Orden 69/2007, de 27 de abril, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno de promoción interna para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Gestión de Administración General.(F.13/07-P)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

De conformidad con el artículo 5 y con la Disposición Adicional Segunda y Final Primera del Decreto 5/2007, de 16 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2007 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Gestión de Administración General. (F.13/07-P)

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas vacantes del Cuerpo Gestión de Administración General, pertenecientes al Grupo B de funcionarios, por el turno de promoción interna.

1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Decreto5/2007, de 16 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2007, el Acuerdo para el personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2004-2007 y las Bases de esta Orden de convocatoria.

1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes constará de tres fases:

  1. Fase de Oposición.

  2. Fase de Concurso.

  3. Curso Selectivo.

    1.4.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

    Primer ejercicio: Los aspirantes deberán contestar por escrito a un cuestionario de ochenta preguntas, como máximo, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, que versarán sobre el contenido del Programa. La valoración de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

    El tiempo máximo de realización del ejercicio será de cuarenta y ocho minutos.

    Segundo ejercicio: Consistirá para los aspirantes en desarrollar por escrito un tema de los que forman parte del Programa, de entre dos propuestos por el Tribunal. A tal efecto, el Tribunal preparará tres sobres cerrados con dos temas en cada uno de ellos, para proceder a su sorteo en el momento del examen. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

    El Tribunal valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita

    Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, desglosados en preguntas, dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para ordenar y desarrollar los procesos de gestión administrativa, relacionados con las materias de "Derecho Administrativo General", "Gestión Pública y Administración de Recursos Humanos" y "Gestión Financiera y Seguridad Social".

    Para el desarrollo de este ejercicio los aspirantes podrán utilizar todo aquel material que aporten para la ocasión, con las limitaciones que determine el Tribunal en el momento del examen.

    El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

    El Tribunal valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita

    Cuarto ejercicio: De carácter voluntario, consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto de extensión no superior a una página, propuesto por el Tribunal, durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, sobre uno de los siguientes idiomas:

    -Inglés.

    -Francés.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 3,75 puntos.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

    En todos los ejercicios, las puntuaciones que se señalan, resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos fijados por el Tribunal Calificador.

    Finalizada esta fase de oposición, de conformidad con la Base 7.2 de esta Orden convocatoria, se realizará la valoración de los méritos correspondientes a la fase de concurso a aquellos aspirantes que figuren en la relación de aprobados del tercer ejercicio.

    1.5.- En la fase de concurso, se valorarán, conforme a la Base 7.2, los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, así como el nivel de complemento de destino, y las puntuaciones que en ella se obtengan se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación y el consiguiente orden final de la correspondiente relación de aprobados de las fases de oposición y concurso. Los puntos obtenidos en la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

    En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si continuara el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si se mantiene la situación de empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio. De seguir existiendo un empate se seguirá el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra "M", resultante del sorteo al que se refiere la Base 6.5 de esta convocatoria.

    Esta relación de aprobados de las fases de oposición y concurso no podrá incluir un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

    Finalizada esta fase de concurso, de conformidad con la Base 8.2 de esta convocatoria, aquellos aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados de las fases de oposición y concurso, realizarán el Curso Selectivo.

    1.6.- El Curso Selectivo será organizado por la Dirección General de la Función Pública, a través de la Escuela Riojana de Administración Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos teórico-prácticos en orden a la preparación específica de los aspirantes en el ejercicio de las funciones de gestión, ejecución, estudio, propuesta e informes.

    La duración del Curso será de 100 horas. El calendario y programa así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Dirección General de la Función Pública, a través de la Escuela Riojana de Administración Pública.

    Los aspirantes que no pudieran realizar el Curso por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de la Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el Curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

    El Curso se calificará de 0 a 75 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 37,50 puntos.

    Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo podrán participar, por una sola vez, en el Curso inmediatamente posterior. En este supuesto, serán incorporados con la puntuación asignada al último aspirante del mismo. De no superarlo perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.

    1.7.- La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de Oposición, en la Fase de Concurso y en el Curso Selectivo. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si continuara el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si se mantiene la situación de empate, éste se dirimirá teniendoen cuenta la mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio. De seguir existiendo un empate se seguirá el orden de puntuación en el curso selectivo. Si aún persiste el empate, se tendrá en cuenta el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra "M", resultante del sorteo al que se refiere la Base 6.5 de...

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