SAP Burgos 121/2005, 22 de Marzo de 2005

PonenteAGUSTIN PICON PALACIO
ECLIES:APBU:2005:302
Número de Recurso324/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2005
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 121.

En la ciudad de Burgos, a veintidós de marzo de dos mil cinco.

Visto por esta Sección de la Ilma. Audiencia Provincial de Burgos, el recurso obrante en los presentes autos, que llevan el núm. 324/2004 de los de este Tribunal, y que se corresponden con el proceso seguido, con el núm. 198/2002, en el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Burgos ; y en cuya segunda instancia han intervenido como partes: de una y en concepto de apelante, la entidad "ACCIONES EN SEGURIDAD Y PREVENCIÓN LABORAL, S.L.", con domicilio social en el núm. 42, de la avenida de los Reyes Católicos, de Burgos, defendida por el Letrado don Ángel García Ortiz y representada por la Procuradora de los Tribunales doña Amelia Alonso García; y de otra, y en concepto de apelado, DON Blas , mayor de edad, con domicilio en el núm. NUM000 , de la CALLE000 , de Burgos, defendido por el Abogado don Miguel Andrés Martínez y representado por el Procurador don Fernando Santamaría Alcalde; sobre reclamación de cantidad; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Agustín Picón Palacio, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia se dictó sentencia definitiva, en cuya parte dispositiva se lee: "FALLO.-Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda; en ejercicio de acción de reembolso, sobre derecho de crédito, personal, en reclamación de cantidad, derivada de responsabilidad del contrato de fianza; formulada por el Procurador de los Tribunales, Sr. Don Fernando Santamaría Alcalde; en nombre y representación del Sr. Don Blas ; contra la demandada compañía mercantil "Acciones en Seguridad y Prevención Laboral, S.L", en la persona de su legal representación; representada en autos por la Procuradora de los Tribunales, Sra. Doña Inmaculada Pérez Rey..-y en consecuencia debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 15.025,30 E de principal reclamado..-Con más los intereses legales moratorios desde el 4-3-02 hasta su completo pago..-Haciendo a la demandada expresa imposición de costas procesales causadas al actor en esta instancia..-y poniendo certificación de la presente en los autos inclúyase en libro de sentencias..-MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de BURGOS ( artículo 455 LECn )..-El recurso se preparará pormedio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna ( artículo 457.2 LECn )..-Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.".

Segundo

Notificada que fue la anterior resolución a los interesados, por la parte demandada se preparó e interpuso contra la misma recurso de apelación, el cual fue admitido a trámite en ambos efectos, por lo que, tras dar oportunidad de ser impugnado, se remitieron los autos originales a este Tribunal.

Tercero

En esta instancia, se han observado, substancialmente, todos los requisitos procesales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Se aceptan, sustancialmente y en cuanto no se opongan a los que a continuación se expresan, los de la sentencia dictada en la primera instancia, los cuales se dan aquí por reproducidos para evitar repeticiones innecesarias.

  2. En el caso de autos, donde, ciertamente, las incidencias procesales abundan en exceso, y donde debe, en orden a...

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