STSJ Canarias 4404, 11 de Noviembre de 2005

PonenteJESUS NICOLAS MARTI SANCHEZ
ECLIES:TSJICAN:2005:4404
Número de Recurso75/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución4404
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

5 5 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas Sección 1º

Rollo nº 75/2005 Recurso nº 609/2003 PA del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 2 SENTENCIA NÚM.

Magistrados Ilmos. Sres.:

D. Francisco José Gómez Cáceres (Presidente)

D. Jaime Borrás Moya D. Nicolás Martí Sánchez (PONENTE)

En Las Palmas de Gran Canaria, a once de noviembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala el recurso de apelación interpuesto por el procurador don Gerardo Pérez Almeida en representación del Ayuntamiento de Telde, asistido por el abogado don José Mateo Faura, contra la sentencia dictada por el Magistrado Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 en el recurso nº

609/2003 PA siendo parte apelada don Juan Antonio , representado y asistido por el letrado don Rafael Ramírez Perdomo, se dicta la presente sentencia.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

Por el mencionado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de esta capital se dictó sentencia el día 4 de octubre de 2004 estimando el recurso interpuesto por don Juan Antonio contra la resolución. Presunta, por silencio administrativo, del Ayuntamiento de Telde, denegatoria de la pretensión de que se le abonen las "horas sindicales" que señala.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación el Ayuntamiento de Telde y recibidos los autos en esta Sala se formó el correspondiente rollo, y al no haberse solicitado prueba se señaló para votación y fallo el día once del presente mes de noviembre, y se nombra ponente al Magistrado Ilmo. Sr. Don Nicolás Martí Sánchez.

TERCERO

A la referida apelación se opuso don Juan Antonio con los argumentos que figuran en las actuaciones, solicitando la desestimación del recurso.

CUARTO

Esta sentencia fue entregada por el ponente, para su notificación, la fecha que figura en el encabezamiento.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el policía municipal del Ayuntamiento de Telde don Juan Antonio , delegado sindical, con la decisión que en lo esencial dice así literalmente: "reconociendo el derecho del actor a que le sean abonados por el Ayuntamiento de Telde las prestaciones correspondientes a las horas sindicales incrementadas en los intereses devengados...", reconocimiento que viene a continuación de la anulación del acto presunto de dicho Ayuntamiento.

Del texto del hecho segundo de la demanda, se desprende que lo planteado por el recurrente es que en el "listado de complemento de festivos y nocturnos, para su pago..., no se incluye la retribución de las horas sindicales". Tal manifestación viene precedida de la siguiente frase: "que desempeñando mi jornada laboral en el tercer turno (noche), hago uso según normativa establecida del crédito horario para el desempeño de mis funciones sindicales". Y en el "suplico" de dicha demanda pide que se anule la desestimación de la petición que realizó de "reconocimiento retributivo de mis horas sindicales" y se declare "el derecho del demandante a la percepción de las retribuciones correspondientes a las horas sindicales que se le adeudan...".

Tanto el texto del fallo de la sentencia como el de la petición del demandante resultan ambiguos, con ausencia de la necesaria concreción, indispensable para formarse un criterio sobre lo que se...

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