Resolución 11/1992, de 19 de octubre, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan instrucciones acerca del funcionamiento de las dependencias regionales y dependencias de recaudación.
Marginal | BOE-A-1992-24007 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
La Resolución del pasado 18 de septiembre, del Presidente de la Agencia Estatal de Administración tributaria, ha supuesto una nueva configuración de la competencia de los órganos de recaudación de la Administración tributaria del Estado. Esta Resolución ha desarrollado lo dispuesto tanto en la Orden del Ministro de Economía y Hacienda de 24 de abril de 1992 (
A los efectos que ahora importan, la Resolución de 18 de septiembre ha supuesto, especialmente, la atribución de una competencia directamente operativa a las Dependencias Regionales de Recaudación y un intento de distribución más eficaz de funciones entre las Dependencias provinciales y las Administraciones de la Agencia. Aparte, la Resolución concreta la competencia y facultades de la Dependencia Central de Recaudación.
De esta manera, esta Resolución opta en favor de una estructura operativa a varios niveles para los órganos de recaudación de la Administración tributaria. Dicha configuración responde al deseo de aproximar la estructura de la Administración tributaria a las características de cada clase de actuaciones, buscando tanto la adecuada especialización de las unidades como una mejor respuesta ante los distintos tipos de contribuyentes y persiguiendo, en definitiva, una mayor eficacia en la gestión recaudatoria, una mejor atención a los ciudadanos y una aproximación a la configuración de otros órganos de la Administración tributaria, favoreciendo la necesaria coordinación.
De acuerdo con la Resolución del Presidente de la Agencia, las Dependencias Regionales de Recaudación han de asumir la gestión recaudatoria de aquellos expedientes ejecutivos que, no estando atribuidos a la Dependencia Central de Recaudación, revisten especial importancia o trascendencia. Al mismo tiempo, estas Dependencias han de hacerse cargo de la tramitación de los expedientes de aplazamiento o fraccionamiento relacionados con los expedientes ejecutivos anteriores y han de responsabilizarse, mediante el especial seguimiento de su tramitación, de aquellos...
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