STSJ País Vasco 2110/2022, 25 de Octubre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha25 Octubre 2022
Número de resolución2110/2022

RECURSO N.º: Recursos de Suplicación, 0001547/2022 NIG PV 2006944420190003489 NIG CGPJ

2006944420190003489

SENTENCIA N.º: 002110/2022

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a veinticinco de octubre de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, formada por los Ilmos. Sres. DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, DON FERNANDO BREÑOSA ALVAREZ DE MIRANDA y DON JOSE FELIX LAJO GONZALEZ, Magistrados, ha dictado,

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente,

S E N T E N C I A

En los Recursos de Suplicación interpuestos por "SIDENOR ACEROS ESPECIALES, S.L." y por "COFIVACASA, S.A.", contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de los de San Sebastián-Donostia, de fecha 30 de Diciembre de 2021, dictada en proceso sobre CANTIDAD POR DAÑOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTO DE PROTECCION DE RIESGOS LABORALES (AEL) y entablado, conjuntamente, por DOÑA Aida, DOÑA Angustia

, DOÑA Aurora, DOÑA Camila y DON Javier, frente a las Mercantiles ahora recurrentes, "SIDENOR INDUSTRIAL, S.L." y "COFIVACASA, S.A.", respectivamente, es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, quien expresa el criterio de la - SALA -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. -) El trabajador D. Moises, durante su vida laboral prestó servicios para las siguientes empresas y en los periodos que se indican: - Pedro Orbegozo SA desde el 17/09/1968 a 21/02/1969 - ACENOR S.A. desde el 09/06/1970 a 24-05/2000 prestando servicios como laminador de hornos.

    La empresa Pedro Orbegozo fue absorbida por Acenor SA. Varias plantas de Acenor fueron cerradas, entre ellas la planta de Hernani donde trabajaba Don Moises, trasladándose la actividad a la planta de Basauri que posteriormente fue adquirida por la mercantil Sidenor S.L.

    La empresa Cof‌ivacasa integrada dentro del grupo SEPI es sucesora de las empresas Pedro Orbegozo y Acenor SA.

    Tambien ha prestado según consta al informe de vida laboral (F.21) que se da por enteramente reproducido, en otras mercantiles concretamente en la construcción y en el Ayuntamiento de Benavente. No hay constancia de que en las citadas mercantiles se trabajara con amianto.

  2. -) En fecha 27/08/2018 al trabajador le fue diagnosticado un cáncer de pulmón, recogiendo en los antecedentes personales que había trabajado en laminaciones Orbegozo expuesto a amianto. Se trata de una neoplasia diseminada fuera de tratamiento activo. Fue tratado de forma paliativa (informe médico al folio 32) falleciendo como consecuencia del mismo el 26/11/2018.

    En el momento del fallecimiento el actor estaba casado con D.ª Aida dejando además los siguientes hijos Aurora, Javier, Angustia, Camila .

  3. -) Con fecha 17/07/2019 se dictó Resolución del INSS por la que se reconoce a la esposa, viuda del trabajador, prestación de viudedad derivada de enfermedad profesional.

  4. -) El fallecido prestó servicios como laminador en las empresas Pedro Orbegozo SA y Acenor SA y en tareas de limpieza y mantenimiento.

  5. -) Por OSALAN se emitió informe de investigación sobre enfermedad relacionada con el amianto en relación al trabajador Moises en fecha 01/04/2019 cuyo contenido obra unido a los folios 41 a 45, y donde consta en relación a la posible exposición al amianto del trabajador que es posible que sufriera exposición a Sílice, humos metálicos y al amianto en sus tareas de foso de moldeo, probablemente utilizando prendas anti calóricas de amianto en el sellado de fugas esporádicas de cucharas, lingoteras y otros elementos, así como por el propio ambiente pulvígeno de la eliminación de restos de todo tipo de fosos. Igualmente es probable que sufriera exposición al amianto en las tareas de pequeñas reparaciones y mantenimiento del tren de laminación, renovación de juntas de hornos, limpieza en la sección de laminación. En los años en que trabajó en laminaciones, por testimonios recogidos por anteriores informe, se sabe que estos trabajadores tenían que realizar tareas de de reparaciones y ayudar a los trabajadores de mantenimiento, se utilizaba amianto en protecciones personales, petos, mandiles, en hornos como elementos de protección de manguitos conducciones, puertas de hornos, mazarotas, buzas. Y concluye que es bastante probable que se viera expuesto directamente al amianto en muchas de las tareas auxiliares.

    El trabajador fue incluido dentro del f‌ichero de trabajadores posiblemente expuestos a Amianto de la CAPV de Osalan.

  6. -) El amianto (asbesto) es un término utilizado para denominar a ciertos compuestos de origen mineral que, al ser desmenuzados, presentan formas f‌ibrosas (f‌ibra o haces de f‌ibras) y están asociados a rocas que suelen tener su misma composición. Químicamente se trata de metasilicatos de hierro, aluminio, magnesio, calcio, sodio, etc. También es el producto industrial obtenido mediante minería y proceso primario de minerales asbestiformes. La exposición intensa al amianto es una gente causal del cáncer de pulmón. Si a ella se suma el tabaquismo, el riesgo de contraer la enfermedad se multiplica exponencialmente.

