ATS, 15 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Febrero 2023

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 15/02/2023

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 3567 /2021

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE SALAMANCA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío

Transcrito por: EMM/ML

Nota:

CASACIÓN núm.: 3567/2021

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

En Madrid, a 15 de febrero de 2023.

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Liberbank S.A. presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 3 de febrero de 2021, por la Audiencia Provincial de Salamanca -Sección 1.ª- en el rollo de apelación n.º 456/2020 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 100/2019 del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Salamanca.

SEGUNDO

Remitidos los autos por la Audiencia, previo emplazamiento de las partes, se han personado la procuradora D.. Silvia Casielles Morán en nombre y representación de Liberbank S.A., en calidad de parte recurrente, y la procuradora D. Teresa Fernández de Lamela Múñoz, en nombre y representación de D. Augusto y D.ª Milagrosa, en calidad de parte recurrida.

TERCERO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la parte recurrente, dado que se han justificado los presupuestos que determinan, con las limitaciones que implica el carácter provisorio de la fase de admisión, que concurren los presupuestos y requisitos legalmente exigidos sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Liberbank S.A. contra la sentencia dictada con fecha 3 de febrero de 2021, por la Audiencia Provincial de Salamanca -Sección 1.ª- en el rollo de apelación n.º 456/2020 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 100/2019 del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Salamanca.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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