STSJ Asturias 858/2022, 26 de Abril de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 858/2022 |
Fecha | 26 Abril 2022 |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00858/2022
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
Correo electrónico:
NIG: 33044 44 4 2021 0003055
Equipo/usuario: MGC
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000268 /2022
Procedimiento origen: IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000524 /2021
Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES
RECURRENTE/S D/ña Catalina
ABOGADO/A: ALMA MARIA PANTIGA FERNANDEZ
RECURRIDO/S D/ña: Constanza, PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO
ABOGADO/A: CARLOS SUAREZ SOUBRIER,
PROCURADOR:, MANUEL GARROTE BARBON
SENTENCIA Nº 858/2022
En OVIEDO, a veintiséis de abril de dos mil veintidós.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Dª CATALINA ORDOÑEZ DIAZ y Dª MARIA DE LA ALMUDENA VEIGA VAZQUEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 268/2022, formalizado por la Letrada Dª ALMA MARÍA PANTIGA FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Catalina, contra la sentencia número 651 /2021 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el procedimiento IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 524 /2021, seguidos a instancia de Catalina frente a Constanza y PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª Catalina presentó demanda contra Constanza y el PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 651/2021, de fecha veintiséis de octubre de dos mil veintiuno.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
"1º.-A Dª. Constanza, trabajadora del PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO y con el puesto de trabajo de Encargada de Piscinas Exteriores como trabajadora fija discontinua, se le concedió una excedencia voluntaria con efectos al 21-05-12.
El Convenio aplicable es el de la propia entidad.
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-Como consecuencia de la precitada excedencia, Dª. Catalina pasó a prestar servicios para el PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO el 01-06-15, en virtud de un contrato de trabajo temporal de interinidad "para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva"; a jornada completa, con la categoría profesional Nivel V y puesto de trabajo "Encargada de piscinas exterior".
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-El 23-04-21, la trabajadora excedente solicitó la reincorporación a su puesto de trabajo a partir del 1 de junio, lo que le fue concedido por resolución de la entidad demandada de fecha 28-04-21.
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-En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales."
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"Que desestimando la demanda presentada por Dª. Catalina frente al PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE SIERO y Dª. Constanza, debo absolver y absuelvo a las demandadas citadas de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento".
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Catalina formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 7 de Febrero de 2022.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 3 de Marzo de 2022 para los actos de votación y fallo. A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
La representación Letrada de la trabajadora demandante recurre en suplicación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo, desestimatoria de la demanda de impugnación de actos administrativos formulada con la pretensión de que se declare anulable la resolución del Patronato Deportivo Municipal de Siero de fecha 28 de abril de 2021, que dispone el reingreso al servicio activo de la trabajadora codemandada, y en consecuencia no proceder al reingreso al servicio activo de dicha trabajadora en el puesto de encargada de piscinas exteriores en las instalaciones de Pola de Siero con efectos de 1 de Junio de 2021. La pretensión de la demanda se fundamenta en que la resolución impugnada no es...
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