STSJ Cataluña 877/2023, 9 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Número de resolución877/2023
Fecha09 Febrero 2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2020 - 8039545

MVR

Recurso de Suplicación: 4918/2022

ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS

ILMO. SR. FÉLIX V. AZÓN VILAS

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

En Barcelona a 9 de febrero de 2023

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 877/2023

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Norberto frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 3/02/2022 dictada en el procedimiento nº 753/2020 y siendo recurridos DEC COMUNICACIÓN, S.A., BBDO ESPAÑA, S.A., NEUROTICS DATA INTELLIGENCE, S.A., el FONS DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), el MINISTERI FISCAL, TIEMPO BBDO, S.A.P., CONTRAPUNTO BBDO, S.A., PROXIMITY MADRID, S.L., PROXIMITY BARCELONA, S.L. y CONTRAPUNTO BARCELONA, S.L., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Amador Garcia Ros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3/02/2022 que contenía el siguiente Fallo:

Que procede ESTIMAR la excepción de falta de jurisdicción opuesta por las empresas demandadas declarando la incompetencia del presente Juzgado para conocer de la demanda interpuesta por D. Norberto contra DEC COMUNICACIÓN, S.A. con CIF A08753550, BBDO ESPAÑA, S.A. con CIF A28673036, TIEMPO BBDO, S.A.P. con CIF A78640471, CONTRAPUNTO BBDO, S.A. con CIF A28356707, PROXIMITY MADRID, S.L. con CIF B61509782,

PROXIMITY BARCELONA, S.L. con CIF B61724480, CONTRAPUNTO BARCELONA, S.L. con CIF B61124970., NEUROTICS DATA INTELLIGENCE, S.A. con CIF A28961860, el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) y el MINISTERIO FISCAL, absolviendo a estas de todos los pronunciamientos contra ellos deducidos en el presente procedimiento, e indicando que la competencia para la resolución del presente proceso corresponde al orden jurisdicción civil.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.-D. Norberto ha prestado servicios por cuenta del Grupo BBDO desde el pasado 01/04/1973. Inicialmente comenzó la prestación de servicios por cuenta de la sociedad TIEMPO SYNERGIE, SAP (hoy TIEMPO BBDO SAP) hasta el 31/03/1988 (informe de vida laboral, antigüedad no controvertida)

  1. - En fecha 01/04/1986, D. Norberto fue nombrado gerente de QUICK-ART, SA. Esta sociedad fue fundada y constituida el pasado 02/06/1982 por voluntad de Tiempo BBDO SOCIEDAD ANONIMA DE PUBLICIDAD, El Sr. Jose María, y el Sr Lidia . (folios 988-1001, 220-247)

    El actor suscribió el pasado 27/07/1992 con dicha mercantil un contrato de trabajo por el que DEC contrata al actor, gerente de la empresa como director general de la compañía, por un periodo indef‌inido. El contrato obra incorporado en los folios 902-905, y se da por reproducido a efectos expositivos.

    Mediante escritura de 20/06/2001 la sociedad pasó a llamarse DEC COMUNICACIÓN, SA (memoria cuentas anuales DEC folio 608 y siguientes)

    Su objeto social consiste en la realización y ejecución por cuenta propia o de terceros de actividades propias de las agencias de publicidad, Marketing, Directo, Patrocinio y Promoción de Ventas (memoria cuentas anuales DEC folio 608 y siguientes)

  2. - La retribución anual bruta del actor asciende a 319.309,67 euros (no controvertido)

  3. - En la suscripción de los pactos relativos a revisiones salariales de 01/01/2007, 01/01/2008, 02/01/2009, 04/01/2010, 01/01/2011, 01/01/2012, 01/01/2013, 01/01/2014, 01/01/2015, 01/01/2016, 01/01/2017, 01/01/2018 u 01/01/2019 de hizo constar que el actor "se halla prestando sus servicios profesionales a favor de la Sociedad DEC COMUNICACIÓN, como trabajador por cuenta ajena" (manif‌iestan I), que "en fecha 1-4-1973, las partes suscribieron un contrato de trabajo por tiempo indef‌inido" (manif‌iestan II) y que "es voluntad de ambas partes suscribir una cláusula adicional al referido contrato de trabajo que tiene por objeto (...)" (manif‌iestan III). En el manif‌iestan IV las partes se reconocen capacidad para celebrar el actor, conforme a lo dispuesto en el art.

    26.3 ET . (Folios 1045-1058)

  4. - El actor ha formado forma parte del consejo de administración de la compañía DEC COMUNICACIÓN, SA d (antes QUICK-ART, SA) desde su constitución, al ser nombrado por los socios fundadores secretario del consejo (Folios 220-247), resultando reelegido en dichos cargos en junta general ordinaria de accionistas universal 30/06/1986, elevada a público mediante escritura de 23/12/1986 (folios 248-253).

