SAP Murcia 169/2006, 5 de Julio de 2006

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2006:1622
Número de Recurso140/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución169/2006
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 169/2.006

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a cinco de Julio de dos mil seis.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Murcia, con el núm. 776/04, entre las partes: como actora en primera instancia y apelante en esta alzada, Dª Inés , en ambas instancias representada por la Procuradora Dª María Teresa Cruz Fernández, y defendida por el Letrado D. Alfonso Ciudad González; y como demandados en primera instancia y oponentes al recurso en esta alzada, D. Felix y la entidad MERCURIO S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, representados en ambas instancias por el Procurador D. José Riquelme Marín y defendidos por el Letrado D. Eduardo Andúgar Carbonell.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 7 de septiembre de 2.005 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por Doña Inés , representada por la procuradora doña MaríaTeresa Cruz Fernández, contra D. Felix y la compañía de seguros 'Mercurio', representados por el procurador D. José Riquelme Marín debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas en su contra con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte actora."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la parte actora, siéndosele admitido, presentando escrito de oposición los demandados, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose las partes y señalándose Deliberación y Votación para el día 5 de julio de 2.006.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre de la demandante, Dª Inés , se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, alegando como fundamento, en síntesis, que el vehículo conducido por la recurrente fue colisionado por alcance por el autobús, que se ha practicado toda la prueba existente al alcance de la demandante para demostrar, no sólo el accidente, sino la mecánica del mismo, aludiéndose a lo declarado por la demandante y por su hija, habiéndose acreditado la culpabilidad del conductor del autobús, quien no compareció al acto de juicio, de ahí que esta incomparecencia haya de llevar aparejadas las consecuencias previstas en el art. 304 de la L.E. Civil.

En la demanda se reclama la cantidad de 3.731,61 euros por lesiones, secuelas y factor de corrección y 450,90 euros por gastos de rehabilitación, derivados de dichas cantidades del accidente de tráfico ocurrido el día 20 de diciembre de 2.001, invocándose en la demanda el art. 1.902 del C. Civil y el art. 1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.

La sentencia de instancia desestima la demanda con base en que la parte demandante no ha cumplido con la carga probatoria que le incumbe, según el art. 217 de la L.E. Civil.

SEGUNDO

En el art. 1.1 de...

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