Auto Aclaratorio TSJ Navarra , 16 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Febrero 2023

A U T O

EXCMO. SR. PRESIDENTE:

D. JOAQUIN CRISTOBAL GALVE SAURAS

ILTMOS./A SRES./A MAGISTRADOS/A:

D.FCO JAVIER FERNANDEZ URZAINQUI

DÑA. ESTHER ERICE MARTINEZ

En Pamplona a 16 de febrero del 2023

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el rollo de Sala 21/2022 se dictó el auto 3/2023 de 7 febrero, inadmitiendo el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la Procuradora doña Leyre Ortega Abaurrea, en nombre y representación de don Emiliano, con imposición de las costas a la parte recurrente y la pérdida del depósito constituido.

SEGUNDO

La representación procesal del recurrente ha presentado escrito solicitando aclaración y/o subsanación de error, en su caso, del fundamento de derecho 5º, en relación al apartado 4º de la parte dispositiva del auto, acerca de la condena en costas impuesta.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El auto de inadmisión del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto impone, en efecto, a la parte recurrente " las costas causadas con la interposición del recurso " y " la pérdida del depósito constituido ", citando como fundamento la disposición adicional 15ª.9 de la LOPJ que, como es obvio y advierte la parte recurrente, se ref‌iere únicamente al depósito.

Las costas procesales (aunque referidas únicamente al trámite de admisibilidad del recurso) se han impuesto por la inadmisión del recurso cuya admisión solicitó con su interposición y reiteró la parte recurrente en el trámite de audiencia conferido conforme a los artículos 483.3 y 473.2 de la LECiv.

Ha sido constante en las resoluciones de esta Sala y en las del Tribunal Supremo la imposición a la parte recurrente de las costas causadas con la interposición del recurso inadmitido, cuando -como en el presente caso también ha sucedido- la parte recurrida formula alegaciones en el trámite procesal de audiencia sobre la admisibilidad oponiéndose a la admisión del recurso. Este criterio se ha mantenido de manera repetida

e ininterrumpida por ambos tribunales, pudiendo citarse ad exemplum, entre los más recientes, los Autos del Tribunal Supremo de 28 octubre 2020 (rc 2311/2018); 20 julio 2022 (rc 2364/2020); 23 noviembre 2022 (rc 6333/2020); 14 diciembre 2022 (rc 6062/2020) y 14 diciembre 2022 (rc 6078/2020) y los Autos de este Tribunal Superior de Justicia de Navarra 14/2008, de 1 julio ( rc 15/2008); ...

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