STSJ Cataluña 6615/2022, 12 de Diciembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Diciembre 2022
Número de resolución6615/2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2020 - 8042915

MC

Recurso de Suplicación: 2591/2022

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMO. SR. FRANCISCO LEAL PERALVO

En Barcelona a 12 de diciembre de 2022

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6615/2022

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Delia frente a la Sentencia del Juzgado Social 35 Barcelona de fecha 6 de octubre de 2021 dictada en el procedimiento nº 802/2020 y siendo recurridos DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ, MINISTERI FISCAL y FONS DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Francisco Leal Peralvo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 6 de octubre de 2021 que contenía el siguiente Fallo:

ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por doña Delia contra el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació, y contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL L y, en consecuencia, declaro que la relación laboral existente en la actora y Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació tiene el carácter de indef‌inida no f‌ija, con fecha de antigüedad de 21 de junio de 2001.

DESESTIMO la acción de despido ejercitada por la actora y declaro que doña Delia tiene derecho a percibir del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació una indemnización derivada de la extinción de su

contrato de trabajo de efectos 30 septiembre de 2020, por importe de 31.622,40 €, condenando a la demandada al abono de la indicada cantidad.

DESESTIMO la reclamación de cantidad por daños y perjuicios formulada por la actora.

ABSUELVO al FOGASA de las pretensiones de la demanda, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- La actora, doña Delia, ha prestado servicios como personal funcionario interino y laboral del Departament d'agricultura, ramaderia, pesca i alimentació en los lugares de trabajo que se indican a continuación:

El 29/10/1999 el Departament d'agricultura, ramaderia, pesca dictó resolución nombrando a doña Delia interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generiltat de Catalunya, grupo D, nivel 10, en sustitución de la Sra. Flora, de baja por IT en horario de 9 a 14 horas y adscribirla a la Secretaría General del Departament d'agricultura, ramaderia, pesca (Documento nº 1 aportado por el Departament en la vista).

El nombramiento de la Sra. Delia se comunicó a la Dirección General de la Función Pública el 29/10/1999 (Documento n.º 2 aportado por el Departament en la vista) y, la resolución de 29/10/1999, tras f‌inalizar la causa que motivó el nombramiento de la Sra. Delia como interina del cuerpo de auxiliares de administración adscrita a la Secretaría General se dejó sin efecto por resolución de 11/12/1999. (Documento n.º 3

aportado por el Departament en la vista)

El 21/06/2001 el Departament d'agricultura, ramaderia i pesca dictó resoluciónnombrando a doña Delia interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generiltat de Catalunya, grupo D, nivel 10, en sustitución de la Sra. Juana, de baja por IT, baja maternal y vacaciones y adscribirla a la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos del Departament d'agricultura, ramaderia i pesca. (Documento nº 4 aportado por el Departament en la vista).

A partir del 08/10/2001 se dejó sin efecto la resolución 21/06/2001 por la cual se había acordado el nombramiento de la Sra. Delia como interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generiltat de Catalunya. (Documento nº 8 aportado por el Departament en la vista).

El 08/10/2001 el Departament d'agricultura, ramaderia i pesca dictó resoluciónnombrando a doña Delia interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generalitat de Catalunya, grupo D, nivel 10, y adscribirla a la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos del Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca. (Documento

n.º 7 aportado por la actora junto a su escrito de demanda; Documento nº 9 aportado por el Departament en la vista).

El 20/07/2004 el Departament d'agricultura, ramaderia i pesca dictó resoluciónnombrando a doña Delia interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generiltat de Catalunya, grupo D, nivel 12 y adscribirla al Gabinete del Conseller del Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca y, en virtud de escrito de 09/05/2005 la actora renunció a la plaza que ocupaba en régimen de interina en el cuerpo de auxiliares administrativos (D), nivel 12 en el Gabinete del Conseller del Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca de la Generalitat de Catalunya, dictándose en la misma fecha resolución del Departament dejando sin efecto con efectos del día 10/05/2005 el nombramiento efectuado por resolución de 20/07/2004. (Documentos n.º 6 y 7 aportados por la actora junto a su escrito de demanda; Documentos nº 10 y 11 aportados por el Departament en la vista).