    Mediante escritura de 14/12/1989 se eleva público la dimisión de los miembros del consejo y se nombra consejeros de la sociedad al actor, Sr. Jose María, Sr. David y Sr. Eladio, acordada en Junta General extraordinaria de accionistas de 23/11/1989 así como el acuerdo del consejo de administración de 23/11/1986 por el que se procede a nombrar consejero delegado y presidente del consejo de administración al actor (folios 254-261)

    Mediante escritura de 28/09/2007 se eleva a público el cese de los miembros del consejo de administración de la compañía y reelección del actor de BBDO ESPAÑA, SA, Sr. Fernando y Sr. Fulgencio acordado mediante junta general extraordinaria de accionistas de 03/08/2007 y del acuerdo del consejo de administración por el que se nombra presidente del consejo al actor (folios 262-272)

    Mediante escritura de 24/12/2012 se eleva a público el cese de los miembros del consejo de administración de la compañía y reelección de los mismos miembros del consejo (el actor, BBDO ESPAÑA, SA, Sr. Fernando y Sr. Fulgencio ) acordado mediante junta general de accionistas de 24/07/2012, así reelección como presidente del consejo del actor (folios 273-289)

    Mediante escritura de 07/09/2018 se eleva a público los acuerdos adoptados en junta general de accionistas de 29/03/2018 acordando el cese de los de los miembros del consejo de administración de la compañía y reelección como presidente del actor (folios 290-307)

    El cargo como miembro del Consejo no era retribuido (memorias de cuentas anuales DEC)

  5. - El actor ostenta el 6% del capital social, mientras el 80% pertenece a TIEMPO BBDO S.A.P. y un 14% a BBDO ESPAÑA, SA. (No controvertido, Folios 1003-1017)

  6. - Mediante escritura de 17/05/2002 la mercantil DEC otorga poder especial amplio y bastante a favor del actor, a f‌in de que pueda: otorgar y suscribir contratos con administraciones públicas y organismos of‌iciales y, participar en concursos y subastas, hacer propuestas y aceptar adjudicaciones. (Folios 1019-1024, 311-322)

    Mediante escritura de revocación de poderes y nuevo apoderamiento de la compañía DEC de 27/02/2013 se elevan a públicos los acuerdos del consejo de administración de 07/02/2013 por el que otorgan poderes al actor, a doña Inocencia, D. Rodolfo y D. Samuel para que "dos cualquiera de ellos, actuando mancomunadamente, en nombre y representación de la sociedad, puedan ejercitar odas y cada una de las facultades que se detallan en el listado que se acompaña a la presente acta como Anexo I" (

    La descripción de las facultades consta detallada en los folios 334-335, y se da por reproducido comprendiendo de forma sucinta:

  7. comprar, vender, permutar, adquirir, enajenar toda clase de bienes (...)

  8. tomar a préstamo (...)

  9. otorgar toda clase de negocios y contratos (...)

  10. formalizar toda clase de contratos de difusión de tiempos publicitarios (...)

  11. otorgar y suscribir contratos con las administraciones y organismos centrales (...)

  12. participar en concursos y subasta (...)

  13. otorgar y suscribir contratos sin limitación, relacionados con derechos de propiedad intelectual (...)

  14. administrar y disponer de bienes (...)

  15. girar aceptar, endosa (...) letras de cambio y otros

  16. solicitar apertura de cuentas corrientes y de crédito (...)

  17. celebrar contratos contra incendios y otros riesgos (...)

  18. otorgar contratos de trabajo (...)

  19. comparecer ante Juzgados (...)

  20. otorgar y f‌irmar documentos públicos y formados, pudiendo retirar y cobrar cantidades y fondos del estado, hacienda y otros (...)

  21. someter las cuestiones de interés de la sociedad a juicio de árbitros (...)

  22. otorgar y revocar poderes a favor de terceros (...) (folios 323-341)

    Mediante escritura de revocación de poderes y nuevo apoderamiento de la compañía DEC de 17/03/2017, se elevan a públicos los acuerdos del consejo de administración de 26/10/2016 por los que se otorgan poderes generales mancomunados a favor del actor, doña Rosa, D. Rodolfo y D. Samuel . La descripción de las facultades consta detallada en los folios 1038-1039, y se da por reproducido- (Folios 1026-1040, 342-357)

    Mediante escritura de revocación de poderes y nuevo apoderamiento de la compañía DEC de 06/02/2020, se elevan a públicos los acuerdos del consejo de administración de 11/12/2019 por los que se otorgan poderes generales mancomunados a favor del actor, doña Rosa, D. Rodolfo y D. Samuel . La descripción de las facultades consta detallada en los folios 372-375, y se da por reproducido. (Folios 358-387)

    8- El actor es la cabeza visible de DEC, presentándose como Presidente, CEO y Fundador de la compañía (libros editados por el actor, bloque documental 14)

  23. - El actor ha suscrito contratos de préstamo, vinculados a la relación laboral y societaria, con DEC, ha negociado y suscrito aportaciones a la empresa (folios

    1042-1043, folios 307-308)

    En calidad de apoderado de DEC comunicación y en virtud de los poderes hacia el otorgados por la compañía, el actor suscribió contrato de servicios para la marca turística Islas Canarias, cliente principal de la compañía...

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