SAP Madrid 201/2023, 5 de Mayo de 2023

PonenteROSA MARIA QUINTANA SAN MARTIN
ECLIECLI:ES:APM:2023:7753
Número de Recurso483/2023
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución201/2023
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 30ª

Sección nº 30 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035

Teléfono: 914934388,914934386

Fax: 914934390

GRUPO 3

audienciaprovincial_sec30@madrid.org

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2020/0096912

AUDIENCIA PROVINCIAL RAA 483/2023

SECCIÓN TREINTA P. Abreviado 100/2021

Jdo. Penal nº 16 MADRID

S E N T E N C I A Nº 201/2023

Magistrados:

Carlos MARTIN MEIZOSO

Rosa Mª QUINTANA SAN MARTÍN (ponente)

Diego DE EGEA Y TORRON

En Madrid, a cinco de mayo de dos mil veintitrés.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Agapito contra la sentencia dictada por la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid el 15 de marzo de 2023, en la causa arriba referenciada.

El apelante Agapito estuvo asistido de Letrado en la persona de Santiago Perea Serrano.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así:

    Ha resultado acreditado y así se declara que el acusado Agapito numero de persona NUM000 nacido en Colombia el NUM001 90 mayor de edad y sin antecedentes penales.

    Sobre las 19,50 horas del día 1.9.20, valiéndose de una piedra, fracturo el cristal del vehículo matricula ....QXW

    propiedad de Evaristo que se hallaba estacionado en la calle Perpetua Díaz de Madrid y con intención de apropiarse de objetos de valor sustrajo una caja conteniendo una aspiradora tasada en 34 euros. No obstante

    no logro su propósito de enriquecimiento al ser detenido por la Policía que le intervino la caja en cuestión haciendo entrega de ella a su propietario Los daños causados se han tasado en 151,70 euros.

    El presente procedimiento se ha encontrado paralizado desde el 12 de marzo de 2021 en que se remiten las actuaciones por el Juzgado Instructor, hasta el 6 de abril de 2021 en que se dicta auto de admisión de pruebas y desde ese momento a día de hoy 15 de marzo de 2023.

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo:

    "CONDENO a don Agapito como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas ya def‌inido, con la concurrencia de la circunstancia modif‌icativa de la responsabilidad penal atenuante de dilaciones indebidas cualif‌icada del art. 21.6 Cp, a la pena de CUATRO MESES de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena con imposición de las costas procesales."

  2. La parte apelante Agapito interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra bajando la pena en dos grados por la tentativa.

  3. El Ministerio Fiscal instó la conf‌irmación de la resolución recurrida.

    HECHOS PROBADOS

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de Agapito interesa que se revoque la sentencia apelada y se dicte otra en la que se baje la pena en dos grados por ser intentado el delito de robo con fuerza.

El Tribunal Supremo, en su auto nº 821/2022, de 04-10, rec. 10191/2022 dice "Ciertamente que el artículo 62 del Código Penal no distingue, como se hacía en el anterior Código Penal, entre tentativa acabada e inacabada, si bien ha sido sensible esta Sala -STS 252/2006 de 6 de Marzo, o STS 154/2006, con citación de otras-, al criterio doctrinal de distinguir entre una y otra. Aquella supone una ejecución parcial de los actos de ejecución, ésta una ejecución total. En aquella procedería la...

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