SAP Madrid 249/2023, 8 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Mayo 2023
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 8 (civil)
Número de resolución249/2023

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Octava

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 1 - 28035

Tfno.: 914933929

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2020/0051947

Recurso de Apelación 904/2022 C

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 87 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 355/2020

APELANTE/ IMPUGNADO: MERIENDACENA PRODUCCIONES S.L

PROCURADOR D. MARIANO CRISTOBAL LOPEZ

APELADO/IMPUGNANTE: VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U.

PROCURADOR D. ADOLFO MORALES HERNANDEZ-SANJUAN

SENTENCIA 249/2023

ILMOS SRES. MAGISTRADOS

Dña. LUISA MARÍA HERNAN-PÉREZ MERINO

D. ALFONSO CARRION MATAMOROS

Dña. Mª MAR ILUNDAIN MINONDO

En Madrid, a ocho de mayo de dos mil veintitrés.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por las Sres. Magistrados expresados al margen, han visto en grado de apelación los autos de procedimiento Ordinario nº 355/2020, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 87 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelanteimpugnado MERIENDACENA PRODUCCIONES S.L, representado por el Procurador D. MARIANO CRISTOBAL LOPEZ y de otra, como parte demandada-apelada- impugnante VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U., representada por el Procurador D. ADOLFO MORALES HERNANDEZ-SANJUAN

VISTO, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. DÑA. LUISA Mª HERNÁN-PÉREZ MERINO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 87 de Madrid,, en fecha 12 de mayo de 2021 se dictó Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda principal promovida por el Procurador Sr Cristóbal López, en nombre y representación acreditada en la Causa.

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda Reconvencional promovida por el Procurador Sr Morales Hernández Sanjuán, en nombre y representación acreditada en la Causa.

DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la entidad VICOSERV LUFORT SERIN SLU de la demanda que se le formula de contrario

DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad MERIENDACENA PRODUCCIONES SLU a abonar, en concepto de daños y perjuicios por pérdida de Benef‌icio Industrial, a VICOSERV LUFORT SERIN SLU en la suma de 213.831,90 euros con más los intereses legales desde la fecha de esta Sentencia, incrementados en dos puntos, hasta el completo pago o consignación..

DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la entidad MERIENDACENA PRODUCCIONES SLU del resto de las peticiones contenidas en la demanda reconvencional que se le formula de contrario no se hace pronunciamiento en las costas de este procedimiento, ni de la Demanda ni de la Reconvención".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante MERIENDACENA PRODUCCIONES S.L. que fue admitido. La parte apelada VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U, además de oponerse a la estimación del recurso impugnó la sentencia. En su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, lo que se ha cumplido el día 26 de abril de 2023.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se recurre en apelación por la parte actora reconvenida MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U, la sentencia que ha desestimado la demanda interpuesta por contra VICOSERV LUFORT SERIN, S.L., y estimado parcialmente la reconvención hecha valer por esta última contra la demandante. La parte demandada reconviniente a su vez formula impugnación de la sentencia en lo que le resulta desfavorable.

En su demanda la mercantil MERIENDACENA PRODUCCIONES,S.L.U. solicitó la condena de la demanda a quien había encargado la realización de una obra de reforma del inmueble sito en Paseo de Ronda 30, Castelldefells, en los siguientes términos: "se dicte sentencia por la que se condene a la Sociedad Vicoserv Lufort Serin, S.L., al abono de la suma de SETENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (75.052,30 euros) más el IVA correspondiente y los intereses legales devengados desde la interpelación extrajudicial.

SUBSIDIARIAMENTE Y PARA EL CASO DE VER DESESTIMADA LA ANTERIOR, se dicte sentencia por la que se condene a la Sociedad Vicoserv Lufort Serin, S.L., al abono de la cantidad correspondiente a los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del pago duplicado de los trabajos ya cobrados pero que tuvo que completar la nueva constructora y la cantidad correspondiente a la reclamación relativa al desmontaje de la grúa y cantidades pendientes; cuya suma total ascendería a SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (61.395,95 euros). Subsidiariamente, y para el caso de ver desestimado lo anterior, el importe de daños y perjuicios moderados por el Juzgado en atención a los hechos probados.

