SAP Madrid 366/2022, 5 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Julio 2022
Número de resolución366/2022

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

audienciaprovincial_sec3@madrid.org

Grupo de Trabajo: CRC

37051530

N.I.G.: 28.079.00.1-2022/0005538

Procedimiento Abreviado 630/2022

Delito: Robo con violencia o intimidación

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 14 de Madrid

Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 69/2022

SENTENCIA Nº 366/22

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS :

Dña. PILAR ABAD

Dña. ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO (Ponente)

D. AGUSTIN MORALES PEREZ-ROLDAN

En Madrid, a 5 de julio de dos mil veintidós.

VISTO Y OÍDO en juicio oral y público ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid el Rollo de Sala 630/2022 correspondiente a las Diligencias Previas 69/2022 del Juzgado de Instrucción nº 14 de Madrid, por delitos de: Pertenencia a Organización Criminal y Robo con Violencia e Intimidación contra los dos acusados:

- Leandro, nacido el día NUM000 /1998 en Dajobom (República Dominicana), hijo de Lucas y de Amparo, con DNI: NUM001, con domicilio en Madrid CALLE000, NUM002 NUM003, con antecedentes penales, privado de libertad por esta causa desde el día 11/12/20221, representado por el Procurador Dª Paloma Izquierdo Labrada y defendido por el Letrado D. Julio Pérez Martin.

- Oscar nacido el día NUM004 /2002 en Argentina, hijo de Pedro y Carlota, con pasaporte argentino NUM005, domiciliado en Madrid, C/ DIRECCION000 nº NUM006 NUM007, sin antecedentes penales, privado de libertad por esta causa desde el día 11/12/2021 y representado por el Procurador Dª Celia Barroso Rodríguez y defendido por el Letrado Juan Antonio Sevillano Vinagrero.

Han sido partes, los referidos acusados así como el Ministerio Fiscal representado por el Sr. Escalera Guijarro como parte acusadora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones def‌initivas calif‌ico los hechos como constitutivos de:

  1. Un delito de PERTENENCIA A ORGANIZACIÓN CRIMINAL, del artículo 570 bis, apartado 1 (comisión de delitos graves), inciso 2º (miembro activo), apartado 2 (disponer de armas o instrumentos peligrosos) y 570 quater. 1 y 2 del Código Penal.

B) Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN, del artículo 242.1 y 3 del Código Penal.

SEGUNDO

De lo narrado responden los acusados en concepto de autores por aplicación de los artículo 27 y 28 del Código Penal.

Leandro del delito A) y B)

Oscar, del delito B)

TERCERO

Concurre en el acusado Leandro, la circunstancia agravante de reincidencia del art. 22.8 del código penal.

CUARTO

Procede imponer a los acusados las siguientes penas:

Leandro

- Por el delito A) la pena de TRES AÑOS, SEIS MESES y UN DÍA de PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para todas aquellas actividades o negocios jurídicos relacionados con la actividad de la organización por tiempo de 10 años y disolución de la organización.

. Por el delito B) la pena de 5 años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Oscar

Por el delito B) la pena 4 años y 3 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

A resultas de lo interesado por OTROSÍ, atendiendo a la situación administrativa del acusado, de conformidad con !o dispuesto en el art, 89.1 del C.P., una vez cumplidas las dos terceras partes de la condena, se solicita que la pena de prisión restante sea sustituida por la expulsión del penado del territorio español y prohibición de entrada en España durante 10 años de conformidad con el artículo 89.1 del Código Penal, cuando el penado acceda al tercer grado o le sea concedida la libertad condicional.

Se le procederá al abono del tiempo de privación de libertad conforme al artículo 58 del Código Penal.

Costas por partes iguales, de conformidad con el artículo 123 del Código Penal.

QUINTO

La defensa de Leandro en sus conclusiones def‌initivas calif‌ico los hechos de conformidad con el Ministerio Fiscal respecto del delito A) de Pertenencia a Organización Criminal del art. 570 bis, apartado 1º inciso 2º y art. 570 quater y C.P., solicitando la libre absolución respecto del delito B) Robo con Violencia o Intimidación del art. 242- 1 y 3 C.P.

SEXTO

La defensa de Oscar en sus conclusiones def‌initivas calif‌ico los hechos como no constitutivos de delito, interesando la libre absolución de su defendido y con carácter alternativo calif‌ico los hechos como constitutivos de un delito de hurto en grado de tentativa.

