SAP Cáceres 56/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteMARIA FELIX TENA ARAGON
ECLIES:APCC:2007:199
Número de Recurso167/2007
Número de Resolución56/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CACERES

SENTENCIA: 00056/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA C A C E R E S

SENTENCIA NÚM. 56 - 2007

Dª Mª FÉLIX TENA ARAGÓN

MAGISTRADOS

DON PEDRO V. CANO MAILLO REY

DON VALENTIN PEREZ APARICIO

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ROLLO Nº : 167/2007

JUICIO ORAL Nº : 310/06

JUZGADO DE LO PENAL

Nº :1 DE CACERES

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En Cáceres, a veintiséis de marzo de dos mil siete.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de Lo Penal de Cáceres, en el Juicio Oral reseñado al margen seguido por un delito Abandono de familia, contra Ángel Daniel, se dictó Sentencia de fecha 24 de enero de 2007, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS: " Queda probado que el acusado, Ángel Daniel, mayor de edad y sin antecedentes penales, en virtud de Sentencia de divorcio de fecha 20 de febrero de 1997 en juicio n. 262/96 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cáceres, resultó obligado a pagar en concepto de pensión de alimentos a favor de sus dos hijos, Luis y Edurne, la cantidad de 35.000 pesetas mensuales por cada uno de ellos, actualizadas anualmente con el IPC., no cumpliendo dicha obligación, pese a tener medios suficientes para ello, los meses de mayo a diciembre de 2004, en los que hizo parcialmente, y durante todo el año 2005, en el que no satisfizo cantidad alguna. La cantidad a la que asciende la deuda del acusado por tales conceptos es de 3.387,70 euros, por los débitos del año 2004 y 5.048,40 euros por los del año 2005, junto a las actualizaciones correspondientes del IPC."

FALLO:

" Que debo condenar y condeno a Ángel Daniel como autor de un delito de Abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete meses de multa a razón de una cuota diaria de doce euros, sujeta a responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas; asimismo, en concepto de responsabilidad civil, condeno a Ángel Daniel a indemnizar a Luis y a Edurne, a la cantidad de ocho mil cuatrocientos treinta y seis euros con diez céntimos (8.436,10 euros) a lo deberá sumarse las actualizaciones del IPC. De los años 2004 y 2005, aplicables respectivamente a las cantidades expresadas en el Fundamento Jurídico cuarto, cuya suma arroja la cantidad expresada, lo que deberá determinarse en ejecución de Sentencia, asimismo procede la imposición de las costas del presente procedimiento al acusado."

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación de Ángel Daniel, que fue admitido en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la L.E.Cr., se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.

Tercero

Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y se turnaron de ponencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 792.1 de la L.E.Cr., pasaron las actuaciones al...

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