ACUERDO GOV/157/2014, de 25 de noviembre, por el que se crea el Proyecto interdepartamental de competencia digital docente.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyAcuerdo

El artículo 53.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña dispone que: "Los poderes públicos tienen que facilitar el conocimiento de la sociedad de la información y tienen que impulsar el acceso a la comunicación y a las tecnologías de la información, en condiciones de igualdad, en todos los ámbitos de la vida social, incluido el laboral; tienen que fomentar que estas tecnologías se pongan al servicio de las personas y no afecten negativamente a sus derechos, y tienen que garantizar la prestación de servicios por medio de dichas tecnologías, de acuerdo con los principios de universalidad, continuidad y actualización".

La Recomendación 2006/962/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, incluye la competencia digital como una de estas competencias clave e indica que la competencia digital exige una buena comprensión y amplios conocimientos sobre la naturaleza, la función y las oportunidades de las tecnologías digitales en situaciones cotidianas de la vida privada, social y profesional.

La Agenda Digital para Europa 2020 incluye entre sus objetivos el de mejora de las competencias digitales, incluidas las más básicas (alfabetización e inclusión digital) y propone la elaboración de indicadores de medida de estas competencias. También propone la creación de un marco que permita el reconocimiento de las competencias en tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

La Agenda Digital para Cataluña 2020 (idigital) y recientemente también la Estrategia Smart de Cataluña (smartCat) ha recogido estos retos.

Asimismo, con la creación del entorno y la regulación de la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) se han alcanzado una buena parte de los objetivos anteriores. El ACTIC proporciona un estándar de referencia en la evaluación del nivel de competencias en TIC y al mismo tiempo permite a los ciudadanos la acreditación de estas competencias.

La madurez digital se convierte así en un elemento definitorio del desarrollo de un país. Y para conseguir esta madurez, además del despliegue de infraestructuras tecnológicas adelantadas, es necesario que los ciudadanos sean digitalmente competentes.

Así, la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación, se ha hecho resonancia de la importancia de preparar ciudadanos competentes digitalmente, en tanto que entre los principios rectores del sistema educativo, establecidos en el...

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