STSJ Comunidad de Madrid 677/2023, 7 de Julio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Julio 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Número de resolución677/2023

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34001360

NIG : 28.079.00.4-2022/0037336

Recurso número: 1423/2022

Sentencia número: 677/2023

CE

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ-ALLER

Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS ASENJO PINILLA

Ilmo. Sr. D. EMILIO PALOMO BALDA

Ilma. Sra. Dª ANGELA MOSTAJO VEIGA

En la Villa de Madrid, siete de julio de dos mil veintitrés, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1423/2022, formalizado por Dña. María Virtudes y la UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID contra la sentencia de fecha 6 de julio de 2022, dictada por el Juzgado de lo Social número 41 de MADRID, en sus autos número 347/2022, seguidos a instancia de Dña. María Virtudes frente a UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID, FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE y MAEVA SERVET S.L. sobre derechos y reclamación de cantidad, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ-ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron def‌initivamente conf‌iguradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

La actora ha venido prestando servicios para la Universidad Complutense de Madrid (en adelante UCM), Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (VISAVET), desde el 06-05-2013 a través de los contratos y circunstancias que luego se indicarán con la categoría de Personal Investigador proyecto específ‌ico, percibiendo un salario de 1.892,00 euros mensuales con inclusión de pagas extraordinarias.

La categoría y salario obran en las nóminas aportadas a autos.

SEGUNDO

La relación laboral con la Universidad se ha desarrollado como se expondrá a continuación:

1- De 6 de mayo de 2013 a 31 de marzo de 2014, inició prestación de servicios en la UCM mediante el otorgamiento de becas, materializadas mediante las correspondientes credenciales, todas ellas acogidas al artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (en adelante LOU), siendo su f‌inalidad: "Para realizar trabajos de investigación en el contrato acogido al artículo 83 de la LOU suscrito entre Gerardo del Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria de la Facultad de Veterinaria Profesor de la Universidad Complutense de Madrid y Ayuntamiento de Madrid, titulado Servicio sanitario para la recogida y auxilio de animales en pública y otros espacios del término municipal de Madrid así como el control y seguimiento sanitario de los animales ingresados en el centro de protección animal".

2- De 1 de abril de 2014 a 20 de octubre de 2016, continúo la demandante prestando servicios físicamente en las dependencias de la UCM, igualmente en Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (VISAVET), siendo remunerada mediante el giro de facturas de forma periódica. En este periodo el importe de las facturas las abonaba la Fundación General de la Complutense.

3- De 21 de octubre de 2016 al 20 de octubre 2020, suscribe la actora un contrato con la empresa MAEVA SERVET SL, prestando servicios en el centro VISAVET. El contrato está cof‌inanciado por la Ayudada de Doctorado industrial de la Agencia Estatal de Investigación. Este contrato obra unido a autos como documento nº 9 aportado por la actora y nº 1 del ramo de prueba de MAEVA SERVET.

La actora en fecha 5 de octubre de 2020 f‌irma el documento nº 3 que aporta MAEVA SERVET a su ramo de prueba en el que indica su " Decisión de causar baja voluntaria con fecha 20 de octubre de 2020 al haber sido adjudicataria de una plaza de personal de apoyo técnico con cargo a proyectos de investigación de la Universidad Complutense de Madrid (PAII 62/20-11/2020-11, proyecto con referencia Art. 83 MAPA (230/2020), Del test investigador principal don Ismael del centro de vigilancia sanitaria veterinaria (VISAVETUCM) y con fecha de inicio 21 de octubre de 2020." La actora el 20 de octubre de 2020 f‌irma documento de liquidación, saldo y f‌iniquito (folio nº 357 de autos)

4- De 21 de octubre de 2020 al 31 de enero de 2022, la actora suscribe un contrato de trabajo con la UCM, de carácter temporal, en la modalidad de obra o servicio determinado, al amparo del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 2720/98, de 18 de diciembre, así como en la Ley 14/2011 de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y del artículo 28 de la LOU, como Licenciada en Veterinaria.

