Decreto Foral 14/2013, del Consejo de Diputados de 7 de mayo, que modifica el Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo, Texto Refundido del Plan de Ayudas al Sector Agrario Alavés, y aprueba para 2013 la convocatoria de ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, adquisición de tierras y de utilización de los servicios de asesoramiento por los agricultores y agricultoras.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyDecreto foral

Por Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo, se aprobó el texto refundido del Plan de Ayudas al sector Agrario Alavés en el marco del Plan de Desarrollo Rural del País Vasco 2007-2013 para las medidas y en los términos regulados en el Anexo 1 al citado Decreto Foral, dentro de los límites establecidos en el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y sus posteriores modificaciones, en el Reglamento (CE) nº 1947/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del citado Reglamento y sus posteriores modificaciones, así como en el Decreto Marco 133/2008 de Gobierno Vasco.

El artículo 2 del citado Decreto Foral establece las líneas de ayudas que regula, clasificadas en dos grandes grupos, por un lado ayudas al amparo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible 2007-2013 o ayudas cofinanciadas por fondos europeos y por otro ayudas financiadas íntegramente con cargo a los Presupuestos de la Diputación Foral de Álava o ayudas no cofinanciadas.

A su vez, estos dos grandes grupos incluyen líneas de ayudas dirigidas por un lado a las explotaciones agrarias, entre las que se incluyen, dentro del grupo de las cofinanciadas las destinadas a la modernización de explotaciones agrarias y las ayudas a la Utilización de Servicios de Asesoramiento por parte de los agricultores y agricultoras y dentro del segundo grupo o ayudas no cofinanciadas, las destinadas a la adquisición de tierras por parte de las y los agricultores.

Uno de los principales objetivos del Departamento de Agricultura para el año 2013 es fomentar las inversiones para la modernización de las explotaciones agrarias, para mantener su competitividad e incrementar su rentabilidad, especialmente las destinadas al riego por goteo que posibilitarán un notable ahorro no sólo del agua que se consume sino también del costo que supone el riego para las explotaciones agrarias, así como las destinadas a la adquisición de maquinaria de campo para el cultivo de la patata, sector tan tradicional en este Territorio Histórico que hay que potenciar ante la grave situación de crisis que atraviesa y que necesita de fuertes impulsos para hacerlo competitivo con el resto de países europeos.

Por otra parte, el artículo 54.3 del citado Decreto Foral dispone que en caso de que tras efectuar las valoraciones previstas en los apartados anteriores se desestimaran expedientes por falta de crédito o por causa no imputable a la persona solicitante, caso de seguir interesada en las mismas, deberá presentar nueva solicitud en el plazo que se establezca, como máximo en cada una de las dos convocatorias siguientes que se aprueben si continúa sin concederse las mismas, salvo en las ayudas a la primera instalación de joven agricultor o agricultora en la que únicamente se permitirá presentar una nueva solicitud en la primera convocatoria que se apruebe.

En la convocatoria de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias del año 2012 quedaron casi 150 solicitudes sin atender por falta de crédito presupuestario, de las que la mayoría, previa autorización por el Departamento de Agricultura y por motivo de necesidad o urgencia han iniciado y en muchos casos finalizado en su integridad las inversiones del Plan de Mejora para el que solicitaron ayuda.

Todo ello hace necesaria la aprobación para el año 2013 de las correspondientes convocatorias de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias excluyendo, por sus especiales características, las líneas de ayudas destinadas a la adquisición de maquinaria y equipos agrícolas para su utilización en común por CUMAs, CECAs y Cooperativas de Trabajo Asociado, y las destinadas a la primera insta-

lación de jóvenes agricultores, así como la determinación de unos criterios preferentes para la concesión de las ayudas que implican la modificación de los artículos del Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo, que los establece.

El artículo 52.b que regula la posibilidad de iniciar las mejoras, inversiones o actuaciones auxiliables con anterioridad a la presentación de solicitudes, previa autorización expresa del Departamento de Agricultura, establece que la solicitud de ayuda para dichas inversiones se realice en la primera convocatoria que se apruebe, admitiéndose una solicitud por año según dispone el artículo 7 dándose la circunstancia de que en el presente año 2013 existen solicitantes de la convocatoria de 2012 cuyo plan de mejora fue desestimado por falta de crédito presupuestario que a su vez han presentado escrito previo para un nuevo plan de mejora, lo que llevaría a la existencia de dos solicitudes en un solo año. Para evitar esta circunstancia éstos deberán optar en la presente convocatoria por la presentación de solicitud de ayuda para uno u otro plan en el que podrán incluir las inversiones de ambos, no siéndoles de aplicación la obligación establecida en el segundo párrafo del artículo 52.b.

Por otra parte y teniendo en cuenta que la línea de ayudas a la Utilización de Servicios de Asesoramiento por parte de agricultores y agricultoras regulada en los artículos 27 a 30 del Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo, es una línea incluida también en el Plan de Desarrollo Rural del País Vasco 2007-2013, se considera procedente aprobar su convocatoria para 2013.

Considerando, asimismo, que el Decreto Foral 21/2012, de 20 de marzo, debe ser adaptado a lo dispuesto en la Ley 4/2012, de 29 de octubre, de medidas para la prevención y lucha contra el fraude, se hace preciso aprobar las correspondientes modificaciones para hacer efectiva dicha adaptación así como otras modificaciones necesarias, bien porque se han detectado errores de transcripción que hay que corregir, bien para concretar y aclarar algún aspecto que facilite la aplicación del mismo como consecuencia de auditorías tenidas o derivadas de la experiencia de su aplicación que hacen aconsejable dichas modificaciones.

Por todo lo expuesto, a propuesta del Diputado Foral de...

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