SAP Huesca 160/2006, 28 de Julio de 2006

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:2006:310
Número de Recurso45/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución160/2006
Fecha de Resolución28 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 160

PRESIDENTE

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

MAGISTRADOS

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

D. JOSÉ LUIS OCHOA HORTELANO

En Huesca, a veintiocho de julio de dos mil seis.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto el recurso de apelación planteado en los autos de juicio ordinario número 158/2005 tramitados ante el juzgado de primera instancia número 2 de Monzón, sobre reclamación de cantidad derivada de accidente de tráfico. Manuel los promovió, como demandante, dirigido por el letrado don Alberto Allepuz Fandos y representado en esta segunda instancia por el procurador don Francisco Francoy Sopena, contra AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, como demandada, defendida por el letrado don José Hernán Cortés Ballarín y sin representación procesal en esta alzada. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 45 del año 2006, e interpuesto por ambas partes, el actor, Manuel , y la demandada, AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS. Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

La juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento circunstanciado con anterioridad, dictó la sentencia apelada el día 15 de noviembre de 2005 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO / Estimar parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Medina en nombre y representación de Manuel contra AXA AURORA IBÉRICA S.A. DE SEGUROS YREASEGUROS y condenar a ésta a satisfacer a la actora la cantidad de sesenta mil quinientos setenta euros y ochenta y cuatro céntimos (60.570,84) así como al pago de los intereses previstos en el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro , sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, ambas partes, el actor, Manuel , y la demandada, AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, anunciaron sendos recursos de apelación. El juzgado los tuvo por preparados y emplazó a las partes apelantes por 20 días para que interpusieran su respectivo recurso, lo cual efectuaron en el indicado plazo mediante la presentación de los oportunos escritos, en cuyas correspondientes súplicas solicitaron lo siguiente: El primero, "otorgar a mi representado por la reparación de su camión los 33.016'52 euros pagados por él y reclamados en la demanda (lo que, en definitiva, supondría la estimación íntegra de la demanda, al reconocer la totalidad de los 61.024'59 euros reclamados en la demanda por todos los conceptos), con los intereses del artículo. 20 de la Ley del Contrato de Seguro -ya contemplados en la sentencia dictada en primera instancia- y con expresa condena a AXA al pago de las costas procesales de la primera instancia, condena en costas que se solicita se produzca -según lo indicado en este recurso- incluso en el negado supuesto de estimación parcial de las pretensiones de la demanda, todo ello por apreciar y declarar que ha existido temeridad en la conducta de AXA". La segunda, "fijar el importe de la reparación del camión en la cantidad de 29.820,62 euros, desestimado íntegramente la reclamación por lucro cesante, o subsidiariamente, fijando la misma en la cantidad de 1.770 euros". A continuación, el juzgado dio traslado de cada uno de los recursos a las demás partes personadas para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable. En esa fase, cada parte impugnó el recurso presentado de...

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