Orden de 22 de septiembre de 1987 por la que se acepta la renuncia de varias Empresas a los beneficios concedidos por su instalación en las zonas de urgente reindustrialización de Vigo-Ferrol y Madrid.

MarginalBOE-A-1987-22986
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyOrden
30278
Viernes
9
octubre
1987
BOE núm. 242
En
el
recurso contencioso-administrativo interpuesto por
doña
Carmen Sanz de Bremond contra resolución de este Departamento
sobre pruebas de idoneidad, la Audiencia Territorial de Valencia.
en fecha
28
de enero de 1987, ha dlctado sentencia, cuyo fallo es
del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando
el
recurso contencioso-adminis-
trativo interpuesto por doña Cannen Sanz de Bremond contra
resolución desestimatoria del recurso de reposición de
la
Secretaria
de Estado de Universidades eInvestigación de 6de marzo de 1985,
así como contra resolución del mismo Organismo de
17
de
septiembre de 1984, sobre declaración de
"no
idóneo" alas pruebas
del área de conocimiento número 93-B
("Geología'~),
convocadas
por
el
Ministerio de Educación yCiencia
por
Orden de 7de febrero
de
1984;
sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto que
se
cumpla la
citada sentencia en sus propios ténninos.
Lo que digo a
V.
I. para su conocimiento ydemás efectos.
Madrid,
21
de septiembre de 1987.-P.
D.
(Orden de
27
de
marzo de 1982), el Secretario de Estado, Juan Manuel Rojo
Alaminas.
22983 ORDEN de
2]
de
septiembre de 1987 por
la
que se
dispone el
cumplimiento
en sus propios términos de la
sentencia dictada por
la
Audiencia Territorial
de
Valencia. desestimatoria de recurso contencioso-admi·
nistrativo interpuesto por doña Carmen Sanz
de
Bremond. sobre pruebas de idoneidad para acceso al
Cuerpo
de
Profesores Titulares de Escuelas Universi-
tarias.
contra la denegación presunta de este Ministerio de la reclamación
de indemnización por daños ypeIjuicios,
se
ha dictado con fecha
19
de mayo de 1987, sentencia, cuya parte dispositiva es como
sigue:
i
Que debemos estimar yestimamos
el
recurso
interpuesto por la representación legal de doña Maria Luisa
Gonzalez de Con y
doña
Maria del Cannen Valdés González
contra
el
acto de denegación presunta
por
el Ministerio de Industria
yEnergía de su reclamación de indemnización por daños y
perjuicios, formulada
en
15
de enero de 1985, que anulamos
por
no
ser conforme aderecho
y,
en su virtud, declaramos que la
Administración Central demandada deberá pagar alas demandan-
tes conjuntamente
la
cantidad de 3.550.000 pesetas, en pago de
dichos daños yperjuicios ylos intereses que procedan con arreglo
a
10
dispuesto en
el
artículo
45
de la Ley General Presupuestaria,
yno
se
hace imposición de costas.
Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en
el
"Boletín
Oficial del Estado" einsertará en la "Colección Legislativa", lo
pronunciamos, mandamos yfirmamos.)
En
su
virtud, este Ministerio, en cumplimiento de
10
prevenido
en
la
Ley
de
27
de diciembre de 1956, ha tenido abien disponer
que
se
cumpla en sus propios terminos la referida sentencia y
se
publique
el
aludido fallo en
el
«Boletín Oficial del Estado)).
Lo que comunico a
V.
l. para su conocimiento yefectos.
Madrid,
21
de septiembre de 1987.-P.
D.
(Orden de
30
de junio
de 1980),
el
Subsecretario, Miguel Angel Feito Hemández.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
Ilmo.
Sr.
Director general de Enseñanza Superior.
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
Y
ENERGIA
ORDEN
de 22 de septiembre
de
1987 por
la
que se
acepta la renuncia
de
varias Empresas alos beneficios
concedidos por
su
instalación en las zonas de urgente
reindustria/ización
de
Vigo-Ferrol y},ladrid.
Ilmo. Sr.:
las
Ordenes de este Ministerio de
27
de enero,
13
de
marzo,
13
de junio,
17
de septiembre y
20
de noviembre de 1986
y 3 de abril de 1987 aceptaron las solicitudes de las Empresas
<
Sociedad Anonima», «Equipesca, Sociedad
AnónimID),
«Minero Naval, Sociedad Anónima:», «Manufacturas Tompla,
Sociedad Anónima», «Metalkris, Sociedad Anónima», «Molduras
de Galicia, Sociedad Anónima», y«Axinor, Sociedad Anónima»,
para acogerse alos beneficios aplicables por su instalación en zonas
de urgente reindustrialización. .
