SAP Madrid 98/2022, 25 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución98/2022
Fecha25 Febrero 2022

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

audienciaprovincial_sec3@madrid.org

Grupo de trabajo : L

39000090

N.I.G.: 28.079.00.1-2017/0025462

Procedimiento Abreviado 1338/2020

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 22 de Madrid

Procedimiento Origen: Diligencias previas 344/2017

Contra : D./Dña. Emiliano

PROCURADOR D./Dña. MARIA SALUD JIMENEZ MUÑOZ

Letrado D./Dña. JULIAN PEREZ-TEMPLADO TEMPLADO

SENTENCIA NUM 98

ILMOS. SRES.

D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA

Dª Mª PILAR ABAD ARROYO

Dª ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil veintidós.

PRIMERO

Por esta Sección III de la Audiencia Provincial de Madrid, con fecha 11-4-2021 se dictó sentencia num. 198 en PAB nº 1338/2020 seguido por delitos de Apropiación Indebida, Administración Desleal y Fasedad contra Emiliano .

SEGUNDO

Notif‌icada dicha resolución a las partes, por la Procuradora Sra. Jiménez Muñoz en representación de Emiliano se interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quien en fecha 3-11-2021 dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor:

"Que debemos condenar y condenamos a Emiliano como responsable en concepto de autor, sin concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, de:

A) Un delito de Falsedad en Documento Mercantil a la pena de 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, multa de 6 meses con cuotas diarias de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 C.P.

B) Un delito continuado de Apropiación Indebida a la pena de un año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, multa de seis meses con cuotas de seis euros y a que indemnice a la mercantil SIERPES S.A., a través de su representante legal, en la cantidad de 123.31774 euros, la cual devengará el interés previsto en el art. 576 de la LEC.

C) Un delito de Administración Desleal, a la pena de 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y a que indemnice a la mercantil SIERPES S.A., a través de su representante legal, en la cantidad de 221.47571 euros y de 72.000 euros respectivamente, cantidades que devengaran el interés previsto en el art. 576 de la LEC.

Condenamos a Emiliano al pago de las costas causadas, incluidas las de la acusación particular."

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones def‌initivas, calif‌icó los hechos como constitutivos de:

  1. Un delito continuado de falsedad en documento mercantil de los arts.392 en relación con el 390.1.2° y 3° del CP y art.74 del CP, en concurso medial del art.77.1 y 2 del CP., con un delito continuado de apropiación indebida de los arts. 250-1- 5°, y 252 del CP, en relación con el art.74 del mismo cuerpo legal, conforme a la redacción dada por LO 5/2010, por ser más favorable.

  2. Un delito continuado de falsedad en documento mercantil de los arts.392 en relación con el 390.1.2° y 3° del CP, en concurso medial del art.77.1 y 3 del CP, con un delito continuado de administración desleal del art. 295 del CP, en relación con el art.74 del mismo cuerpo legal, conforme a la redacción dada por LO 5/2010 por ser más favorable.

De los mencionados delitos es responsable el acusado en concepto de autor del art. 28 del CP, no concurriendo circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal.

Procede imponer al acusado las siguientes penas:

Por el delito del apartado a) la pena de prisión de 4 años, accesoria de inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 10 meses con una cuota diaria de 50 euros, con responsabilidad personal subsidiaria del art.53 del CP en caso de impago.

Por el delito del aparatado b) la pena de prisión de 2 años y 9 meses, accesoria de inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Costas.

RESPONSABILIDAD CIVIL: El acusado deberá ser condenado a indemnizar al representante legal de la mercantil SIERPES SL. en la cantidad de 396.191,26 euros por el dinero dispuesto, 192.338,32 euros por los perjuicios causados por la mala gestión, y 29.280 euros por las rentas dejadas de percibir por el alquiler del local por la mala gestión del acusado, más los intereses legales que correspondan conforme al art.576 de la LEC.

SEGUNDO

La acusación particular en sus conclusiones def‌initivas calif‌icó los hechos como constitutivos de:

  1. Un delito continuado de FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392 en relación el 390.1 .2° y 33 del Código Penal y artículo 74 del Código Penal en concurso media) 'del artículo 77.1 y 2 del Código Penal con un delito continuado de APROPIACIÓN INDEBIDA de los artículos 253, en relación con los artículos 250.1.5 del Código Penal, y artículo 74 del mismo cuerpo legal, conforme a la redacción dada por la LO 5/2010, por ser más favorable.

