AAP Zaragoza 65/2022, 30 de Marzo de 2022
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Zaragoza, seccion 5 (civil) |
Fecha | 30 Marzo 2022 |
Número de resolución | 65/2022 |
AUTO nº 000065/2022
Ilmos. Sres.
Presidente
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER (Ponente)
Magistrados
D. JUAN CARLOS FERNANDEZ LLORENTE
D. ALFONSO Mª MARTÍNEZ ARESO
En Zaragoza, a 30 de marzo del 2022.
Que por la Procuradora Dña. INMACULADA ISIEGAS GERNER en nombre y representación de DOÑA María Inés, DON Jose Pablo y las mercantiles LA BOUTIQUE DE LISS SL y LOS TRACTORES DE DON QUIJJOTE SL, se ha presentado escrito interponiendo recurso de revisión contra Decreto de fecha 14 de febrero de 2022. Siendo Magistrado Ponente D. Antonio Pastor Oliver.
Admitido a trámite el recurso, se dió traslado del mismo a las demás partes personadas, por plazo común de cinco días, dentro del cual el Procurador Sr. Isern Longares en nombre y representación de SWEET HOME REFORMAS, S. COOP presento escrito solicitando la desestimación del recurso de revisión. Señalándose para deliberación, votación y fallo el día 29 de marzo de 2022.
En la sentencia recaída en apelación no hubo condena en costas pese a lo cual la parte apelada solicitó la tasación de costas. Tasación que fue realizada por la Letrada de este tribunal y que fue impugnada por los apelantes, alegando su carácter absolutamente indebido por la ausencia de condena en costas. En el traslado concedido a la impugnación, la instante de la tasación se aquietó al archivo de la misma. El cual tuvo lugar mediante Decreto de la Sra. Letrada (36/22, de 14 de febrero).
Dicho Decreto fue objeto de recurso de revisión por la impugnante, pidiendo la condena en las costas del incidente de oposición a la tasación de costas. A lo que se opuso la solicitante de dicha tasación al entender que el art. 246-4 LEC no contemplaba la condena en costas en el supuesto de indebidas y sólo en el de excesivas.
La cuestión relativa a la impugnación de la tasación de costas se mueve, a veces, entre límites difusos, pues la dicción del art. 246 LEC no resulta especialmente expresivo al respecto.
Lo que sí es claro es que los incidentes de impugnación de la tasación de costas por indebidas y por excesivas tienen una regulación independiente ( A.T.S. 16-3-2021, Recurso 2768/19). Sin embargo, el propio Tribunal Supremo también recuerda que son incidentes sin una regulación expresa de las costas, por eso -dice- debe primar la no imposición de costas cuando hay acuerdo de las partes...
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