La parte demandada se opuso a la demanda y formuló reconvención en la que solicitó :

"1.-Se declare resuelto el Contrato de Obra de 31 de enero de 2.016 formalizado entre la Entidad Mercantil "MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U." y la Entidad Mercantil "VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U." a tenor del desistimiento contractual adoptado por la actora reconvenida y comunicado vía electrónica en fecha 2 de noviembre de 2.017.

  1. -Se declare que, a tenor de lo preceptuado en el artículo 1.594 del Código Civil, la Entidad Mercantil "MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U." debe indemnizar a "VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U." de todos los gastos, trabajos y utilidad que la demandada reconviniente hubiera podido obtener al haber desistido

    "MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U." de la obra encomendada a "VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U.", a tenor del Contrato de Obra de 31 de enero de 2.016.

  2. -Se condene a "MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U." por los daños y perjuicios ocasionados a "VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U." como consecuencia de la imposibilidad de permitirle continuar con los trabajos encomendados a tenor del Contrato de Ejecución de Obra de 31 de enero de 2.016, cuantif‌icando los mismos en la cantidad de Doscientos Trece Mil Ochocientos Treinta y Un Euros con Noventa Céntimos (213.831,90 euros), correspondiente al benef‌icio industrial pendiente de percibir en ejecución del referido Contrato de Obra y de los trabajos extraordinarios encargados de forma sobrevenida al inicio de la misma

    .4.-Se condene a "MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U." por los impagos de los trabajos realizados por "VICOSERV LUFORT SERIN, S.L.U." con anterioridad al desistimiento contractual adoptado en fecha 2 de noviembre de 2.017, a tenor del Contrato de Ejecución de Obra de 31 de enero de 2.016, cuantif‌icando los mismos en la cantidad de Ciento Cuatro Mil Quinientos Setenta y Ocho Euros con Dos Céntimos (104.578,02 euros), más los intereses devengados desde el vencimiento de las facturas correspondientes. y todo ello, con expresa imposición de las costas de este procedimiento a la actora reconvenida por imperativo legal, por su temeridad y por su mala fe.

    La sentencia desestimó la demanda. Consideró que no hubo un incumplimiento por parte de la constructora que justif‌icase la resolución del contrato. Tampoco consideró justif‌icadas las cantidades reclamas subsidiariamente. En cuanto a la reconvención, se estimó en la cantidad de 231.831,90 euros como perjuicios por el desistimiento unilateral del actor, que calcula conforme al presupuesto de obra y ampliación en el porcentaje dado por el propio perito de la actora como benef‌icio industrial. No considera por el contrario justif‌icada la reclamación e 104.578,02 que se reclaman por obras ejecutadas y no pagadas.

    Como se ha dicho se alza en apelación la actora reconvenida y se impugna la sentencia por la demandada reconviniente, solicitando la íntegra estimación de sus pretensiones y desestimación de las contrarias.

SEGUNDO

- RECURSO DE LA PARTE ACTORA Y RECONVENIDA MERIENDACENA PRODUCCIONES, S.L.U.

Se alega que la sentencia incurre en error en la valoración que realiza de la prueba practicada en base a los siguientes extremos que la propia recurrente resume:

a) Diferencia probada entre lo desembolsado por mi mandante y la obra ejecutada por Vicoserv. Error en la valoración de la prueba.

b) Daños y perjuicios probados en relación a mi patrocinada (petición subsidiaria de la demanda). Error en la valoración de la prueba

c) Ausencia de desistimiento unilateral del contrato de obra por mi representada que sea generadora del derecho a percibir, por la entidad demandada-reconviniente, una indemnización en concepto de daños y perjuicios por pérdida de benef‌icio industrial.

Igualmente incurre en error de derecho cometido por la sentencia y error en la valoración de la prueba en los siguientes términos :

"d)Existencia de causas justif‌icadas para la resolución del contrato. Incumplimientos de la parte demandadareconviniente.

.e)Excesiva cuantif‌icación del benef‌icio industrial. Enriquecimiento injusto."

Las cuestiones a...

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