STSJ Comunidad Valenciana 1616/2022, 24 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1616/2022
Fecha24 Mayo 2022

0 Recurso de Suplicación nº 4065/21

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 004065/2021

Ilmas. Sras.:

Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz, presidente

Dª. Mª. Isabel Saiz Areses

Dª. Mª. Carmen López Carbonell

En Valencia, a veinticuatro de mayo de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 001616/2022

En el recurso de suplicación 004065/2021, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2021, aclarada por Auto de fecha 8 de octubre de 2021, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE VALENCIA, en los autos 000323/2020, seguidos sobre reconocimiento de derecho (indef‌inido no f‌ijo), a instancia de D. Carlos Alberto, D. Luis Francisco y D. Jesus Miguel, asistidos por el Letrado D. Ricardo Arevalo Domínguez contra SOCIEDAD VALENCIANA DE GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SGISE), representados por la Letrada Dª. María Amparo Rosaleny Soler y EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA SA (TRAGSA), y en los que es recurrente D. Carlos Alberto, D. Luis Francisco y D. Jesus Miguel, ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª. Isabel Saiz Areses.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DEL PAÍS VALENCIANO, en nombre e interés de los trabajadores af‌iliados Carlos Alberto, Luis Francisco y Jesus Miguel, contra la empresa EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA (TRAGSA) y la SOCIEDAD VALENCIANA DE GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS DE EMERGENCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SGISE), debo declarar y declaro que la relación laboral que une a Carlos Alberto, Luis Francisco y Jesus Miguel con la empresa SOCIEDAD VALENCIANA DE GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS DE EMERGENCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SGISE), es de carácter indef‌inido no f‌ijo, condenando a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración.".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "1.- Los trabajadores, Carlos Alberto, con D.N.I. NUM000, Luis Francisco, con D.N.I. NUM001, y Jesus Miguel, con D.N.I. NUM002, han venido prestando servicios para la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA (TRAGSA), Carlos Alberto, con la categoría profesional de bombero forestal desde el 20/02/01, Luis Francisco, con la categoría profesional de bombero forestal desde el 1/07/09, y Jesus Miguel con la categoría profesional de sustituto vacaciones desde el 12/08/04, cada uno de ellos en los periodos que se señalan a continuación, hasta el 31/03/19, y desde el 1/04/19 para la SOCIEDAD VALENCIANA DE GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS DE EMERGENCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (SGISE). La relación laboral entre las partes se rige por lo dispuesto en el VI Convenio Colectivo del Personal de la Empresa TRAGSA adscrito al Servicio de Brigadas de Emergencia (D.O.C.V. 29/01/2015). 2.- Los trabajadores han permanecido en situación de alta en los siguientes periodos: (1) Carlos Alberto : - Del 20/02/01 al 30/03/01. - del 1/07/06 al 30/09/06. -Del 1/06/07 al 31/10/07. - Del 1/07/08 al 30/09/08. - Del 1/07/09 al 30/09/09. - Del 1/07/10 al 30/09/10. En virtud de contrato de trabajo de duracióndeterminada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de act. forestales y prest. del servicio de ext. de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, según encargo de la Conselleria de Governació de la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine. Anualidad 2010", para la prestación de servicios como conductor autobomba, en el centro de trabajo Autobomba rural de Calles (BV 562). - Del 16/06/14 al 4/11/14. En virtud de contrato de trabajo de duracióndeterminada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de actividades forestales y prestación del servicio de extinción de incendios forestales en la C.V., según propuesta de la Conselleria de Governació de la G.V. (mayo a septiembre 2014)", para la prestación de servicios como sustituto de vacaciones, en el centro de trabajo Brigada de Emergencia de Barracas. - Del 29/05/15 al 6/10/15. En virtud de contrato de trabajo de duracióndeterminada, para obra o servicio, consistente en "gestión servicio brigadas de emergencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana, según encargo de la Conselleria de Governació y Justicia de la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine mayo 2015", para la prestación de servicios como sustituto de vacaciones, en el centro de trabajo Brigada de Emergencia de Ayora (321/322). - Del 8/02/16 al 31/12/16. En virtud de contrato de trabajo de duracióndeterminada, eventual por circunstancias de la producción, consistente en "acumulación de tareas para cubrir las necesidades del Servicio de brigadas de emergencia en el ámbito de la Comunidad Valenciana, según encargo de la G. V., mientras dure el proceso de selección", para la prestación de servicios como subjefe, en el centro de trabajo Brigada Rural de Emergencia de Torremanzanas (Alicante). - Del 1/01/17 al 30/12/17. En virtud de contrato de trabajo de interinidad,para la sustitución de Ramón ., para la prestación de servicios como subjefe. - Desde el 4/02/18. En virtud de contrato de trabajo de interinidad, para lasustitución de Romeo ., para la prestación de servicios como brigadista. (2) Luis Francisco : Del 1/07/09 al 30/09/09. Del 1/08/10 al 31/10/10. Del 1/07/11 al 2/09/11. Del 3/09/11 al 19/04/12. Del 13/05/12 al 30/09/12. Del 3/07/13 al 12/12/13. Del 1/06/14 al 31/10/14. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de actividades forestales y la prestación del servicio de extinción de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, según encargo de la Conselleria de Governació de la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine mayo/septiembre 2014", para la prestación de servicios como correturnos, en el centro de trabajo Paterna (Valencia). Del 1/01/15 al 31/12/15. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, de interinidad, para la prestación de servicios como brigadista rural en la Brigada Rural de Emergencia de Xátiva (211), "para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura def‌initiva". Del 8/02/16 al 31/12/16. Desde el 1/01/17. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, consistente en "gestión del servicio brigadas de emergencia en el ámbito de la Comunitat Valenciana, según encargo de la G.V. de octubre 2016-febrero 2017", para la prestación de servicios como brigadista, en el centro de trabajo Brigada de Emergencia de Cortes de Pallás (BV-311). En fecha 1/03/17 las partes suscribieron Addenda del siguiente tenor literal "Gestión del servicio Brigadas de Emergencia en el ámbito de la C. V., según encargo de la G.V., de octubre 2016-febrero 2017/marzo-octubre 2017. En fecha 1/11/17 las partes suscribieron Addenda del siguiente tenor literal "Se añade a lo anterior: encargo a la empresa TRAGSA para la gestión del servicio de bomberos forestales en el ámbito de la C.V. del 1/11/17 al 31/03/18". En fecha 1/04/18 las partes suscribieron Addenda del siguiente tenor literal "Se añade a lo anterior: encargo a la empresa TRAGSA para la gestión del servicio de bomberos forestales en el ámbito de la C.V. del 1/11/17 al 31/03/18/ del 1/04/18 al 30/06/18". En fecha 1/07/18 las partes suscribieron Addenda del siguiente tenor literal "Se añade a lo anterior: encargo a la empresa TRAGSA para la gestión del servicio de bomberos forestales en el ámbito de la C.V. del 1/11/17 al 31/03/18/ del 1/04 al 30/06/18/ del 1/07 al 31/08/18". En fecha 1/12/18 las partes suscribieron Addenda del siguiente tenor literal "gestión del servicio de bomberos forestales en el ámbito de la C.V., según encargo de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias de la G. V. del 1/12/18 al 28/02/19". (3) Jesus Miguel : Del 12/08/04 al 15/10/04. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de actividades forestales y la prestación del servicio de extinción de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, conforme propuesta de la Conselleria de Justicia y AA PP de

la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine. Anualidad 2004", para la prestación de servicios como conductor autobomba, en el centro de trabajo autobomba de Enguera. Del 1/06/05 al 31/10/05. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de actividades forestales y la prestación del servicio de extinción de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, conforme propuesta de la Conselleria de Justicia y AA PP de la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine. Anualidad 2005", para la prestación de servicios como conductor autobomba, en el centro de trabajo Brigada Rural de Emergencia de Quesa. Del 1/06/06 al 31/10/06. En virtud de contrato de trabajo de duración determinada, para obra o servicio, consistente en "gestión del personal para la realización de actividades forestales y la prestación del servicio de extinción de incendios forestales en la Comunitat Valenciana, conforme propuesta de la Conselleria de Justicia, Interior y AA PP de la G.V. y durante el tiempo que dicho organismo determine. Anualidad 2006", para la prestación de servicios como conductor autobomba, en el centro de trabajo Brigada Rural de Emergencia de Quesa. Del 12/03/07 al 31/05/07. En virtud de contrato de trabajo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR