STSJ País Vasco 793/2022, 26 de Abril de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución793/2022
Fecha26 Abril 2022

RECURSO N.º: Recurso de suplicación 2154/2021

NIG PV 48.04.4-17/010213

NIG CGPJ 48020.44.4-2017/0010213

SENTENCIA N.º: 793/2022

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 26/4/2022.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/a Ilmos./Ilma. Sres./Sra. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente, Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. JUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª Raimunda, contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 10 de los de Bilbao, de fecha 29 de julio de 2021, dictada en proceso sobre (AEL), y entablado por Dª Raimunda frente a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y NERVACERO S.A. .

Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada D.ª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º. - El trabajador D. Juan Carlos, nacido el NUM000 /1937, vino prestando servicios para la empresa NERVACERO S.A. con una antigüedad de 29/06/1978, con la categoría profesional de chatarrero y extinguiéndose el contrato de trabajo con fecha 26/03/1989.

  1. - El Sr. Juan Carlos en su prestación de servicios como chatarrero ha venido realizando lo siguiente:

    Verif‌icar el correcto llenado de las cestas de chatarra, efectuar la pesada de las misma y proceder al suministro correcto de las mismas al horno para garantizar el ritmo de producción y la calidad del procso previstos.

    Su labor se desarrollaba en una cualquiera de las zonas de carga de cestas y carros portacestas de laAcería, según lo requieran las necesidades de producción en cada momento

    Esporádicamente debía limpiar el horno y la chimenea.

  2. - El Sr. Juan Carlos en el trabajo realizado como chatarrero ha estado en contacto con productos que contenían amianto.

  3. - En la factoría de NERVACERO S.A. estaban a disposición libre de los operarios las placas de amianto. Estas se utilizaban normalmente para protegerse de las fuentes de calor.

    No existían puntos de extracción de polvo en aire, limitándose la posibilidad de renovar el entorno mediante la apertura de puertas y empleo de ventiladores comunes.

    Existían mascarillas de papel sin control de utilización por parte de la dirección.

    A partir de mediados de la década de los 90 comienza a sustituirse el amianto por f‌ibra de vidrio.

  4. - Le empresa NERVACERO S.A. dispone desde 2008 de un protocolo justif‌icado en el empleo pretèrito de amianto, en el cual se hace constar que "Analizado el uso sistemático del ambianto en empequetadura de bombas, proteccion de mangueras, lingoteras de colada continua, piquera, etc, se determina que todo el personal de acería ha podido estar expuesta al contacto con amianto".

    Dicho protocolo incluye listas de personas expuestas a amianto, el Sr Juan Carlos aparecía en esta.

  5. - El Sr. Juan Carlos como antecedentes médicos presentaba:

    Ex fumador desde > 10 (35 paq/año)

    Consumo OH 10-20 unidades(día.

    Disilpemia en tratamiento.

    HTA en tratamiento.

    No DM

    Cardiopatia isquémica:

    1997, IAM inferior con cateterismo que muesra enfermedad de un vaso (OM) - ACTP

    1998, angor con cateterismo que muestra reestenosis en OM- ACTOP y neuvo stent.

    reingresa por angor- 3º cateterismo con lesión intra-stent en OM, con nueva ACTP

    2006 y 2009 - dolores torácico con PE clíica positiva y eléctrica dudosa 6º CATETERISMO coronarias normales.

    2010- Marcapasos MP DDD (ENS)

    Septiembre - 13 dolor torácico inespecíf‌ico.

    Ingreso en M. Interna en Octubre de 2013 por sd. general sin objetivarse neoplasia. Se le realizo estudio cardiorespitaroio.

    Historia respiratoria EPOC moderado en SFB de 2/4

    Asbestosis Pulmonar. Fibrosis pulmonar idiopàtica. Bronquiectasis y bulla en hemitora derecho. TC toracico

    04.09.2013: Patrón interslicial bilateral con engrosamiento de septos interlobulillares y patrón de panalización de localización subpleura asi como de forma extensa afectando a ambas bases pulmonares todo ello relación con cambios de f‌ibrosis pulmonar. Asocia bullas pulmonares subpleurales bibasales la de mayor tamaño de 7 cm en segmento 6 del lóbulo inferior derecho con cierto engrosamiento de sus parecedes a las aunque sin contenido líquido que sugiera sobreinfección. Líquido loculado en cisura mayor.

    No se aprecian lesiones nodulares parenquimatosas pulmonares sospechosas. No derrame pleural signif‌icativo.

    Sin alteraciones en arcos costales derechos.

    Durante el ingreso en M. Interna se realizó:

    1 PRUEBAS DE FUNCION RESPIRATORIA: Normalidad de volumenes y f‌lujos con normalidad de resistencias y volumenes estáticos. Difusión muy descendida que corrige parcialmente con volumen alveolar.

    Gasometría artrial normal. FVC 83% FV/FVC 71% DLCO 41%

    2 TEST DE LA MARCHA. Se realiza test de la marcha recorriendo un total de 180 m. Comienza con un BORG

    3/4 con sat 96%, f‌inaliznado con 91% y Borg de 9 disnea y 3 de piernas.

    3, ECOCARDIOGRAMA. Cardiopatía isquémica con VI no dilatado FE 50-55%, con patrón de alteración de la relajación HAP moderada (40-50 mmHg) Hipocinesia anterior.

