AAP Valencia 163/2023, 9 de Febrero de 2023
Ponente | ALBERTO BLASCO COSTA |
ECLI | ECLI:ES:APV:2023:776A |
Número de Recurso | 35/2023 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Autos de instrucción |
Número de Resolución | 163/2023 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA VALENCIA
Avenida DEL SALER,14 2º Tfno: 961929124
Fax: 961929424
E-mail: vaap05_val@gva.es
NIG: 46250-43-2-2022-0055546
Procedimiento: Apelación Autos Instrucción [RAU] Nº 000035/2023-Dimana del Diligencias Previas [DIP] núm. 002053/2022 Del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 7 DE VALENCIA Apelante/s: GEDESCOCHE . . Procurador: CUBELLS DOLZ, CAROLINA Letrado: BARBER GARRIDO, JUAN JOSE Apelado/s: MINISTERIO FISCAL
AUTO NÚM. 000163/2023
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente/a
Dª MARÍA BEGOÑA SOLAZ ROLDÁN
Magistrados/as
Dª SONIA ALICIA CHIRINOS RIVERA D ALBERTO BLASCO COSTA (Ponente) ===========================
En Valencia a nueve de febrero de dos mil veintitrés.
Por la representación de la entidad Gedescoche SAU asistido por el letrado Juan José Barber se interpone recurso de apelación contra el auto de fecha 13 de diciembre de 2022 que desestima el recurso de reforma interpuesto contra el auto de sobreseimiento provisional de 21 de noviembre de 2022 dictado por el juzgado de instrucción número siete de Valencia.
Por el Ministerio Fiscal representado por Marí Juana se interesa la revocación de la resolución recurrida. SEGUNDO. Una vez remitida la causa a la Audiencia Provincial, se dio número de rollo, y tras la oportuna deliberación, quedó el procedimiento pendiente de la resolución de la Apelación interpuesta.
Se ha designado ponente a don Alberto Blasco Costa que expresa la opinión del Tribunal.
Se formula Recurso de Apelación contra el Auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones por entender que los hechos denunciados no son constitutivos de delito al tratarse de una cuestión civil y al faltar la competencia de los órganos judiciales de Valencia para conocer de la cuestión. Contra dicha decisión se interpone recurso por la entidad denunciante por entender que los hechos denunciados son constitutivos de un delito de apropiación indebida. La denuncia inicialmente interpuesta se dirige contra doña Aurora como administradora única de la entidad Gerontomur SL que suscribió con la entidad denunciante Gedescoche un contrato de alquiler de vehículo sin conductor y finalizado el periodo del arriendo, el vehículo no ha sido reintegrado pese a los requerimientos realizados a la entidad denunciada.
No puede descartarse inicialmente como realiza el instructor que los hechos denunciados puedan tener naturaleza delictiva.
Concretamente y sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, los hechos pueden ser constitutivos un delito de apropiación indebida del artículo 253 del Código Penal,lo que justifica la necesidad de investigar los hechos, pues es constante la jurisprudencia así sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de 1 de octubre de 2021, que mantiene que el contrato de arrendamiento es un título apto para que se pueda cometer sobre tal obligación de devolver el bien arrendado
un delito de apropiación indebida,...
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