STSJ Comunidad de Madrid 710, 12 de Enero de 2006

PonenteBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
ECLIES:TSJM:2006:710
Número de Recurso702/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución710
Fecha de Resolución12 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9 MADRID SENTENCIA: 00020/2006 S E N T E N C I A Nº 20 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION NOVENA ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

D. Ramón Veron Olarte MAGISTRADOS:

Dña. Angeles Huet de Sande D. Juan Miguel Massigoge Benegiu Dña. Berta Santillán Pedrosa D. José Luis Quesada Varea Dña. Margarita Pazos Pita D. Juan Ignacio González Escribano En la Villa de Madrid, a doce de enero de dos mil seis.

VISTO por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo núm. 702/2001, pro-movido por el Procurador D. Roberto Granizo Palomeque, en nombre y en repre-sentación de la entidad "Productos Cerámicos Tob, S.L.", contra la resolu-ción dictada por la Consejeria de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid de fecha 23 de julio de 2001 que confirma en alzada la resolución dictada por la

Dirección General de Transportes de 3 de marzo de 2001; ha sido parte en autos la Adminis-tra-ción demandada, la Comunidad Autónoma de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la ley, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte sentencia por la que, estimando el recurso,se revoquen los acuerdos recurridos.

SEGUNDO

El Abogado de la Administración demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó con posterioridad a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones y verificados quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia el día 10 de enero de 2006.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes,concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma.Sra. Dña. Berta Santillán Pedrosa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso admi-nistrativo tiene como objeto determinar si la resolución recurrida es o no conforme con el ordenamiento jurídico, inter-poniéndose el recurso ante este orden jurisdiccional contra la resolución dictada por la Consejeria de Obras Publicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid de fecha 23 de julio de 2001 que confirma en alzada la resolución dictada por la Dirección General de Transportes de 3 de marzo de 2001.

Dichas resoluciones imponen a la entidad recurren-te, "Productos Cerámicos Tob, S.L.", la sanción de multa por importe de 150.000 ptas. por realizar el día 26 de enero de 2000 un trans-por- te privado complementario de ladrillos desde Pantoja (Toledo) hasta Madrid con el vehículo matricula M-7865-XV con un peso total de carga de 30.200 Kgs., teniendo un P.M.A. de 26.000 Kgs. Pesaje acreditado por el ticket y el pesaje efectuado en bascula oficial de la Comunidad de Madrid. Hechos que se tipifican...

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