STSJ Castilla-La Mancha , 14 de Febrero de 2001

PonenteRAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA
ECLIES:TSJCLM:2001:532
Número de Recurso318/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 318/00 Ponente Sr. Ramón González de la Aleja.

Fallo 1-2-01 Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda.

Iltmo. Sr. D. Ramón González de la Aleja.- En Albacete, a catorce de Febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A N° 236 En el Recurso de Suplicación núm. 318/00, interpuesto por PREVISORA GENERAL- MUTUALIDAD DE PREVISION SOCIAL, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 1 de Ciudad Real, en autos n° 410/99, siendo recurridos D. Germán , Dª. Marí Jose ; y D. Alexander Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. Ramón González de la Aleja.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el Juzgado de lo Social n° 1 de Ciudad Real, se dictó Sentencia con fecha de 20 de Septiembre de 1.999, cuya parte dispositiva establece: "

FALLO

Que estimando en parte la demanda formulada por D. Germán y Dª. Marí Jose contra D. Alexander Y PREVISORA GENERAL, PREVISION SOCIAL S.A. debo declarar y declaro el derecho de los demandantes a percibir la indemnización de 5.250.000 ptas causada por el fallecimiento en accidente de trabajo del hijo de ambos D. Juan Carlos , y debo condenar y condeno a la Mutua codemandada en abonarles la citada cantidad, absolviéndola libremente de la pretensión de pago de intereses de demora y absolviendo asimismo al codemandado D. Alexander , de las pretensiones frente al mismo deducidas."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

"Primero.- Los demandantes D. Germán y Dª Marí Jose , eran padres de Juan Carlos , que falleció el día 9 de Octubre de 1.998, a consecuencia de Accidente de Trabajo. En concreto el accidente se produjo cuando el indicado día sobre las 11 de la mañana y en pleno horario de trabajo el infortunado hijo de los demandantes salió momentáneamente de la obra que la empresa demandada estaba realizando en Argamasilla de Calatrava, con el permiso de la empresa, siendo atropellado en el cruce existente entre las calles Prosperidad y Virgen del Carmen, próximo a la obra, por un camión, falleciendo a consecuencia del impacto instantáneamente. Segundo.- Que el hijo de los demandantes prestaba sus servicios para la empresa D. Alexander , desde el 27 de Julio de 1.998 con la categoría de Peón de Albañil, y salario según el Convenio Colectivo Provincial de Ciudad Real de la Construcción, que es la actividad a la que se dedica la empresa demandada. Tercero.- En el art. 27 del indicado convenio colectivo vigente para 1.998, se establece una indemnización a favor de los beneficiarios del trabajador fallecido a consecuencia de accidente de trabajo por importe de 5.250.000 ptas. La empresa demandada tiene cubierto tal riesgo mediante póliza de Seguros concertada con la aseguradora PREVISORA GENERAL, Mutualidad de PREVISION SOCIAL S. A. Cuarto.- Los demandantes son los únicos beneficiarios de la indemnización demandada, en caso de corresponderles, dado que su hijo fallecido estaba separado legalmente de su esposa, la cual ha solicitado en otra vía, la administrativa actualmente las prestaciones económicas que pudieran corresponderles a consecuencia del fallecimiento de su esposo en accidente de trabajo. Petición que en principio, le ha sido denegada por la MUTUA que resultaría obligada a abonárselas aduciendo que no falleció a consecuencia de accidente de trabajo. Quinto.- El fallecido D. Juan Carlos , se encontraba trabajando el día 9-10-98, como ya se ha manifestado, en una obra por cuenta del empresario D. Alexander y al llegar la hora del descanso para el bocadillo, sobre las 10 ó 10,30 horas de la mañana, interrumpieron el trabajo él y el oficial que también estaba en esa obra saliendo...

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