Resolución de 15 de julio de 1983, de la Delegación del Gobierno en la Compañía Telefónica Nacional de España, por la que se aprueban las tarifas correspondientes a abonados telefónicos para comunicación exclusivamente de entrada.

MarginalBOE-A-1983-21068
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyResolución

La Compañía Telefónica Nacional de España ha sometido a la Delegación del Gobierno la aprobación de las tarifas del servicio telefónico para comunicación exclusivamente de entrada.

Esta Delegación del Gobierno, en aplicación de las facultades que le confiere el artículo 3. del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, por el que se regula el régimen tarifario y concesional de determinados servicios de telecomunicación, ha aprobado las tarifas correspondientes al citado servicio, y que son las siguientes:

Cuota de conexión

La correspondiente a la línea y tipo de aparato contratado, según las tarifas vigentes.

Cuota de abono mensual

La correspondiente a una línea de abonado no particular y el tipo de aparato contratado, según las tarifas vigentes.

Servicio medido

Al tratarse de un servicio telefónico exclusivamente de entrada no procede la aplicación de este concepto, percibiéndose como compensación del servicio de salida no cursado la cantidad única mensual de 420 pesetas.

Madrid, 15 de julio de 1983.- La...

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