  7. -) En 1988 nació ACENOR, S.A. como resultado de la fusión de la citada FORJAS ALAVESAS, S.A. con ECHEVARRIA, S.A. ACEROS DE LLODIO, S.L. P. ORBEGOZO, S.A. OLARRA, S.A. en virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Bilbao D. José Ignacio Uranga Otaegui, el 30 de diciembre de 1.988. En 1991 nació la sociedad SIDENOR, S.A. mediante escritura otorgada. El 30 de enero de 1991 ante el Notario de Madrid

    1. José Enrique Goma Salcedo, con el objetivo de integrar ACENOR, S.A. Y FORJAS Y ACEROS DE REINOSA, ambas fabricantes de aceros especiales de titularidad pública y empresas constituyentes del grupo. Mediante escritura de 30 de diciembre de 1994 otorgada ante el Notario de Bilbao D. José María Arriola Arana se amplió el capital social de Sidenor, S.A. mediante la aportación de las ramas de actividad de FORJAS Y ACEROS DE REINOSA, S.A. Y ACENOR, S.A.

    El 16 de noviembre de 1999 se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Bilbao D. José Antonio Isasi la actual Sidenor Industrial, S.L. con domicilio en la calle Portal de Gamarra nº 22 de Vitoria. Las 501 participaciones sociales en que queda dividido su capital social se dividen en la siguiente manera: una para SIDENOR, S.A. Y COMPAÑÍA SOCIEDAD COLECTIVA y el resto 300 para SIDENOR, S.A.

  8. -) La Sociedad Estatal de participaciones industriales SEPI es una entidad de derecho público creada en virtud de la Ley 5/1996 de 10 de enero (RCL 1996, 93 ) modif‌icada por Real Decreto Ley 15/1997 de 5 de septiembre ( RCL 1997, 2196 ).

    A fecha 22 de julio de 2002 la SEPI era titular de la totalidad de las acciones de la Sociedad Acenor, S.A. siendo otorgada escritura pública de 22 de julio de 2.002 ante el Notario de Madrid D. José Marcos Picón Martín, en virtud de la cual la Sepi transmitió a COFIVACASA, S.A. la totalidad de las acciones de su propiedad en ACENOR, S.A.

  9. -) Con fecha 22 de diciembre de 2.006 se otorgó escritura ante el Notario de Madrid D. José Marcos Picón Martín en virtud de la cual se disolvió la Sociedad ACENOR, S.A. sin liquidación, mediante la cesión global del activo y pasivo de la Sociedad a su accionista único COFIVASA, S.A. suponiendo la cesión global del activo y del pasivo el traspaso en bloque del íntegro patrimonio de ACENOR, S.A. a la Sociedad COFIVACASA, S.A., Cof‌ivacasa, S.A. se subrogó en todos los derechos y obligaciones de la entidad cedente Acenor, S.A., sin limitación alguna.

  10. -) Con fecha 20 de noviembre de 2.006 COFIVACASA, S.A. remitió una carta a los trabajadores de Acenor en virtud de la cual se le indicaba que a partir de enero de 2.007 ACENOR dejaría de existir como tal pero, que en su lugar COFIVACASA que ya era la propietaria del 100% de las acciones de ACENOR, S.A. era la sucesora de todos los derechos.

  11. -) En fecha 04/11/2019 se celebró acto de conciliación previo a la vía judicial que f‌inalizó con el resultado de sin avenencia".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que, ESTIMO la demanda presentada por D.ª Aida D.ª Aurora, D. Javier, D.ª Angustia, y D.ª Camila y en consecuencia desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva y de falta de litisconsorcio pasivo necesario condeno a las empresas demandadas Cof‌ivacasa SA y Sidenor Industrial SL., a que de forma solidaria indemnicen a la parte actora con la cantidad total de 175.876,21€, que se distribuye en 95.475,69€ para D.ª Aida y para cada uno de los hijos la misma cantidad de 20.100€ para .ª Aurora, 20.100€ para D. Javier, 20.100€ para D.ª Angustia, y 20.100€ para D.ª Camila . Mas el interés legal desde la fecha de la interposición de la conciliación 15/10/2019".

TERCERO

Frente a dicha Resolución se interpusieron los Recursos de Suplicación anteriormente reseñados, siendo impugnado el Recurso de "COFIVACASA, S.A." por los demandantes y por "SIDENOR INDUSTRIAL, S.L."y respecto al Recurso planteado por "SIDENOR INDUSTRIAL, S.L.", fue impugnado por los demandantes y por "COFIVACASA, S.A.", respectivamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado la demanda presentada por D.ª Aida

D.ª Aurora, D. Javier, D.ª Angustia, y D.ª Camila y en consecuencia, desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva y de falta de litisconsorcio pasivo necesario alegadas, ha condenado a las empresas demandadas COFIVACASA, S.A. y SIDENOR INDUSTRIAL, S.L. a que, de forma solidaria, indemnicen a la parte actora con la cantidad total de 175.876,21€, que se distribuye en 95.475,69€ para D.ª Aida y para cada uno de los hijos la misma cantidad de 20.100€, más el interés...

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