ATC 140/2022, 7 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Noviembre 2022
Número de resolución140/2022

Sección Cuarta. Auto 140/2022, de 7 de noviembre de 2022. Recurso de amparo 6972-2022. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6972-2022, promovido en causa penal.

La Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, presidente, y el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel, en el recurso de amparo núm. 6972-2022, promovido por don Pedro Álvaro Lanuza González en causa penal, ha dictado el siguiente

AUTO

Antecedentes

Único.

Mediante escrito registrado en este tribunal el 26 de octubre de 2022, don Pedro Álvaro Lanuza González, representado por la procuradora de los tribunales doña Patricia Rosch Iglesias, bajo la dirección del abogado don José Luis Escañuela Romana, interpuso demanda de amparo contra los autos dictados el 22 de junio y el 16 de septiembre de 2022 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla en el recurso de apelación núm. 11761-2021, confirmatorios del auto del Juzgado de Instrucción núm. 20 de Sevilla en diligencias previas núm. 789-2019. Por otrosí se solicita en la demanda de amparo que se tenga por promovida recusación contra el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla, para el caso de que este no procediere a abstenerse del conocimiento del asunto, por encontrarse denunciado por el letrado del recurrente ante el Tribunal Supremo, causa especial núm. 3-20393-2022.

Habiendo recaído en la Sección Cuarta del Tribunal Constitucional la decisión sobre la admisibilidad del recurso de amparo núm. 6972-2022, mediante escrito fechado el día 7 de noviembre de 2022 el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla comunicó a los efectos oportunos su voluntad de abstenerse de intervenir en el conocimiento de dicho recurso de amparo y todas sus incidencias, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y el art. 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al entender que concurre en su persona la causa establecida en el art. 219.4 LOPJ, al haber sido denunciado por el abogado del recurrente en amparo ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, causa especial núm. 3-20393-2022.

Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por el magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional don Enrique Arnaldo Alcubilla, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 LOPJ se estima justificada la causa de abstención formulada, en atención a que, por estar o haber sido denunciado por el abogado del recurrente en amparo ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, causa especial núm. 3-20393-2022, se halla incurso en la causa cuarta del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla en el recurso de amparo núm. 6972-2022, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a siete de noviembre de dos mil veintidós.

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