STSJ Comunidad Valenciana 293/2023, 31 de Enero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Enero 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, sala social
Número de resolución293/2023

Recurso de Suplicación 1923/2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 001923/2022

Ilmas. Sras.

Dª. Inmaculada C. Linares Bosch, presidenta Dª. Mª Esperanza Montesinos Llorens

Dª. Encarnación Lorenzo Hernández

En Valencia, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 000293/2023

En el recurso de suplicación 001923/2022, interpuesto contra la sentencia de fecha 19 de abril de 2022, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE ALICANTE, en los autos 000932/2021, seguidos sobre INCAPACIDAD, a instancia de Ruperto, asistido por el letrado D. José Javier Panadero Sánchez, contra INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL SEGURIDAD

SOCIAL, y en los que es recurrente Ruperto, ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. María Esperanza Montesinos Llorens.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Dº Ruperto, con DNI nº NUM000, asistido y representado por el Letrado Dº José Javier Panadero Sánchez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, asistidos y representados por la Letrada Dª María José Garrido Cámara.".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes:

"PRIMERO.-Dº Ruperto, con DNI nº NUM000, nacido en fecha NUM001 .1979, seencuentra af‌iliado al Régimen General de la Seguridad Social con NASS NUM002, siendo su última profesión la de empleado en parque de atracciones, habiendo prestado servicios durante los períodos que constan en informe de vida laboral obrante en autos, cuyo contenido se da por reproducido. SEGUNDO.- Promovido expediente de reconocimiento de prestación de incapacidad permanente, por resolución dictada por el INSS en fecha 15/07/2021 se acordó denegar la prestación de incapacidad permanente "Por no ser las lesiones que padece, susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente def‌initivas, debiendo continuar bajo tratamiento médico, en la situación jurídica que le corresponde, por el tiempo que sea necesario hasta la valoración def‌initiva de las lesiones, previo dictamen-propuesta del EVI de fecha 6/07/2021 e informe médico de síntesis

de 31.05.2021.TERCERO.- Disconforme el interesado interpuso reclamación administrativa previa que le fue desestimada por resolución del ente gestor de fecha 27 de septiembre de 2021. CUARTO.- La base reguladora de la invalidez permanente absoluta y total asciende a 225 euros mensuales, con fecha de efectos del día 6/07/2021. El complemento de gran invalidez asciende a 555,62 euros. QUINTO.- Dº Ruperto presenta las siguientes dolencias: en fecha 15 de junio de 2020 sufrió accidente de tráf‌ico por atropello, presentando traumatismo de plexo braquial; politraumatismo de alta energía; polifracturas, fractura de clavícula y cúbito izquierdas; lesión plexo braquial, avulsión raíces C5,C6 y C7 izquierdas: plexopatía C-5, C6, C7, C8 y T1 izquierdo; monoplejia en miembro superior izquierdo hombro 0/5, biceps 0/5, triceps 0/5, protracción hombro 1/5. Sometido a intervención quirúrgica en fecha 25.05.2021 de parálisis completa sensitiva, motora y vegetativa del miembro superior izquierdo. Se le practicó neurolisis del plexo braquial izquierdo con sutura de la herida. En fecha 31.05.2021, en examen post- cirugía la herida presenta buen estado, se realiza cura local, debiendo mantener cabestrillo, prescribiendo revisión el 14.06.2021. Revisado en la citada fecha se recomienda rehabilitación, presenta dolor neuropático, precisa analgesia y control por médico de atención primaria y revisión para septiembre de 2021. A nivel de esfera psicológica presenta estado de ansiedad reactivo. Se le indicó valoración por la unidad de salud mental para f‌iliar diagnóstico y tratamiento, en su caso, no habiendo sido valorado. Tras reconocimiento médico forense de fecha 19.02.2021 y 18.06.2021 presenta atrof‌ia muscular de todo el brazo izquierdo; nula fuerza en mano izquierda, nula movilidad de todo el brazo izquierdo; dif‌icultad tras la palpación en la f‌lexión de todos los dedos de la mano izquierda; limitación total en la f‌lexión del codo izquierdo; parálisis global de brazo izquierdo desde la zona proximal hasta la distal. No presenta sensibilidad al clavarle un objeto punzante; mano izquierda con frialdad; actitud corporal...

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