Providencia de 12 de septiembre de 2008, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sección segunda de Burgos, sobre el artículo 38 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

MarginalBOE-A-2008-17159
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo

En la cuestión de ilegalidad n.º 4/07, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sección segunda de Burgos, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 12 de septiembre de 2008, del siguiente tenor:

PROVIDENCIA

Madrid, a doce de septiembre de dos mil ocho.

Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda de Burgos, sobre el artículo 38 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la medida en que el mismo es contrario a los principios de legalidad, igualdad y progresividad en materia tributaria.

Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que disponen...

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