Estudios de Derecho agrario y política agraria, de Alberto Ballarín Marcial.

AutorFrancisco Corral Dueñas
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas491-497

    BALLARÍN MARCIAL, ALBERTO: Estudios de Derecho agrario y política agraria. Madrid, 1975. Un volumen de 1026 páginas.

Dentro del amplio campo del Derecho y la Sociología, pocas materias habrá más sugestivas que la esfera agrarista v su entorno por tener un tinte humano que la hace atrayente de modo inevitable.

Existe en la actualidad, en nuestra Patria, como es sabido, un núcleo de estudiosos y profesionales dedicados al tema, casi todos ellos integran-Page 492tes de la Asociación Española de Derecho Agrario, que aglutinó desde su fundación el día 16 de marzo de 1964, los trabajos apreciables, pero aún dispersos, de los iniciadores así como los de aquellos que posteriormente se han unido a sus tareas con el suficiente acierto para que ya se noten sus frutos perceptibles.

Del grupo de promotores, alma y vida siempre de la Asociación y actual Vicepresidente de la misma, no necesita presentación ni encomios Alberto Ballarín Marcial, Notario, Letrado de la Dirección General de los Registros y del Notariado, Profesor de Derecho Agrario en la Universidad Complutense, Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario y, sobre todo, agricultor por cuna y agrarista por vocación.

Coincidiendo con el cumplimiento de lo que podríamos llamar las bodas de plata de su dedicación al Derecho agrario y a la causa de los hombres del campo, Alberto Ballarín ha recopilado y ordenado sistemáticamente casi todos sus anteriores trabajos, conferencias y publicaciones en un solo tomo que, además de facilitar su estudio o consulta, nos muestra de modo panorámico su evolución no sólo en el terreno puramente jurídico, sino en el campo social, de lo que se llama la política agraria.

En su libro Derecho agrario en 1965, el autor se propuso demostrar la especialidad de la materia, fijando sus relaciones con el Derecho común, del cual es desarrollo y adaptación, pero no excepción, por lo que el juzgador no debe interpretar sus normas restrictivamente. Esta obra, que ahora no enjuiciamos, quería tener un tinte puramente jurídico o científico, pretendiendo sin embargo resaltar los principios generales del Derecho especial agrario: como el autor ahora acertadamente señala, las disputas doctrinales no son, por regla general, abstractas ni inocentes; están cargadas de intención y por medio de la dialéctica iurídica se consiguen resultados sociales progresivos de enorme importancia a veces.

Entre los primeros trabajos, Ballarín prestó especial atención a la figura del arrendamiento rústico, comentando en la Revista de Derecho Privado las resoluciones jurisprudenciales sobre la materia, y en el trabajo titulado La biología de los contratos agrarios ya planteó la crisis de la explotación familiar de pequeñas dimensiones, que debe ser sustituida por la gran explotación bajo la dirección experta de los técnicos. Recoge la frase del agrarista peruano Figallo: «La reforma agraria no consiste en la redistribución de la propiedad, o sea, en el simple cambio de un propietario por otro, sino en la transformación profunda de la estructura de la empresa agraria.»

Influyó bastante en la línea de Ballarín, según nos explica, aparte de su permanencia y estudios en Francia e Italia, sus viajes a Hispanoamérica, donde conoció el gigantesco proceso reformista iniciado en Venezuela y extendido a los demás países, en los que se ha venido a formular el sentido funcional de la propiedad y la teoría de la empresa comunitaria. Estos dos puntos han calado en el autor, que ha ahondado más en ellos a lo largo de sus diversos trabajos, para concluir considerando como fórmula preferible en la agricultura española la de la empresa comunitaria técnico laboral, con lo que a la idea de la función social de la propiedad se une la función también social de la empresa.

En materia de política agraria se recogen una serie de sugerencias, a cuál más interesantes, dirigidas al objetivo de construir un mejor futuro para nuestros hombres de campo, y que había expuesto el autor en el libro La España de los años 10 y en una conferencia en el Valle de los Caídos en 1973.

De lo que sí debe estar seguro Ballarín es que en esta recopilación ordenada ha conseguido mostrar su línea evolutiva, paralela a la del Derecho agrario español en los últimos veinticinco años, en los que poco a poco se ha ido sustituyendo la idea tradicional por la empresarial de la agricul-Page 493tura no sólo en la teoría, sino en la legislación y la práctica. Y también podemos asegurarle, desde nuestra modesta posición, que el libro prestará un gran servicio a los estudiosos de esta rama, a los agricultores y a los funcionarios, tanto técnicos como jurídicos, que trabajan en y para el campo, por su contenido, repleto de cuestiones, planteamientos y sugerencias, que muestran a las claras una dedicación y un afecto por los problemas campesinos difícilmente superables.

La obra Estudios de Derecho agrario y política agraria es extensa y, más aún, intensa.

Por tanto, dada la necesaria limitación de esta nota, resulta difícil su análisis y el comentario debe ceñirse por fuerza a exponer escuetamente las ideas vertidas por el autor con la maestría que le caracteriza.

En primer lugar, Ballarín estudia la figura del agrarista en trazos seguros, en los que rebulle su vocación y hay bastante de autorretrato; no se concibe en esta materia al jurista tradicional habituado a los cánones del Derecho común, sino con una profunda inquietud renovadora, dedicado de lleno a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR