Acuerdo entre las Autoridades Nacionales de Seguridad del Reino de España y de Portugal referente a la cooperación en materia de supervisión, hecho en Madrid y Lisboa el 26 de mayo de 2021.

MarginalBOE-A-2021-11234
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ENTRE LAS AUTORIDADES NACIONALES DE SEGURIDAD DEL REINO DE ESPAÑA Y PORTUGAL REFERENTE A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE SUPERVISIÓN

En Madrid y Lisboa, a 26 de mayo de 2021.

REUNIDOS

Don Sergio Vázquez Torrón, Presidente de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), que actúa en virtud de las competencias asignadas por el Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.

Dr. Eduardo Feio, Presidente del Consejo Directivo del Instituto da Mobilidade e dos Transportes-IMT, I.P., representando a la Autoridad Nacional de Seguridad Ferroviaria de Portugal de Acuerdo con lo establecido en el Decreto-Lei n.º 270/2003 republicado pelo Decreto-Lei n.º 151/2014, de 14 de Junio.

ACUERDAN

I. Introducción. El presente Acuerdo se celebra entre el Instituto da Mobilidade e dos Transportes, I.P. (IMT) por parte de Portugal y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF) por parte del Reino de España, que intervienen como Autoridades Nacionales de Seguridad (ANS) en el sentido que se recoge en la Directiva (UE) 2016/798, de 11 de mayo, sobre la seguridad ferroviaria.

El presente Acuerdo define las condiciones prácticas de aplicación del artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/761 por el que se establecen métodos comunes de seguridad para la supervisión por las autoridades nacionales de seguridad tras la expedición de un certificado de seguridad único o una autorización de seguridad con arreglo a la Directiva (UE) 2016/798 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1077/2012 de la Comisión.

Queda acordado que el presente Acuerdo no podrá quebrantar el principio de respeto de la competencia territorial que le incumbe a cada ANS, ni restringir de ninguna manera las competencias materiales que les competen.

El presente Acuerdo se refiere exclusivamente a la cooperación de las ANS firmantes en materia de supervisión de las empresas ferroviarias (EF) cuya área de explotación se sitúa en España y Portugal. Dichas empresas ferroviarias se denominarán en adelante «EFcomunes».

Cada ANS firmante se reserva el derecho de adaptar su cooperación con la otra ANS firmante.

II. Base legal. El presente Acuerdo se inscribe en el marco de las disposiciones reglamentarias siguientes adoptadas por la Unión Europea:

– Reglamento Delegado (UE) 2018/762 de la Comisión, de 8 de marzo de 2018, por el que se establecen métodos comunes de seguridad sobre los requisitos del sistema de gestión de la seguridad de conformidad con la Directiva (UE) 2016/798 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1158/2010 y (UE) n.º 1169/2010 de la Comisión.

Reglamento Delegado (UE) 2018/761 de la Comisión, de 16 de febrero de 2018, por el que se establecen métodos comunes de seguridad para la supervisión por las autoridades nacionales de seguridad tras la expedición de un certificado de seguridad único o una autorización de seguridad con arreglo a la Directiva (UE) 2016/798 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1077/2012 de la Comisión.

III. Confidencialidad. Respetando las normas internacional, europea y nacional en materia de derecho de acceso a los documentos administrativos, las partes se comprometen a garantizar la confidencialidad de todos los documentos e informaciones que se intercambien.

La obligación de confidencialidad se aplica especialmente a los informes anuales de seguridad de las empresas ferroviarias, a los programas y los informes de supervisión de las ANS, las informaciones comunicadas libremente por las personas durante las actividades de supervisión, así como a los sucesos relacionados con la seguridad recabados entre las...

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