STSJ Galicia 2327/2023, 11 de Mayo de 2023
Jurisdicción | España |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social |
Número de resolución | 2327/2023 |
Fecha | 11 Mayo 2023 |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL
A CORUÑA
SENTENCIA: 02327/2023
PLAZA DE GALICIA, S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax:
Correo electrónico: Sala1.social.tsxg@xustiza.gal
NIG: 15030 44 4 2021 0005298
Equipo/usuario: MP
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0005285 /2022BPB
Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000736 /2021
Sobre: ACCIDENTE
RECURRENTE/S D/ña Miguel Ángel
ABOGADO/A: MARIA BEATRIZ SEGURADO ZARZOSO
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL, CENTROS COMERCIALES CARREFOUR,S.A., FRATERNIDAD MUPRESPA
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MARIA DEL CARMEN PEREIRA SAEZ, MARIA EMMA OJEA CASTRO
ILMO.SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
PRESIDENTE
ILMO.SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
ILMA.SRA. DÑA. MARTA LÓPEZ-ARIAS TESTA
En A CORUÑA, a once de mayo de dos mil veintitrés.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0005285 /2022, formalizado por el/la D/Dª Miguel Ángel, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 6 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000736 /2021.
Siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Miguel Ángel presentó demanda contra la aseguradora Fraternidad Muprespa, contra la entidad Centros Comerciales Carrefour SA y contra el INSS y TGSS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha nueve de mayo de dos mil veintidós.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "
D. Miguel Ángel presta servicios para CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A. como pescadero con una antigüedad de 10 de octubre de 2001.La empresa está al corriente de cotizaciones y tiene contratada con FRATERNIDAD MUPRESPA para cobertura de contingencias profesionales.
El 11 de marzo de 2021 el trabajador recibió asistencia médica en el Hospital del Ventorrillo y el traumatólogo emitió informe en el que consta: "enfermedad profesional. Enviar a c. plástica y/o traumatólogo de su mutua". El 29 de marzo de 2021 se cubrió volante de solicitud de asistencia sanitaria en el que se refleja que su actividad laboral es la de pescadero en horario de lunes a sábado en turno de 06:00 a 14:00 horas. En la información del suceso se recoge lo siguiente: "El trabajador refiere que tras acudir a su médico de atención primaria y consulta por su parte, este le indica que debe acudir a la mutua para valoración. El trabajador solicita asistencia en fecha 18.3.21". "¿Cuándo le ha ocurrido? Hace aproximadamente 4 meses. Refiere haber recibido asistencia sanitaria previa el día 11/03/2021 a las 12:00 en el Centro de Salud del Temple. Aporta informe de la asistencia previa. Declara no haber padecido esta lesión previamente". El 20 de abril de 2021 fue atendido por los servicios médicos de la mutua. se diagnostica de lesión de nervio cubital, extremidad superior no especificada y se concluye que "El cuadro clínico presentado no tiene relación con el trabajo según el análisis de tareas valorado o el cuadro clínico presentado no está encuadrado dentro del listado de enfermedad profesional actualmente en vigor". El 3 de mayo de 2021 el trabajador inició un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común con el diagnóstico de destrucción en bursa y ligamento codo, derecho, abordaje percutáneo. Se le practicó ENMG con los siguientes resultados:Radiculopatía crónica C7 derecha de grado leve-moderado sin signos de denervación actual.Neuropatía cubital derecha a nivel de canal epitrócleo-olecraneano de grado moderado. No se objetiva denervación. El 11 de marzo de 2022 se sometió a cirugía para destechamiento del nervio cubital derecho.
Iniciado expediente de determinación de contingencia, el INSS resolvió determinar que el proceso de incapacidad temporal referido (03/05/2021) deriva de enfermedad común. El en dictamen propuesta se indica: analizada la documentación obrante en el expediente, dado que no cumple criterios para considerarse EP ya que en el profesiograma no se recogen movimientos en su actividad como para ser encuadrable como EP y no existen antecedentes de traumatismo accidental sufrido en tiempo y lugar de trabajo, este Equipo de Valoración de Incapacidades eleva a la Dirección Provincial del INSS la propuesta de determinar que deriva de enfermedad común. Frente a esta resolución se interpuso reclamación previa.
El trabajador también presta servicios en la sección de carnicería como polivalente. En el año 2018 recibió cursos de formación sobre manipulación alimentos-carnicería; curso específico de prevención de riesgos laborales para auxiliar de carnicería hiper; vendedor de carnicería.
La ficha de información de riesgos para el puesto de pescadería proporcionada al trabajador incluye, entre otros, los riesgos de sobreesfuerzos y sobreesfuerzos por movimientos repetitivos. La consigna preventiva para las tareas de corte es: en la medida de lo posible alterna las tareas de corte en mostrador/ preparación, con otras tareas de la sección que permitan descansar los brazos. En la tarea de desespinado de grandes piezas: al ser una tarea que requiere esfuerzo, el plano de trabajo debe situarse por debajo de los codos del trabajador.
En el informe de tareas en puesto de trabajo consta lo siguiente:1 OBJETIVOS. Los objetivos del presente Informe son: Definir las tareas que realiza en su puesto de trabajo, el trabajador Don Miguel Ángel, con DNI: NUM000 Definir los medios y equipos de trabajo usados en el desempeño de las tareas del puesto. Identificar los factores de riesgo a los que el trabajador está expuesto.2.-DATOS DEL TRABAJADOR
Nombre y apellidos: Miguel Ángel Puesto: P. B. Pescadería. Jornada: 1770 horas anuales. Semana 1: Lunes a sábado: 06:00 a 13:00 (30 minutos de descanso).Semana 2: Lunes a sábado: 15:30 a 22:30 (30 minutos de descanso).3.-DEFINICIÓN DE TAREAS QUE EL TRABAJADOR DESEMPEÑA EN EL PUESTO Las tareas que el trabajador desempeña son: Vaciado de hielo mediante palas desde silo a cubetas y traslado de estas a mostrador. Vaciado de hielo en mostrador de venta, mediante palas. Preparación de pescado en mostrador (corte de los productos).Colocación y preparación de exposición de pescado. Control de etiquetas/precios, artículos de venta, en mostrador y muebles refrigerados de venta. Reposición de mercancía. Reposición de hielo en mostrador. Cambio de cartelería aérea, mediante escaleras manuales. Cocción de marisco mediante cocedero de vapor. Control de orden y limpieza, tareas de limpieza. Atención al Cliente. Almacenamiento de mercancía en cámaras frigoríficas (tanto de refrigeración como de congelación).Cambio de implantaciones comerciales. El trabajador realiza su jornada de pie.4.-MEDIOS Y EQUIPOS DE TRABAJO QUE USA EN EL PUESTO. El trabajador, dispone de los siguientes medios para la realización de las tareas: Herramientas manuales de corte (cuchillos, tijeras, descamadores,...) Balanzas electrónicas Cubetas de reposición de hielo Palas Cocedero de marisco. Filmadora manual Escaleras manuales. Traspalet manual y mecánica. Prevención Riesgos Laborales Cámaras de refrigeración Mesas y tajos de corte Duchetas de agua a presión para limpieza de pescado.5.-PRINCIPALES FACTORES DE RIESGOS EN LA REALIZACIÓN DE TAREAS. RIESGOS DE LA REALIZACIÓN DE TAREAS. En el desarrollo de su jornada habitual, el trabajador tiene como principales, los siguientes factores de riesgo: Manipulación manual de cargas. Manipulación manual de equipos de corte (cuchillos)Trabajo en ambiente húmedo Uso de...
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