STSJ Castilla-La Mancha 993/2023, 16 de Junio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Junio 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha, sala social
Número de resolución993/2023

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00993/2023

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 13034 44 4 2015 0005177

Equipo/usuario: 7

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000936 /2022

Procedimiento origen: OAL P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000644 /2015

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña TGSS 0

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Carlos Ramón, Carlos Miguel, PROGEDSA SOLUCIONES SL, Herminia, Matilde, Jesús Manuel, Juan Ramón, Juan Francisco, Carlos Alberto, Macarena, María, Abilio, Adriano, Melisa, Alonso, Amador, Ángel, Anton, Arcadio, Arsenio, Augusto

ABOGADO/A:,, MARIA JESUS PARRA PEREZ,, FRANCISCO RAMIREZ MENCHEN,,,,,,,,,,,,,,,,

PROCURADOR:,, GERARDO GOMEZ IBAÑEZ,,,,,,,,,,,,,,,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

Magistrado Ponente: D. JOSE MONTIEL GONZALEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSE MONTIEL GONZALEZ

Dª MARIA ISABEL SERRANO NIETO

Dª. ETHEL HONRUBIA GÓMEZ

En Albacete, a dieciséis de junio de dos mil veintitrés.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 993/2023

En el RECURSO DE SUPLICACION número 936/22, sobre otros derechos, formalizado por la representación del INSS Y TGSS contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Tres de Ciudad Real en los autos número 644/15, siendo recurrido/s DON Carlos Alberto, DON Anton, DOÑA Macarena, DON Abilio

, DON Arcadio, DOÑA Melisa, DON Carlos Ramón, DON Augusto, DOÑA Herminia, DON Amador, DON Arsenio, DON Ángel, DON Jesús Manuel, DON Juan Francisco, DOÑA Matilde, DOÑA María, DON Adriano

, DON Alonso DON Ángel, DON Juan Ramón y DON Carlos Miguel Y PROGEDSA SOLUCIONES, S.L.U ; y en el que ha actuado como Magistrado-Ponente D. José Montiel González, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 26-7-2018 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número Tres de Ciudad Real en los autos número 644/15, cuya parte dispositiva establece:

Que desestimando la demanda formulada por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a las personas físicas DON Carlos Alberto, DON Anton, DOÑA Macarena, DON Abilio, DON Arcadio, DOÑA Melisa, DON Carlos Ramón, DON Augusto, DOÑA Herminia, DON Amador, DON Arsenio, DON Ángel, DON Jesús Manuel, DON Juan Francisco, DOÑA Matilde, DOÑA María, DON Adriano, DON Alonso DON Ángel, DON Juan Ramón y DON Carlos Miguel, y la mercantil demandada PROGEDSA SOLUCIONES, S.L.U, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contenidas en la demanda, declarando que la relación jurídica objeto de la actuación inspectora no ha sido de naturaleza laboral, entre la mercantil Progedsa Soluciones, S.L.U y las personas físicas citadas, relacionadas en acta de infracción y liquidación aportadas a los mismos, haciendo pasar por esta declaración a la demandante con todas las consecuencias legales inherentes a dicho pronunciamiento.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en fecha 12 de marzo de 2015, procedió a levantar a la mercantil Progedsa Soluciones acta de liquidación NUM000, por importe de 35.195,46 euros en coordinación con acta de infracción nº NUM001 por importe de 46.276 euros, y ello en virtud de la campaña de actuación inspectora NS 0033 que se extiende geográf‌icamente a las cinco provincias de Castilla La Mancha, centrándose la demanda a los trabajadores que han desarrollado sus servicios en la provincia de Ciudad Real, En el acta se reconoce la existencia de relación laboral entre los trabajadores y la empresa y concluye proponiendo la imposición de una sanción grave que aprecia en grado mínimo tramo inferior.

SEGUNDO: Tras la actuación de la inspección, se comunica de of‌icio la inscripción de la empresa Progedsa Soluciones, S.L.U, en un CCC de la provincia de Ciudad Real, así como el alta en el Régimen General de la Seguridad Social de cada uno de los trabajadores afectados que han prestado servicios para la misma en la provincia de Ciudad Real.

TERCERO. - Notif‌icada el acta de infracción a la empresa, se presentó escrito de alegaciones en fecha 17.04.15 contra la citada acta de infracción y liquidación de cuotas, oponiéndose a las mismas, y alegando que los trabajos realizados por los trabajadores no tienen el carácter ni naturaleza laboral, solicitándose su anulación.

