ATS, 6 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Julio 2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 06/07/2022

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 2990 /2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 8 DE ALICANTE

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu

Transcrito por: AVS/I

Nota:

CASACIÓN núm.: 2990/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Pedro José Vela Torres

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 6 de julio de 2022.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Construplas, S.L., presentó recurso de casación contra la sentencia n.º 422/2020, de 13 de mayo, dictada por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección 8.ª, actuando en su calidad de tribunal de Marcas de la Unión Europea, en el rollo de apelación n.º 1373/2019, dimanante de los autos de procedimiento ordinario n.º 327/2018, seguidos ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, actuando como Juzgado de marcas de la Unión Europea y dibujos y modelos comunitarios.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

La procuradora D.ª Amanda Tormo Moratalla presentó escrito ante esta sala, en nombre y representación de Construplas, S.L., personándose en calidad de parte recurrente. Por su parte, el procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro presentó escrito ante esta Sala, en nombre y representación de Novarali, S.L., personándose en concepto de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Construplas, S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Construplas, S.L., contra la sentencia n.º 422/2020, de 13 de mayo, dictada por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección 8.ª, actuando en su calidad de tribunal de Marcas de la Unión Europea, en el rollo de apelación n.º 1373/2019, dimanante de los autos de procedimiento ordinario n.º 327/2018, seguidos ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, actuando como Juzgado de marcas de la Unión Europea y dibujos y modelos comunitarios.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR