SAP Barcelona 223/2022, 2 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución223/2022
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 18 (civil)
Fecha02 Mayo 2022

Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 938294459

FAX: 938294466

EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0818442120178180456

Recurso de apelación 1126/2021 -E

Materia: Incidente

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de DIRECCION000 Procedimiento de origen:Incidente de oposición a la ejecución por motivos de fondo 2/2021 Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0970000012112621

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

Benef‌iciario: Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Concepto: 0970000012112621

Parte recurrente/Solicitante: Gracia

Procurador/a: Jaume Izquierdo Colomer

Abogado/a: SALVADORJULIO GRAU FILIBERTO

Parte recurrida: Aurelio

Procurador/a: Silvia Navarro Codinas

Abogado/a: Berta Molina Lorenzo

SENTENCIA Nº 223/2022

Magistrados:

D. Francisco Javier Pereda Gámez

Dª Margarita B. Noblejas Negrillo (Ponente) Dª Myriam Sambola Cabrer Barcelona, 2 de mayo de 2022

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 10 de diciembre de 2021 se han recibido los autos de Incidente de oposición a la ejecución por motivos de fondo 2/2021 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de DIRECCION000 a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Jaume Izquierdo Colomer, en nombre y representación de Gracia contra Auto - 12/04/2021 y en el que consta como parte apelada oponente la Procuradora Silvia Navarro Codinas, en nombre y representación de Aurelio .

Segundo

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:"Que DEBO DESESTIMAR y DESESTIMO la oposición a la ejecución formulada por el Procurador de los Tribunales

D. Jaime Izquierdo Colomer, en nombre y representación de Dª. Gracia y,en consecuencia, se acuerda seguir adelante la ejecución en los términos f‌ijados en el Auto de 20 de noviembre de 2020.Las costas del presente incidente se imponen a la parte ejecutada "

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 26/04/2022. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada Dª Margarita B. Noblejas Negrillo .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Traen causa las presentes actuaciones de la sentencia de 5-11-2013, la cual modif‌icó la sentencia de divorcio de 13-10-2010, que homologó el convenio en el cual las partes pactaron, entre otros extremos, un sistema de guarda y custodia por semanas alternas, que cada progenitor se haría cargo de los gastos que generaran los hijos cuando los tuviera en su compañía, los de escolaridad serían abonados a razón del 60% el padre y el 40% de la madre; el material escolar, incluido batas y chándal, lo abonaría el padre los años pares y la madre los impares y los extraordinarios en la misma proporción.

La sentencia de 3-10-2018 homologó un nuevo acuerdo que mantiene las medidas adoptadas en la anterior con la modif‌icación de otorgar la guarda y custodia del hijo al padre y se f‌ijó una pensión de alimentos a cargo de la madre para los dos hijos de 800 €/mes y extraordinarios por mitad.

En la demanda origen de las presentes actuaciones, formulada el 2-11-2020 el padre alegaba que desde septiembre de 2017, fecha en que los hijos abandonaron el domicilio familiar, cuyo uso lo tenía atribuido la madre, la misma cortó todo contacto con ellos y dejó de abonar los gastos que le correspondían.

En concreto: entre septiembre de 2017 y octubre de 2018 le adeudaba: colegio de Domingo, 1.101,31 €, cuotas AMAPA y Mutua Escolar, 43,01 €, material escolar, 117,65 y de las colonias escolares Marc148; universidad de Noemi : 914,74 curso 2017/2018 y 268,44 del curso 2018/2019, salidas programadas por la universidad y material necesario, 315,75; gastos médicos: mutua 366,20, dentista, 178,04, oculista-89 y prueba...

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