El Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado el 4 de marzo de 2018 en Escazú (Costa Rica) más conocido como Acuerdo Escazú

AutorFernando Vicente Davila
CargoDoctor en Derecho Ambiental, Universidad de Vigo
Páginas129-130
www.actualidadjuridicaambiental.com
129
Iberoamérica
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 29 de enero de 2019
El Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el
acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado
el 4 de marzo de 2018 en Escazú (Costa Rica) más conocido como Acuerdo Escazú
Autor: Fernando Vicente Davila. Doctor en Derecho Ambiental, Universidad de Vigo
Fuente: Naciones Unidas. Comisión Económica para América Latina y el Caribe
Temas clave: América Latina y el Caribe; derecho de acceso a la información; derecho de
participación; derecho de acceso a la justicia; defensa de los derechos humanos ambientales
Resumen:
El 4 de marzo de 2018 en Escazú (Costa Rica), y tras un largo período de gestación que ha
durado siete años, ha sido alumbrado “El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la
participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, más
conocido como Acuerdo Escazú”, que implementa el principio 10º de la Declaración de Río
sobre el Medio Ambiente de junio de 1992.
Es esta una iniciativa auspiciada por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para
América Latina y el Caribe (CEPAL), que tiene cierta similitud con la experiencia y
desarrollo llevados a cabo por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para
Europa (CEPE), hace ahora 20 años en el ámbito europeo, cuando se adoptó el Convenio
de Aarhus, y que ha servido de referencia para la adopción de este acuerdo en este
continente americano.
El "Acuerdo de Escazú" constituye un instrumento de naturaleza vinculante que busca
superar barreras para acceder a los tres derechos: acceso a la información pública,
participación ciudadana y justicia en asuntos ambientales, para que se puedan ejercer los
mismos en condiciones de igualdad y no discriminación en los Estados de la región de
Latinoamérica y el Caribe (ALC).
Fraguado con una activa participación del público, ha venido a consagrar todo un estándar
normativo para la construcción y consolidación de la “democracia ambiental” en una de las
zonas más peligrosas del mundo para los defensores del medio ambiente.
En el artículo 1 se establece su objetivo: “garantizar la implementación plena y efectiva en América
Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los
procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación
y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada
persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo
sostenible”

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