    4. ECOCARDIOGRAMA DE ESTRES: Se realiza ETT de esfuerzo (Protocolo de Bruce modif‌icado). Sin datos de isquemia miocárdica residual. A pico de esfuerzo PAP 80 mmHg.

    Ultimo control en Neumologia en ambulatorio de Ortuella el 24.02.2014. Se inicio tratamiento con 02 portatil por destauración de esfuerzo y disnea en Novimebre de 2013.

    2005 hernia de hiato + anillo Schatzki

    IQ: apendicitis con peritonitis; Prótesis peneana con disfunción eréctil. herniorraf‌ia inguinal y umbilical; 1993

    - AenoCa próstata.

  6. - El Sr Juan Carlos falleció en fecha 14/03/2014 con el diagnóstico: Aspergilosis pulmonar invasiva; Asbestosis pulmonar con f‌ibrosis pulmonar severa; EPOC severo; insuf‌iciencia renal aguda; fallo respiratorio agudo.

  7. - Emitido Dictamen propuesta por el EVI sobre determinación de contingencia (11/07/2014): "Fallecimiento por complicaciones respiratorias relacionadas con su enfermedad provocada por asbesto".

  8. - Practicada a la muerte autopsia por el H. Cruces (14/03/2014) esta destaca:

    Aparato respiratorio:

    Pulmón derecho 950 gr. y pulmón izquierdo: 800 gr. Superf‌icie irregular con incontables micronódulos, intensa congestión panlobular generalizada, múltiples formaciones bullosas que predominan en lóblos inferiores. En cortes seriados se identif‌ica salida de materioal mucopurulento y gran nódulo quístico sin cotenido de 4 cem. de diámetro máximo en lóbulo. Adherencias pleurales bilaterales.

    Cardiommegalia (50 gr). Arterioesclerosis de aorta y ramas.

    Sistema hepatobiliar y páncreas:

    Hepatomegalia leve (1950 gr) y congestión hepática generaliza.

    Pancreas de 98 gr.

    sistema reticuloendetelias:

    Bazo de 158 gra.

    Sistema urogenital:

    Riñones (derecho: 208 gr e izquierdo: 196 gra) con aisladas cicatrices corticales.

    ESTUDIO MICROSCOPICO

    Parénquina pulmonar en el que se identif‌ica f‌ibrosis, focos de bronconeumonia bilateral necrotizante con imágenes fúngicas f‌ilamentosas que parecen corresponder a aspergillus. Asimismo se observa un daño alveolar difuso con imagenes de mucostasis. No se identif‌ican cuerpos ferruginosos ni otros signos directos de asbestosis.

    En el corazón se identif‌ican cicatrices f‌ibrosas de infarto de miocardio, focos de miocardioesclerosis y arterioesclerosis severa de coronaria, calcif‌icazda.

    Parénquina renal con imágenes de nefroangioesclerosis.

    En tejido tiroideo se identif‌ica hiperplasis multinodular tiroidea, sin otros hallazgos signif‌icativos.

    PRUEBAS ADICIONALES:

    Estudio micobrilológico de muestras pulmonares positvo par bácilo alcohol resistente, aspergillus fumigatus y enterococcus faecium.

    HALLAZGOS Y DIAGNOSTICOS FINALES:

    Fibrosis pulmonar, bronconeumonia bilateral necrotizante (hongos f‌ilamentosos de tipo aspergillus). Daño alveolar difuso, muchostasi.

    Ausencia de cuerpos ferruginosos u otros signos directos de asbesosis.

    Arterioesclerosis coronaria severa calcif‌icada. Cicatriz f‌ibrosa de infarto de miocardio, miocardioesclerosis.

    Negroangioesclerosis.

    Hiperplasia multinodular tiroidea.

  9. - El fallecido dejó viuda y una hija mayor de veinticinco años.

  10. - El 14 de marzo de 2014 (en realidad 23 de mayo de 2014), se emitió informe por parte del servicio de Neumología del ambulatorio de Portugalete, en el que se recoge "Paciente diagnosticado previamente de asbestosis pulmonar con f‌ibrosis pulmonar muy evolucionada con exposición intensa al amianto durante su vida que fallece en marzo de 2014 por aspergilosis pulmonar invasiva conf‌irmada en la necropsia. Se remite este informe para iniciar tramitación como enfermedad profesional: asbestosis pulmonar. Durante su vida laboral ha presentado exposición intensa al amianto habiendo desarrollado una asbestosis pulmonar muy evolucionada

  11. - Se llevo a cao estudio complementario por parte de la persona que realizo la necropsia, en fecha 30/05/2016, concluyendo, "se ha procedido a realizar nuevos cortes y tinciones del parénquima pulmonar. en estos, de manera aislada, se detectan cuerpos ferruginosos de asbesto en relación con áreas de f‌ibra antracosis"

  12. - Por resolución del INSS de fecha 29/08/2014 se reconoció a la viuda a lucrar la indemnización a tanto alzado (6 mensualidades de 3.050,74 euros); y auxilio de defunción (46,50) a causa del fallecimiento del Sr Juan Carlos .

    Por resolución del INSS de fecha 30/09/2014 se reconoció a la viuda, Sra. Raimunda, prestación por viudedad derivada de contingencia de enfermedad profesional (52% de la base reguladora de 3.050,74 euros) .

  13. - En reclamación de responsabilidad contractual formulada por la viuda de hijos, por...

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