  2. Un delito continuado de FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392 en relación con el 390.1 .2° y 33 del Código Penal y artículo 74 del Código Penal en concurso media) i del artículo 77.1 y 2 del Código Penal con un delito continuado de ADMINISTRACIÓN DESLEAL del artículo 252 y 295 del Código penal, en relación con el artículo 74 del mismo cuerpo legal, conforme a la redacción dada por la LO 5/2010, por ser más favorable.

Es responsable penal de los delitos por los que se sigue la presente causa D. Emiliano en concepto de AUTOR MATERIAL DE LOS HECHOS, de conformidad con lo dispuesto-en los artículos 28, párrafo 1° del Código Penal.

Procede la imposición al acusado de las siguientes penas:

Por el delito del apartado A) la pena de prisión de 6 años, accesoria de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros, con responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de Impago.

Por el delito del apartado B) la pena de prisión de 3 años accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

Que sea condenado a las costas legales de conformidad al artículo 123 CP.

Concurre la circunstancia agravante de "Abuso de Conf‌ianza", prevista en el artículo 22.6 del Código Penal, al haberse prevalido de la relación de conf‌ianza y amistad que tenía con el resto de socios.

RESPONSABILIDAD CIVIL: El acusado indemnizará a la mercantil SIERPES, S.L. en la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UN EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS (396.191,26 €) por el dinero dispuesto de la sociedad por el acusado, conforme al informe pericial del Sr. Gregorio, más CIENTO NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON TREINTA Y DOS EUROS (192.338,32 €) por los perjuicios causados por su mala gestión, conforme al citado informe pericial, más otros VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHETNA EUROS (29.280 €) por las rentas dejadas de percibir por el alquiler de! local por la mala gestión del acusado, más otros SETENTA Y DOS MIL EUROS (72.000 €) por el aval bancario del que eximió el administrador en el nuevo contrato de arrendamiento, f‌irmado el 1 de junio de 2014 y con los que habría respondido del impago de la renta de Nells Madrid Hostelería, S.L", siendo de aplicación a todos los importes el interés legal del artículo 576 de la LEC.

TERCERO

La defensa del acusado en sus conclusiones def‌initivas calif‌icó los hechos como no constitutivos de delito y solicitando la libre absolución de su defendido y con carácter de alternatividad, para el caso de que se estimare la existencia de delito, la concurrencia en el acusado de las siguientes circunstancias atenuantes:

- De reparación del daño a las víctimas del art. 21.5ª C.P. como muy cualif‌icada

- De dilaciones indebidas del art. 21.6ª C.P. como muy cualif‌icada.

  1. HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El acusado Emiliano, mayor de edad y sin antecedentes penales, adquirió el 35% de las acciones de la Sociedad mercantil SIERPES S.A., constituida con fecha 22-9-1986 ante Notario (25% en su constitución y un 10% con posterioridad), la cual transf‌irió a su mujer Encarnacion en escritura pública de fecha 18-10-1996. El resto de socios eran titulares al 65% de las acciones.

Con fecha 24-5-1987, la sociedad adquirió una f‌inca urbana situada en la c/ Velázquez nº 136 esquina con c/ López de Hoyos de Madrid, siendo el único activo de la mercantil y donde se instaló la discoteca/bar denominada "El Portón", local y actividad que fue arrendado en el año 2004 a un tercero, la mercantil TARTUFO HOSTELERIA S.L. por importe de 155.42159 euros en el año 2010, 157.18876 euros en el año 2011, 138.72852 euros en el año 2021 y 108.600 en el año 2013.

El acusado desde el inicio de actividades por la sociedad fue nombrado administrador solidario junto a Justiniano, y a partir de la renuncia de éste último en octubre de 2010, administrador único, aunque siempre fue administrador de hecho ya que la otra persona se dedicaba a llevar a las relaciones públicas de la mercantil, sin intervención en la administración de la sociedad.

En su calidad de administrador, confeccionaba las cuentas anuales de la sociedad que se inscribían en el Registro Mercantil, aportando Actas de Juntas universales de la mercantil que supuestamente aprobaban los socios y que nunca se celebraron. Este dato era conocido por todos los socios que nunca se opusieron a este sistema, hasta el año 2012.

El acusado incluyó en el Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2008 y 2009, como gastos...

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