ATS, 20 de Abril de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 20 Abril 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 20/04/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1687 /2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE SALAMANCA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: BOG/MJ
Nota:
CASACIÓN núm.: 1687/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 20 de abril de 2022.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.
La representación procesal de D. Elias presentó escrito en el que interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 31 de octubre de 2019, por la Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1.ª, en el rollo de apelación n.º 422/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 14/2019, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Salamanca.
Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos en este Tribunal han comparecido la procuradora D.ª Elena Jiménez-Ridruejo Ayuso, en nombre y representación de D. Elias, como parte recurrente, y la procuradora D.ª Raquel García Olmedo, en nombre y representación de Wizink Bank, S.A., como parte recurrida.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Elias, al no advertirse en esta fase causa legal de inadmisión.
Admitido el recurso de casación, de conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno, por así establecerlo el art. 483.5 LEC.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Elias contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 31 de octubre de 2019, por la Audiencia Provincial de Salamanca, Sección 1.ª, en el rollo de apelación n.º 422/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 14/2019, seguido ante Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Salamanca.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.