SAP Asturias 466/2000, 14 de Septiembre de 2000

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:APO:2000:3384
Número de Recurso47/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución466/2000
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 466/2000

Rollo: JUICIO VERBAL 47 /2000

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Jose Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martin del Peso

En OVIEDO, a 14 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal 361/99 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Numero 6 de Oviedo , Rollo Apelación 47/2000, entre partes, como Apelante, Aurelio , y como Apelado, Reale Autos y Seguros Generales, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia Numero 6 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 30 de noviembre de 1999 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por Don Aurelio contra la compañía Reale Autos y Seguros Generales S.A. procede condenar a esta a que abone al actor la suma de doscientas mil (200.000) pts., que devengará un interés de mora anual, equivalente al interés legal del dinero, vigente en la fecha del accidente, incrementado en un 50%, desde el 3 de agosto de 1999 hasta su completo pago. Todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales causadas en la instancia.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por parte Demandante, que fue admitido en ambos efectos, y previos los traslados ordenados en el art. 734 , se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS,siendo Ponente el Ilmo. Sr./a DON Jose Antonio Seijas Quintana.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurso del actor esgrime como único motivo de la apelación su discrepancia con la indemnización concedida en la sentencia por el valor venal del turismo siniestrado y no por el de reparación, todo ello con cita de una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 11 de octubre de 1.995 que, ni constituye jurisprudencia, ni contradice los criterios reiteradamente expuestos por ésta Audiencia Provincial, expresivos de que una cosa es la procedencia de...

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