Presentadas
por
las citadas Empresas.renuncias alos beneficios
concedidos de acuerdo con
el
artículo
18.1
de los Reales Decretos
752/1985, de
24
de mayo. y190/1985, de
16
de enero, que declaran
Vigo-Ferrol yMadrid zonas de urgente reindustrialización, procede
aceptar las mismas
y,
en consecuencia,
Este Ministerio, según lo previsto en
el
artículo
98.1
de la
Ley
de Procedimiento Administrativo, ha resuelto:
Primero.-Aceptar las renuncias de las Empresas «Proalse,
Sociedad Anónima», expediente GF/5; «Equipesca, Sociedad Anó-
nimID),
expediente GV/39;
«lVlinero
Naval, Sociedad AnónimID),
expediente GF/24; «Manufacturas Tompla, Sociedad
AnónimID),
expediente M/41; «Metalkris, Sociedad
AnónimID),
expediente
MISS; «Molduras de Galicia, Sociedad Anónima», expediente
GF/38,
y«Axinor, Sociedad Anónima», expediente GF/49, alos
beneficios que las Ordenes de
27
de enero,
13
de marzo,
13
de
junio,
17
de septiembre y
20
de noviembre de 1986 y3de abril de
1987
les
reconocieron por su instalación en las zonas de urgente
reindustrialización de Vigo-Ferrol yMadrid.
Segundo.-Modificar las citadas Ordenes en
el
sentido de excluir
de sus anexos alas Empresas renunciantes.
Tercero.-Reconocer la efectividad de las renuncias desde
la
fecha de su presentación «Proalse, Sociedad
AnónimID),
30
de
marzo de 1987; «Equipesca. Sociedad AnónimID), 6de marzo de
1987.;
«Minero Naval, Sociedad
AnónimID),
14
de abril de 1987;
«Manufacturas Tompla, Sociedad Anónima»,
22
de junio de 1987;
<
Sociedad Anónima»,
22
de junio de
1987;
«Molduras
de Galicia, Sociedad
AnónimID),
14
de mayo de 1987, y«Axinor,
Sociedad
AnónimID),
5
de
julio de 1987, quedando liberadas
las
Empresas de las obligaciones aque estuviesen sometidas.
Cuarto.-Las Empresas renunciantes están obligadas al abono o
reintegro de los beneficios que hubieran disfrutado, así como
al
pago de los correspondientes intereses legales.
Lo que comunico a
V.
1.
para su conocimiento yefectos.
Madrid,
22
de septiembre de 1987.
CROlSSIER
BA
TISTA
22986
Ilmo.
Sr.
Subsecretario.
ORDEN
de
21
de septiembre de 1987 por la que se
dispone
el
cumplimiento
en sus propios términos de
la
sentencia dictada por la Audiencia Territorial de
Barcelona, desestimatoria de recurso contencioso--
administrativo interpuesto por don
Juan
Enrique lvlar-
tinez Legaz, sobre pruehas de idoneidadpara acceso
al
Cuerpo de Profesores Titulares
de
Universidad.
22985
ORDEN
de
21
de
septiembre
de
1987
por
la
que se
dispone el
cumplimiento
de
la sentencia, dictada
por
el Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-admi-
nistrativo
número
182/1986, promovido por doña
,\Jan'a
Luisa
González de Con ydorla Maria del
Carmen Valdés González, contra
la
denegación pre-
sunta de este Ministerio de la reclamación de indem-
nización por daños yperjuicios.
Ilmo.
Sr.:
En
el
recurso contencioso-administrativo número
182/1986, interpuesto ante
el
Tribunal Supremo por
doña
Maria
Luisa González de Con ydoña María del Carmen Valdés González
22984
En
el
recurso contencioso-administrativo interpuesto por don
Juan Enrique Martínez Legaz contra resolución de este Departa-
mento sobre pruebas de idoneidad,
la
Audiencia Territonal de
Barcelona, en fecha 4de noviembre de 1986, ha dictado sentencia,
cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: En atención atodo lo expuesto,
la
Sala Tercera de
lo Contencioso-Administrativo de la excelentísima Audiencia
Territorial de Barcelona ha decidido:
1.0
Desestimar
el
presente
recurso. 2.° No hacer especial imposición de las costas,))
En
su
virtud, este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la
citada sentencia en sus propios términos.
Lo que digo a
V.
I. para
su
conocimiento ydemás efectos.
Madrid,
21
de septiembre de 1987.-P.
D.
(Orden de
27
de
marzO de 1982),
el
Secretario de Estado, Juan Manuel Rojo
Alaminos.
Ilmo.
Sr.
Director general de Enseñanza Superior.

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