El 10/05/2005 el Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca dictó resolución nombrando a doña Delia interina del cuerpo de auxiliares de administración de la Generalitat de Catalunya, grupo A, nivel 21, hasta el 31/12/2005 y adscribirla al Gabinete del Conseller del Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca. (Documento n.º 5 aportado por la actora junto a su escrito de demanda; documento nº 13 aportado por el Departament en la vista).

El 30/09/2005 doña Delia renunció a la anterior plaza (Documento nº 14 aportado por el Departament en la vista) y, por resolución de 04/10/2005 se dictó resolución dejando sin efectos la Resolución del 10/05/2005 por la cual se nombraba a la actora interina del cuerpo superior de la administración de la Generalitat de Catalunya, con efectos del día 01/10/2005. (Documento nº 15 aportado por el Departament en la vista)

El 01/10/2005 la actora formalizó contrato laboral de interinidad para la cobertura devacante f‌irmado al amparo del Real Decreto 2720/98 de 18 de diciembre (BOE de 8 de enero de 1999) para prestar servicios como persona del servicios- protocolo-relaciones públicas, grupo A2 en el Gabinete del Conseller (Código de lugar: 0029421), pactando que dicho contrato estaría vigente desde el 01/10/2005 y hasta que la plaza fuese proveída reglamentariamente, de acuerdo con los artículos 22 y 26 del VI convenio colectivo único del ámbito de Catalunya del personal laboral de la Generalitat de Catalunya.

(Documento n.º 2 aportado por la actora con su escrito de demanda; Documento nº 16 aportado por el Departament en la vista y folios 15 a 20 de la prueba documental remitida telemáticamente)

SEGUNDO

El salario que vino percibiendo la actora asciende a 2.671,87€ mensuales (87,84€ día) con la prorrata pagas extraordinarias.

(Documento n.º 8 aportado por la actora con la demandada y documento n.º 25 aportado por la demandada en la vista)

TERCERO

Por resolución del Departament d'Agricultura, Alimentació i Acció Rural AAR/1341/2010, de 16 de abril, se convocó concurso de cambio de destino para la provisión de 44 puestos de trabajo de personal laboral f‌ijo del citado Departament cuyo contenido se da íntegramente por reproducido. En dicha convocatoria se publican dos plazas de grupo A2 Protocol.-Relaciones Públicas.

(Documento n.º 9 aportado por la actora con su escrito de demanda)

CUARTO

Por resolución ARP/1698/2019 de 21 de junio, se convocaba concurso de cambio de destino para la provisión de lugar de trabajo de personal laboral f‌ijo del Departament de d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació (convocatoria núm. LARP/001/2019), cuyo contenido se da íntegramente por reproducido.

Por resolución ARP/2322/2020, de 23 de septiembre, se resolvía el concurso de cambio de destino para la provisión de lugares de trabajo de personal laboral f‌ijo del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació (convocatoria núm. LARP/001/2019), la Sra. Emilia obtuvo destino en la plaza A2 ProtocolRelacions Publicas en el Gabinete del/la Conseller/a del citado Departament.

(Documento n.º 10 aportado por la actora con su escrito de demanda y documento n.º 17 aportado por la demandada en la vista)

QUINTO

El 30 se septiembre de 2020 se comunica a la Sra. Delia la f‌inalización de su contrato del siguiente modo:

"Por la presente le comunicamos que por Resolución ARP/2322/2020, de 23 de septiembre, por la cual se resuelve el concurso de cambio de destino para la provisión de lugares de trabajo de personal laboral f‌ijo del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació (convocatoria núm. LARP/001/2019), una trabajadora laboral f‌ija ha obtenido destino en el lugar de trabajo que ocupáis de forma interina.

Por ello, en fecha 30 de septiembre de 2020 se procede a rescindir el contrato laboral de interinidad para cobertura de vacante f‌irmado con este Departament en fecha 1 de octubre de 2005, al amparo del Real Decreto 2720/98 de 18 de diciembre, por el cual se desenvuelve el artículo 15 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Asimismo, os recordamos que en el recibo de salario del mes de octubre os será abonada la parte proporcional de...

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