ORDEN FORAL 183/2000, de 17 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se autoriza el abono de las ayudas individualizadas de transporte de los meses de abril, mayo y junio de 2000.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 183/2000, de 17 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se autoriza el abono de las ayudas individualizadas de transporte de los meses de abril, mayo y junio de 2000.

Visto el informe que presenta el Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento respecto de la conveniencia de proceder al abono de las ayudas individualizadas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2000, según se dispone en la Orden Foral 163/1999, de 26 de mayo, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento del servicio de transporte escolar durante el curso 1999-2000.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado S) del punto II, del Anexo al Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, por el que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de enseñanzas no universitarias y, asimismo, lo establecido en el Decreto Foral 255/1990, de 13 de septiembre, por el que dichos servicios y funciones son asignados al Departamento de Educación y Cultura, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 36, apartados c) y d), de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Autorizar el pago de las ayudas individualizadas de transporte escolar correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2000, por un importe global de 15.451.266 pesetas.

  2. La financiación de las mismas se realizará con cargo a la Partida 41620-2230-4252, Línea 15030-0, denominada "Transporte Escolar", del vigente Presupuesto de Gastos del Departamento.

  3. Interesar del Departamento de Economía y Hacienda la extensión de los oportunos libramientos en favor de los centros de enseñanza y entidades que se relacionan en el Anexo que se adjunta a la presente Orden Foral.

  4. Ordenar la publicación de lo dispuesto en la presente Orden Foral y Anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Trasladar la presente Orden Foral y Anexo a los centros de enseñanza y entidades, al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación y Cultura, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, Sección de Ayudas al Estudio y a los Negociados de Gestión Económica y de Servicios Complementarios, a los efectos oportunos.

Pamplona, diecisiete de mayo de dos mil.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE

Educación Infantil y Primaria y Educación Especial

L O C A L I D A D C E N T R O AYUDAS PESETAS DIAS TOTAL AJUSTE TOTAL CENTRO

ALMANDOZ Colegio Público de E.I.P./H.L.H.I.P. 2 18.300 36.600

4 14.400 57.600 94.200

ALTSASU/ALSASUA C.P.E.I.P./H.L.H.I.P. "Navarro Villoslada" 2 14.400...

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