ATS 20362/2023, 2 de Junio de 2023

PonentePABLO LLARENA CONDE
ECLIES:TS:2023:7874A
Número de Recurso20099/2023
ProcedimientoQueja
Número de Resolución20362/2023
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2023
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. 20.362/2023

Fecha del auto: 02/06/2023

Tipo de procedimiento: QUEJA

Número del procedimiento: 20099/2023

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde

Procedencia: Audiencia Provincial de Ávila

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

Transcrito por: CRC

Nota:

QUEJA núm.: 20099/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. 20362/2023

Excmos. Sres.

D. Julián Sánchez Melgar

D. Pablo Llarena Conde

D. Ángel Luis Hurtado Adrián

En Madrid, a 2 de junio de 2023.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Ávila, en la Ejecutoria 12/2022 se dictó Auto el 19 de mayo de 2022, que fue objeto de recurso de reforma, desestimado por Auto de fecha 29 de julio de 2022, frente al que se interpuso recurso de apelación, dictándose por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ávila Auto de fecha 28 de noviembre de 2022, en el Rollo de Apelación 277/2022, frente al que se pretende recurso de casación, cuya preparación fue denegada por Auto de 19 de diciembre de 2022. De lo expuesto dimana este recurso de queja.

SEGUNDO

Con fecha 31 de enero de 2023 se presentó, en el Registro General del Tribunal Supremo, escrito de la representación procesal de Cristobal, solicitando designación de nuevo procurador para la representación del Sr. Cristobal.

TERCERO

Por la procuradora doña María José Polo García, en representación de Cristobal, se presenta escrito, con fecha de entrada el 8 de marzo de 2023, formalizando este recurso de queja, dándose traslado al Ministerio Fiscal, quien en escrito con fecha de entrada el 31 de marzo interesó la desestimación del recurso de queja.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El quejadante pretende interponer recurso de casación contra la decisión de revocar, por reiteración delictiva durante el periodo de seguridad, la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad inicialmente acordada en el procedimiento de ejecución 12/2022 de los del Juzgado de lo Penal de Ávila; decisión que se confirmó en apelación por Auto dictado el 28 de noviembre de 2022 por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Ávila.

Como recuerda el Ministerio Fiscal en su escrito de impugnación, la jurisprudencia de esta Sala ha declarado que los autos dictados en ejecución de sentencia sobre suspensión de condena ( art. 80 y ss. CP 1995) o sustitución de las penas privativas de libertad ( art. 88 y ss. CP 1995), no son recurribles en casación ( AATS de 12 de noviembre de 1990, 19 de febrero de 1998 o, entre los últimos, ATS 20.730/2022, de 25 noviembre, además de las SSTS 1597/2000, de 16 de octubre; 56/2001, de 26 de enero o 195/2002, de 14 de marzo).

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: Desestimar el recurso de queja interpuesto por la representación procesal de Cristobal, contra el auto denegatorio de la preparación del recurso de casación dictado el 19 de diciembre de 2022, por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Ávila, en el Rollo de Apelación 277/2022, con imposición al recurrente de las costas originadas en la tramitación de su recurso.

Notifíquese este Auto a las partes personadas y comuníquese al Tribunal que dictó la resolución recurrida, a los efectos oportunos.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Julián Sánchez Melgar Pablo Llarena Conde Ángel Luis Hurtado Adrián

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