STSJ Galicia 1489/2022, 29 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Marzo 2022
Número de resolución1489/2022

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

Sala Primera

SENTENCIA: 01489/2022

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

Correo electrónico:

NIG: 32054 44 4 2021 0001840

Equipo/usuario: JG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0005235 /2021 JG

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000453 /2021

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE/S D/ña María Rosa

ABOGADO/A: EDUARDO SANCHEZ GONZALEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL ABOGADO/A: LETRADO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veintinueve de marzo de dos mil veintidós.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0005235 /2021, formalizado por el/la D/Dª LETRADO D EDUARDO SANCHEZ GONZALEZ, en nombre y representación de María Rosa, contra la sentencia número 520 /2021 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000453 /2021, seguidos a instancia de María Rosa frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado-Ponente el/ la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª María Rosa presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 520 /2021, de fecha uno de julio de dos mil veintiuno.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: PRIMERO.- La demandante es vecina de Orense y ha nacido el NUM000 -59. SEGUNDO.- En fecha de 7-1-20 la demandante solicita subsidio mayores de 52 años que es denegado en fecha de 11-12-20 según resolución que consta en autos y se da por reproducido. Interpuesta reclamación previa fue desestimada el 26-3-21. TERCERO.- La demandante ha cotizado en Alemania 5.170 días y en España 372 días. En fecha de 30-5-87 agota un subsidio de desempleo y estuvo inscrita como demandante de empleo desde el 3-9-87 al 29-6-92 y desde el 25-5-04 al 1-6-20.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimo la demanda presentada por FRANCISCAALONSO NIETO manteniendo las resoluciones de 11-12-20 Y 26-3-21 en sus estrictos términos.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte recurrente, no impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la trabajadora la desestimación de su demanda en reclamación de subsidio para mayores de 52 años, aquietándose con el relato histórico y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 274 y ss. LGSS.

Se ha de recordar que la actora, que nació en octubre/1959, solicitó en enero/2020 subsidio para mayores de 52 años, que le fue denegado; que ha cotizado en España 372 días a partir de 2019 y en Alemania 5.170 días; que ha agotó un subsidio de desempleo en mayo/1987; y que ha permanecido inscrita como demandante de empleo de septiembre/87 a junio/92 y de mayo/2004 a junio/2020.

SEGUNDO

Aparte de que la censura no se ha articulado correctamente, pues se citan de manera...

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