ATC 266/2023, 25 de Mayo de 2023

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2023
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2023:266A
Número de Recurso2843-2023

Sección Primera. Auto 266/2023, de 25 de mayo de 2023. Recurso de amparo 2843-2023. Acepta una abstención en el recurso de amparo 2843-2023, promovido en causa penal.

La Sección Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y la magistrada doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, en el recurso de amparo núm. 2843-2023, promovido por don Walter Álvarez Salazar en causa penal, ha dictado el siguiente

AUTO

Antecedentes

  1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 28 de abril de 2023, don Walter Álvarez Salazar, representado por el procurador de los tribunales don Pol Sans Ramírez, bajo la dirección del letrado don Jorge Albertini, interpuso recurso de amparo contra la sentencia núm. 161/2023, de 8 de marzo, dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 2355-2021, desestimatoria del recurso de casación interpuesto frente a la sentencia núm. 2/2021, de 10 de marzo, dictada por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional en el procedimiento de recurso de apelación contra sentencia núm. 2-2020, a su vez desestimatoria del recurso de apelación interpuesto por el ahora demandante en amparo contra la sentencia núm. 18/2020, de 6 de octubre, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el rollo de sala núm. 2-2018, dimanante del sumario núm. 3-2018, del Juzgado Central de Instrucción núm. 2, sobre cuya admisibilidad debe conocer la Sección Primera del Tribunal.

  2. De conformidad con el acuerdo de 17 de enero de 2023, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se dispone la composición de las Salas y Secciones del Tribunal Constitucional (“Boletín Oficial del Estado” núm. 16, de 19 de enero de 2023), a partir de la referida fecha la Sección Primera, presidida por el presidente del Tribunal, está integrada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, doña Concepción Espejel Jorquera y doña María Luisa Segoviano Astaburuaga (art. 1.2).

  3. Mediante escrito de 22 de mayo de 2023, la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera comunicó su voluntad de abstenerse en el conocimiento del presente recurso de amparo por entender que concurría la causa 11 del art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al haber formado parte, en su condición de presidenta de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, del órgano judicial que dictó la sentencia núm. 18/2020, de 6 de octubre, resolución dictada en primera instancia de la que trae causa la sentencia núm. 161/2023, de 8 de marzo, dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que es objeto del presente recurso de amparo.

Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, en virtud de lo previsto en los arts. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que la mencionada magistrada, en atención a haber formado parte del órgano judicial que dictó la sentencia dictada en primera instancia que es impugnada en amparo, está incursa en la causa 11 del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera en el recurso de amparo núm. 2843-2023 y apartarla definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil veintitrés.

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