CUARTO. - Las actuaciones inspectoras que sustentaron las Actas de Liquidación e infracción citadas fueron las siguientes:

I.-ACTUACIONES PRACTICADAS. -La campaña de actuación inspectora NS 0033 tiene por objeto establecer la posible relación laboral o no de las personas que han declarado ingresos de la empresa comercializadora de servicios Progedsa Soluciones, S.L.U, y sin embargo no son trabajadores por cuenta ajena de la misma.

Con carácter previo se realizó citación de una serie de los comerciales por los distintos Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectora de Empleo y Seguridad Social de Castilla La Mancha, en función de la

provincia de residencia de los mismos. Una vez remitidos por las provincias todos los informes elaborados como consecuencia de la comparecencia de dichos comerciales, se procede a realizar la actuación inspectora que nos ocupa.

La presente actuación se extiende geográf‌icamente a las cinco provincias de Castilla La Mancha, en función de la habilitación otorgada por esta Dirección Territorial según lo previsto en el art. 2º de la Orden ESS/1784/2012 de 2 de agosto.

El 04 de febrero de 2014 previa citación por correo certif‌icado, comparece en las of‌icinas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Toledo, Doña Rita, con DNI NUM002 asesora laboral de la empresa de Progedsa, S.L.U. En la fecha de la comparecencia y posteriormente, por correo electrónico de fecha 27 de marzo de 2014. En y 2012:

1.Informe de Vida Laboral: solo tiene un trabajador de alta como asimilado a cuenta ajena por ser consejero o administrador de la empresa en el CCC NUM003 : Juan Manuel . En Toledo no han tendí nunca CCC. Tiene otro CCC NUM004, en el que actualmente no hay ningún trabajador de alta (hubo una trabajadora: Tomasa ).

2.Contratos de trabajo: solo de dos trabajadores, Juan Manuel como administrador y Tomasa, como abogada, que actualmente ya no está en la empresa.

3.Contratos mercantiles con los agentes comerciales de Castilla La Mancha.

4. Contratos mercantiles con sus clientes (denominados partners): aportan solo el contrato con Iberdrola.

5.Modelo 190 de retención de IRPF (incluido el año 2013)

6.Modelo 347 de operaciones con terceros.

7.Libro Registro de Facturas emitidas y recibidas (incluido el año 2013)

Se mantiene una entrevista con la representante de la empresa sobre el desarrollo de la actividad de los "agentes comerciales" que prestan servicios para la empresa, de donde se concluye la necesidad de examinar documentación adicional que se requiere mediante diligencia en el Libro de Visitas. Asimismo, por el mismo medio, se requiere que se aclaren determinadas cuestiones relativas a la prestación de servicios de los agentes que la representante de la empresa, por ser personal externo a la misma, desconoce. La empresa responde a esas cuestiones por correo de 15.03.14. Posteriormente a la vista de la información y documentación obtenida se solicita nueva documentación y aclaración por correo electrónico de 27.03.14.

En cumplimiento de dichos requerimientos la asesora legal de la empresa Doña Rita, en sucesivos intercambios de correos electrónicos con (10 de abril, 14 de abril y 22 de mayo) responde a las cuestiones planteadas por las funcionarias actuantes en relación con la actividad de los agentes comerciales de Progedsa. Con fecha 8 de agosto de 2014 se solicita por correo electrónico la aportación de documentación que en la primera presentación el día de la comparecencia se había omitido. Esta documentación -concretamente facturas emitidas y recibidas del ejercicio 2012-fue enviada por la empresa el 25.08.14.

Se envía citación por correo certif‌icado a uno de los agentes comerciales que no había sido entrevistado previamente: Baltasar que comparece en las of‌icinas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social el

22.04.2014, acompañado de su asesor laboral y gestor, Don Camilo . Aporta contratos mercantiles con Progedsa, Registro de facturas emitidas y recibidas en el año 2013, parte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de fecha 02.02.13. Se le entrevista para conocer algunos detalles de la dinámica de trabajo en su prestación de servicios para Progedsa. Manif‌iesta que continua como agente de la mencionada empresa y esta de alta en RETA.

Posteriormente, tras varios intentos para localizar a dos agentes con residencia en Madrid, Clemente y Constantino -, a los que gran parte de los entrevistados de Toledo, habían hecho referencia - se envían citaciones a la dirección C/ DIRECCION000, NUM005 de Madrid, que son devueltas en ambos casos por destinatarios desconocidos. - la representante de Progedsa, Rita, facilita por correo electrónico el 22.05.14, su dirección actual en C/ DIRECCION001, NUM006 de Madrid. Así el 10.06.14 comparecen en las of‌icinas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Toledo, Clemente y Constantino . Acuden acompañados de su asesor laboral y gestor, Don Camilo . Ambos...

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