Siendo su objeto: "el/la trabajador/a prestará sus servicios como investigador (Licenciado) con cargo al proyecto art 83 MAPA 230/2020 dirigido por Ismael con el destino del departamento de CENTRO DE VIGILANCIA SANITARIA VETERINARIA. Las tareas a desarrollar: Evaluación de la f‌iabilidad de las estrategias de control y erradicación de tuberculosis en animales domésticos y salvajes; Desarrollo de modelos espaciotemporales para el análisis de datos históricos procedentes del programa de vigilancia de zoonosis sometidas a programas de control of‌icial; Conocimiento sobre biología molecular y secuenciación masiva aplicada al estudio de la epidemiología de las micobacterias; Presentación de resultados en reuniones y congresos internacionales; Elaboración de informes y artículos científ‌ico". (documento nº 10 del ramo de prueba de la actora)

5- De 1 de febrero de 2022 con duración hasta 31de diciembre de 2022 la actora f‌irma un nuevo contrato de trabajo temporal con la UCM, en la modalidad de obra o servicio determinado, f‌irmado en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 2720/98, de 18 de diciembre, así como al amparo de lo dispuesto en la Ley 14/2011 de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y del artículo 28 de la LOU. (documento nº 11 del ramo de prueba de la actora).

Es su objeto: "SEGUNDA: El/la trabajador/a prestará sus servicios como investigador (Doctor), con cargo al proyecto FE121/05 (4159356) Investigación de micobacteriosis, dirigido por Delf‌ina con destino en el CENTRO DE VIGILANCIA SANITARIA VETERINARIA (VISAVET). Las tareas a desarrollar serán: Evaluación de la f‌iabilidad de las estrategias de control y erradicación de tuberculosis en animales domésticos y salvajes; Desarrollo de modelos espaciotemporales para el análisis de datos históricos procedentes de programas de vigilancia de zoonosis sometidas a control of‌icial; Valoración y optimización de pruebas diagnósticas para la detección de animales con tuberculosis; Estudios de epidemiología molecular basados en el análisis de secuencias del genoma completo de miembros del complejo M. tuberculosis;

Presentación de resultados en reuniones y congresos internacionales; Elaboración de informes y artículos científ‌ico".

TERCERO

Obra a autos a los documentos nº 1 y 2 aportados por la actora, así como documentos nº 1, 3 y 4 aportados por la UCM a sus ramos de prueba credenciales de becaria de fechas 20-05-2013 y 18-11-2013.

Asimismo obra al documento nº 4 facturas de abril de 2014 a octubre de 2016 constando como cliente VIVASET, aportando asimismo facturas la UCM al documento nº 2 del suyo. Estas facturas eran abonadas por la FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.

CUARTO

La actora participó en los proyectos de investigación que se señalan a los Informes que aporta al documento nº 15 de su ramo de prueba de los años 2010 a 2018.

QUINTO

Consta al folio 296 a 298 Acuerdo entre VIVASET y MAEVA SERVET de 29- 02-2016 a cuyo tenor literal nos remitimos en el que como objeto del Acuerdo Marco se establece "un espacio de colaboración entre la UCM y MAEVA sobre las siguientes actuaciones.

- Investigación en el campo de la sanidad animal, que comprende un estudio para evaluar la distribución espacial de la tuberculosis bovina en la zona de trabajo de MAEVA SEVET (Madrid norte) y la existencia en esa zona de reservorios ambientales y/o animales, fundamental para implementar medidas de prevención y control en zonas de especial incidencia.

- formación especializada en técnicas de secuenciación masiva para conocer las variaciones genéticas de las cepas causantes de tuberculosis bovina en la zona de trabajo de MAEVA SERVET, pudiendo crear así un modelo de transmisión en esta zona.

- intercambio y cooperación en el campo del análisis de factores de riesgo relacionados con la tuberculosis bobina

SEXTO

Consta los folios nº 360 a 370 de autos documento del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades relativo a Ayudas para la Formación de Doctores en empresa, "Doctorados Industriales" siendo la entidad benef‌iciaria MAEVA SERVET SL, y constando la demandante como la investigadora en formación y el título del expediente " Utilización de herramientas de análisis epidemiológico y técnicas de caracterización...

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