresas: competidoras y proveedoras, organizaciones empresariales; centros de formación: universidades, escuelas de negocios, escuelas de formación profesional; centros de I+D: centros tecnológicos, organismos públicos de investigación (OPI) y organismos privados de investigación). De esta forma, se generan ventajas económicas y competitivas para los miembros constitutivos de estas agrupaciones.

Esta política de apoyo de la Junta de Castilla y León se alinea, además, con las acciones de fomento y consolidación de este tipo de Agrupaciones que desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, se está siguiendo a nivel nacional y con las que las distintas Comunidades Autónomas, y especialmente las más desarrolladas industrialmente, vienen aplicando para el impulso y desarrollo de Clusters y AAEEII en sus respectivos territorios.

La existencia de estos ejemplos a escala nacional e internacional de fomento de «clusters» innovadores y la apuesta por estos instrumentos de política industrial, que ponen de manifiesto las estrategias de apoyo a la innovación aprobados por el Gobierno Regional, lleva a resaltar la dimensión incentivadora de este Decreto, por cuanto la creación de un Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras supone un paso más en el impulso y soporte a este tipo de instrumentos de cooperación en innovación empresarial, que viene aplicando en estos últimos años la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, a través de la Agencia de Inversiones y Servicios.

La medida, además, permitirá incidir en la necesaria adecuación de los Cluster-AAEEII regionales a cada territorio de la Comunidad, mediante el desarrollo de actuaciones específicas de mejora competitiva, adaptadas a la peculiaridad de las empresas presentes en las distintas áreas de la región, y especialmente con aquellas empresas y Cluster-AAEEII que puedan actuar como ejes tractores del desarrollo en el ámbito rural.

Por otra parte, un efecto complementario que se pretende alcanzar con esta política de apoyo, es incentivar la realización de proyectos de colaboración entre los diferentes Cluster-AAEEII regionales, que posibilitarán aprovechar sinergias entre empresas y entornos investigadores presentes en diferentes cadenas de valor del tejido empresarial de Castilla y León.

Por ello, además de la puesta en marcha del Registro, la Junta de Castilla y León asume un claro papel dinamizador y facilitador de la innovación empresarial de manera cooperativa en cada sector. Con ese propósito se definen en este Decreto fórmulas activas de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras creadas, así como vías de coordinación de la actividad de todas ellas. En este contexto coordinador y de trabajo en red, la colaboración de las Organizaciones Empresariales más representativas, como elemento aglutinador de iniciativas de empresa, ha de jugar un papel dinamizador de clara importancia, razón que justifica su presencia en la Red de Clusters que se define para Castilla y León.

En virtud de lo establecido en el artículo 16. e) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León y previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de 18 de noviembre de 2010

DISPONE

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 12
Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto crear y regular el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León, así como las medidas de apoyo a estas entidades.

Artículo 2 Naturaleza y fines de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
  1. Las Agrupaciones Empresariales Innovadoras, entidades sin fines de lucro y caracterizadas por ser una combinación en un espacio geográfico o sector productivo, de empresas, centros de formación, grupos de investigación públicos o privados y otros agentes públicos y privados, involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y/o beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador, y cuya actividad se organiza en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo y/o a una rama o sector científico-tecnológico de referencia.

  2. La finalidad de estas agrupaciones, es la de facilitar, mediante la consecución de una suficiente masa crítica del conjunto de empresas y organismos agrupados, las prácticas innovadoras que permitan mejorar la competitividad de las empresas regionales y su proyección y visibilidad internacional.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 6

El Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León

Artículo 3 El Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León.
  1. El Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León tiene naturaleza administrativa y carácter público y es único para la Comunidad de Castilla y León.

  2. El Registro está adscrito a la Consejería competente en materia de Economía bajo la dependencia de la Dirección General competente en materia de Industria.

Artículo 4 Funciones del Registro.

El Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras asume las siguientes funciones:

  1. La inscripción como Agrupaciones Empresariales Innovadoras de aquellas entidades cuyas solicitudes hayan sido resueltas favorablemente por el titular de la Consejería competente en materia de Economía, así como la...

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