HECHOS PROBADOS

Los acusados Leandro, mayor de edad, condenado en sentencia f‌irme de fecha 14 de Diciembre de 2021 por el Juzgado de lo penal n° 27 de Madrid por delito de robo con violencia e intimación a la pena de 1 año de prisión, pena suspendida mediante auto de fecha 14 de Diciembre de 2021 por plazo de dos años, y Oscar mayor de edad de nacionalidad argentina y sin antecedentes penales, puestos de común acuerdo y con ánimo de enriquecimiento ilícito, sobre las 01:20 Horas del día 11 de Enero de 2022, cuando Vidal circulaba con un patín eléctrico Xíomi color negro y una mochila en la que tenía efectos personales, por el anillo verde, a la altura del kilómetro NUM008 de la carretera de DIRECCION001, junto a un puente de la NUM009 de

Madrid, le abordaron, propinándole un tirón de la capucha y obligándole a ponerse de rodillas, poniéndole un cuchillo de grandes dimensiones en el cuello diciéndole "somos de los Netas y te robamos en nombre de los ñetas, como se te ocurra moverte o re velarte, te rajamos el cuello" apoderándose del patinete eléctrico así como de la mochila en la que tenía efectos personales, saliendo los acusados montados en el patín eléctrico en dirección al DIRECCION002, siendo detenidos minutos más tarde por agentes del Cuerpo Nacional de Policia, quienes recuperaron el patinete eléctrico y la mochila con todos los efectos personales de Vidal en su interior, no teniendo nada que reclamar. El acusado Leandro es miembro probado de la organización latina DIRECCION005 .

La banda latina DIRECCION005 es un grupo latino violento dedicado a la comisión de hechos delictivos graves, que ha sido considerado organización criminal y sus miembros dirigentes y miembros activos condenados en sentencia, entre otras, por los siguientes hechos delictivos:

  1. Sentencia de la Sección 9' de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 2 de abril de 2013, que condenó a varios integrantes de la misma por los delitos de organización criminal y delito de lesiones del artículo 148.1 del Código Penal.

  2. Sentencia de la Sala 2' del Tribunal Supremo de 16 de abril de 2014, que conf‌irmó la sentencia anterior.

  3. Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Seco. 16a de 29/09/15 por delitos de lesiones previsto y penado en los artículos 147,1 y 148.1 Código Penal, y de pertenencia a organización criminal, previsto y penado en los artículos 570 bis, penúltimo inciso y 570 quater.2 Código Penal.

  4. Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 15/02/16, por delito de pertenencia a organización criminal, extorsión, coacciones, amenazas, obstrucción a la Justicia y tenencia ilícita de armas.

  5. Sentencia del Tribunal Supremo de 3/11/16 por delito de pertenencia a organización criminal, extorsión, coacciones, amenazas, obstrucción a la Justicia y tenencia ilícita de armas, que conf‌irma la sentencia anterior.

  6. Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 1/3/16, Sección 173, por delito de pertenencia a organización criminal, tráf‌ico de drogas y usurpación de inmueble.

    El acusado Leandro ha sido identif‌icado, detenido y vinculado a la banda latina DIRECCION005 en las siguientes ocasiones:

  7. - 8/10/2018 Detenido atestado NUM010 instruido por la comisaría del distrito de DIRECCION003 (CP NUM011, NUM012, NUM013, NUM014 indicativo Z-180, Z181.) por un delito de robo con fuerza en las cosas, en compañía de otros dos jóvenes relacionados con la banda de DIRECCION005 . F. 215 A 226

  8. - 5/11/1018 Identif‌icado por indicativo BRONCE 105.1 (PN NUM015, NUM016 ) de la comisaría de distrito del DIRECCION004, portando un cuchillo de cachas marrones de 11,4 cm de longitud de hoja y una longitud total de 23 cm en la AVENIDA000 de Madrid sobre las 01:23 horas (sanción administrativa F. 71).

  9. - 5/11/2018 Detenido atestado NUM017 instruido por la Comisaria de distrito de DIRECCION003 (CP NUM018 y NUM019 ). por un delito de usurpación de Bienes Inmuebles, en compañía de otro joven relacionado con la banda latina Los trinitarias. F.225 a 236.

  10. - 24/11/2018 Identif‌icado por PN de DIRECCION004 portando en el bolsillo de la chaqueta, navaja tipo mariposa de 21,7 centímetro de longitud.

  11. - 7/12/2018 Detenido atestado NUM020 (PN NUM021, NUM022 instruido por la Comisaria de Distrito de DIRECCION003, junto a otro miembro de la banda latina Trinitarios, por resistencia y desobediencia y por tenencia ilícita de armas, manifestando a los agentes que porta los cuchillos intervenidos para defenderse de otras bandas. F, 237 a 248).

  12. - 8/12/2018 Detenido atestado NUM023 de la Comisaria de DIRECCION003 ( NUM022, NUM021, NUM024 indicativo APV-17 F) por un presunto delito de robo con violencia e intimidación en compañía de dos individuos relacionados con la Banda Latina DIRECCION005, suceso ocurrido en la C/ DIRECCION006 y los autores son reconocidos por la víctima F254 a 260.

  13. - 29/01/2019 Detenido atestado NUM025 de la Brigada Provincial de Información de Madrid indicativo Halcón 2000 NUM026, NUM027 NUM026, NUM028 ), por su participación en un delito de Riña Tumultuaria junto a otros 20 individuos de los cuales 13 eran mayores de edad y 7 menores enfrentamiento entre...

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