SAP Alicante 67/2007, 22 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA TERESA SERRA ABARCA |
ECLI | ES:APA:2007:485 |
Número de Recurso | 429/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 67/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
A.P. Alicante Sec. 5ª Rollo: 429-A-2006
SENTENCIA NÚM. 067
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero
Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra
Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca
En la ciudad de Alicante, a veintidós de febrero de dos mil siete.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 611/2005 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Alcoy, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada LA UNIÓN ALCOYANA S.A., habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª Rosario Marcos Filiu y dirigida por el Letrado D. Hermelando Linares Seguí, y como apelada D. Rodolfo, representada por la Procuradora Dª Silvia Pastor Berenguer con la dirección del Letrado D. Francisco-Daniel Ruiz González.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Alcoy en los referidos autos, tramitados con el núm. 611/2005, se dictó sentencia con fecha 18-04-2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimo la demanda de juicio ordinario deducida por el Procurador Sr. Llopis Gomis en nombre y representación de D. Rodolfo y CONDENO a La Unión Alcoyana S.A. a pagar a la actora la cantidad de 8220'13 euros. Asimismo, CONDENO a La Unión Alcoyana S.A. al pago de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, esto es, al interés legal del dinero incrementado en un 50% a contar desde la fecha del accidente. Dicho interés será el del 20% a partir de la fecha en la que hayan transcurrido dos años desde que se produjo el accidente. CONDENO a la Unión Alcoyana S.A. al pago de las costas causadas en esta instancia."
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 429-A-2006 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 21-02-2007, en el que tuvo lugar.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.
Discrepa en primer lugar el apelante de la valoración de la prueba. Argumenta que olvida el juzgador de instancia en la imputación de la responsabilidad al acompañante del conductor del vehículo en base al artículo 114 del RGC, lo dispuesto en el artículo 82 del citado Reglamento, que prohíbe el adelantamiento por la derecha, acción ejecutada por el conductor del ciclomotor, que hace imprevisible e inevitable el accidente.
De forma subsidiaria solicita una compensación de culpas en la producción del resultado.
En segundo lugar se opone a la imposición de costas por aplicación de lo establecido en el artículo 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al ser una estimación parcial de la demanda.
En último lugar pide que los intereses que la sentencia condena desde la fecha del accidente, sean fijados desde la fecha de la consignación que, fue el día 11 de marzo de 2005.
Por la parte demandante, apelada en este procedimiento, interesó la íntegra confirmación de la sentencia de instancia, con expresa imposición al recurrente de las costas causadas en ambas instancias.
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