ATS, 31 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Mayo 2023
EmisorTribunal Supremo, sala primera, (Civil)

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 31/05/2023

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4585 /2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 13 DE MADRID SECCIÓN 13

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: FC/C

Nota:

CASACIÓN núm.: 4585/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

En Madrid, a 31 de mayo de 2023.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Juan Pedro presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2021, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid ( Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 497/2020, dimanante de juicio ordinario nº 43/2019 , del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Collado Villalba .

SEGUNDO

Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los representantes de los litigantes.

TERCERO

Por escrito de la procuradora D.ª Paloma Izquierdo Labrada, en representación de D. Juan Pedro se persona en calidad de parte recurrente . Por escrito de la procuradora D.ª Lucía Gloria Sánchez Nieto, en representación de D. ª Daniela, se persona en calidad de parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Pedro, al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 LEC.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC la parte, o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso formulados, por escrito, en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Pedro, contra la sentencia de fecha 17 de marzo de 2021, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid ( Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 497/2020, dimanante de juicio ordinario nº 43/2019 , del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Collado Villalba.

  2. - De conformidad con el art 485 LEC la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso interpuesto, por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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