SAN 15/2022, 13 de Julio de 2022

PonenteJOAQUIN DELGADO MARTIN
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2022:3680
Número de Recurso1/2019

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 1

MADRID

SENTENCIA: 00015/2022

PROCEDIMIENTO ABREVIADO: ROLLO DE SALA PAB 1/19

Origen: Diligencias Previas número 109/17

Juzgado Central de Instrucción número 5

SENT ENCIA Nº 15/22

Ilmos. Magistrados de la Sección 1ª

Don Francisco Javier Vieira Morante

Don Jesús Eduardo Gutiérrez Gómez

Don Joaquín Delgado Martín (Ponente)

En Madrid, a 13 de julio de 2022.

VISTO en juicio oral y público ante la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial el Rollo de Sala PA número 1/19, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 5 (Diligencias Previas nº 109/17), seguido por los delitos de apropiación indebida o de administración desleal, falsedad documental y blanqueo de capitales, en el que aparecen como acusados:

Constancio, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Lino Romero Alonso

Darío, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Enrique Luzón Campos;

Desiderio, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Manuel Ollé Sesé;

Edemiro, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por la Letrada doña Thais Argenti Fernández;

Efrain, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Alfredo Muñoz Naranjo;

Erasmo, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Jaime Barreras GonzálezPastoriza;

Eulogio, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Julio Loes Boedo;

Ezequiel, mayor de edad, de nacionalidad española, defendido por el Letrado don Antonio Miguel Platas Casteleiro;

Fausto, mayor de edad, de nacionalidad española y sin antecedentes penales, defendido por el Letrado doña Antonio Miguel Platas Casteleiro;

Victoria, mayor de edad, de nacionalidad española y sin antecedentes penales, defendido por el Letrado don Alberto Martín Menor.

Habiendo sido parte el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Doña Pilar Melero Tejerina en el ejercicio de la acción pública; la Abogacía del Estado representada por la Ilma. Sra. Doña Lucía Pedreño, como acusación; y "Abanca Corporación Bancaria S.A." asistida por el Letrado don Abraham Castro Moreno, como acusación. Y siendo ponente el Ilmo. Sr. Don Joaquín Delgado Martín.

ANTE CEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el día 10.11.2017 tuvo entrada en el Juzgado Central de Instrucción nº 5, procedente del Servicio de Registro y Reparto de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, denuncia de 08.11.2017 y Registro de Salida 6.814, presentada por el representante del Ministerio Fiscal el 10.11.2017. Dicha denuncia dio lugar a la incoación de las Diligencias Previas 109/17 del Juzgado Central de Instrucción nº 5, mediante auto de 16 de noviembre de 2017, practicándose todas las diligencias de instrucción que resultaron pertinentes.

SEGUNDO

Alcanzada la fase intermedia, formularon acusación el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y "Abanca Corporación Bancaria S.A.". Las defensas en igual trámite solicitaron la absolución de los respectivos acusados.

La Abogacía del Estado consideró que procede imponer las siguientes penas a cada uno de los acusados:

· A Constancio, por el delito continuado de administracion desleal tres anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para el ejercicio del comercio por el mismo tiempo conforme a los articulos 45 y 107 CP, o alternativamente por el delito de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pa- sivo durante el tiempo de la condena y multa de diez meses con una couta diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio del comercio por el mismo tiempo.

· A Darío, por el delito continuado de administracion desleal tres anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo conforme a los articulos 45 y 107 CP, o alternativamente por el delito de apropia- cion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el de- recho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de diez meses con una couta diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo.

· A Desiderio, por el delito continuado de administracion desleal tres anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo conforme a los articulos 45 y 107 CP, o alternativamente por el delito de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de diez meses con una couta diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo.

· A Edemiro, por el delito continuado de administracion desleal tres anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo conforme a los articulos 45 y 107 CP, o alternativamente por el delito de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de diez meses con una couta diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria por el mismo tiempo.

· A Efrain, por el delito continuado de administra- cion desleal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el teimpo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria por el mismo tiempo, alternativamente por el delito continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria durante el mismo tiempo.

· A Erasmo por el delito continuado de administracion desleal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el teimpo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria

por el mismo tiempo, alternativamente por el delito continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria durante el mismo tiempo.

· A Eulogio por el delito continuado de administracion desleal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el teimpo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria por el mismo tiempo, alternativamente por el delito continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria durante el mismo tiempo.

· A Ezequiel por el delito continuado de administracion desleal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria por el mismo tiempo, alternativamente por el deli- to continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria duran- te el mismo tiempo.

· A Fausto por el delito continuado de administracion des- leal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el teimpo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria por el mismo tiempo, alternativamente por el delito continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e inhabilitacion especial para el ejercicio de la actividad bancaria durante el mismo tiempo.

· A Victoria por el delito continuado de administracion desleal quince meses de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena e inhabilitacion especial para la actividad bancaria por el mismo tiempo, alternativa- mente por el delito continuado de apropiacion indebida cinco anos de prision e inhabilitacion especial para el derecho de sufragio pasivo y diez meses de multa con una cuota diaria de 50 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago conforme a lo dispuesto en el articulo 53 CP e...

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