SAP Zaragoza 357/2021, 30 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Septiembre 2021
Número de resolución357/2021

S E N T E N C I A Nº 000357/2021

Ilmos/as. Sres/as.

Presidente

D. CARLOS LASALA ALBASINI (Ponente)

Magistrados

D. FRANCISCO JOSE PICAZO BLASCO

Dª. MARIA PILAR LAHOZ ZAMARRO

En Zaragoza, a 30 de septiembre del 2021.

Esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al arriba se expresan, ha visto en juicio oral y público la presente causa Sumario 1810/2018, procedente del Juzgado de Instrucción nº cinco de Zaragoza, que ha dado lugar al presente Rollo de Sala núm. 913/2018, seguido por delito continuado de agresión sexual (violación) contra el acusado Pedro ) con D.N.I NUM000, nacido en la ciudad de Zaragoza el día NUM001 -1998, hijo de Santos y de Lucía, cuyo estado civil, of‌icio e instrucción, no constan, sin antecedentes penales con domicilio en esta ciudad de Zaragoza en la CARRETERA000 núm. NUM002 y en situación personal de libertad provisional por esta causa, libertad de la que estuvo privado solamente los día 10 y 11 de Septiembre de 2018 por motivo de su detención policial.

El acusado Pedro se halla representado por el Procurador D. Jaime López Urdaniz y defendido por el Letrado

D. José Luis Melguizo Marcen.

Son partes acusadoras, por un lado el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción publica, y por otro lado ejercita la Acusación particular, como perjudicado D. Luis Pablo, como Legal representante de la menor de edad Santiaga, representado por la Procuradora Dª María del Pilar Amador Guallar y asistido por el Letrado

D. Francisco José García Berenguer.

Es Ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Presidente D. Carlos Lasala Albasini, quien expresa de forma motivada y razonada la unánime decisión del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En virtud de denuncia interpuesta por D. Luis Pablo el día 6-9-2018 incoó el Sr. Juez de Instrucción núm. 5 de Zaragoza el Sumario núm. 1810/2018 del Juzgado de Instrucción núm. cinco de Zaragoza sumario en el que decreto el procesamiento del investigado Pedro mediante Auto de fecha 29-10-2018.

Mediante Auto de fecha 30-4-2019 el Sr. Juez de Instrucción núm. cinco decretó la conclusión de su Sumario 1810/2018 y elevó la causa a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza a la que había correspondido por turno de reparto el Enjuiciamiento, Conocimiento y Fallo de la misma.

Personadas las partes fue designado Ponente de esta causa el Ilmo. Sr. Presidente D. Carlos Lasala Albasini pasando la causa para informe a las partes solicitando todas ellas la conf‌irmación del Auto de Conclusión de Sumario y la apertura de juicio oral.

Mediante Auto de fecha 30-7-2019 esta Sala conf‌irmo el Auto de Conclusión de presente sumario 1810/2018 y decretó la apertura de juicio oral.

El Ministerio Fiscal presentó su Escrito de Conclusiones Provisionales con fecha 2-10-2019 y en ellas acusó al procesado Pedro como autor responsable de un delito continuado de Agresión Sexual tipif‌icado en el artículo 183.2º y del Código Penal vigente (delito continuado de violación) pidiendo contra el acusado la pena de 15 años de prisión.

La Acusación particular de Dª Santiaga presentó su Escrito de Conclusiones Provisionales mediante escrito de fecha 15-10-2019 y en el mismo acusó al procesado Pedro de ser autor material y directo de un delito continuado de agresión sexual tipif‌icado en el artículo 183.2º y en relación con el artículo 34.1 del Código Penal vigente pidiendo contra el acusado la pena de 15 años de prisión.

La Defensa del acusado Pedro presentó su Escrito de Conclusiones Provisionales con fecha 28-10-2019 y en el mismo negó todos los hechos que se le atribuían a su patrocinado tanto el Ministerio Fiscal como la Acusación particular y en consecuencia solicito la libre absolución para su patrocinado con todos los pronunciamientos favorables.

SEGUNDO

Mediante Auto de fecha 11-11-2019 esta Sala declaró pertinentes todas las pruebas propuestas, tanto por el Ministerio Fiscal y la Acusación particular como por la Defensa del acusado incluso la práctica de la prueba documental anticipada solicitada por la Defensa del acusado.

Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 12-11-2019 la Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección Sexta señalo el día 12-5-2020 para el inició de las sesiones de juicio oral a las 10 horas de la mañana y ordenó citar a las partes personadas.

A petición de la Defensa del acusado Pedro esta Sala dictó una Providencia de fecha 29-4-2020 en la que decretó la Suspensión de la vista oral señalada para el día 12-5-2020 y ello en aplicación del Real Decreto 463/2020 de 14-3-2020 que decretaba el estado de Alarma por causa de la Pandemia ocasionada por el COVID-19

TERCERO

Mediante Diligencia de fecha 28-5-2020 la Letrada de la Administración de Justicia señalo el día 29-9-2020 a las 10 horas para el inicio de las sesiones de juicio oral contra el acusado Pedro .

Tal vista oral no llegó a celebrarse el día 29-9-2020 pues la Defensa del acusado Letrado D. Carlos Alberto Vela Martin presentó un escrito de fecha 21-9-2020 en el que comunicaba que renunciaba a la defensa del acusado Pedro por tener con el mismo discrepancias insalvables en la dirección del asunto y además por no haberse podido reunir todavía con el acusado por estar infectado ese Letrado por el COVID-19 y hallándose todavía en fase de recuperación y no haber recibido todavía el alta médica todo lo cual justif‌icó documentalmente.

El acusado designo Letrado de libre designación a D. José Luis Melguizo Marcen mediante escrito de fecha 29-9-2020 y mantuvo como Procurador a D. Jaime López Urdaniz.

Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 6-10-2020 la Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección Sexta señaló el día 11-1-2021 a las 10 horas y 15 minutos de su mañana para el inicio de la sesiones de juicio oral.

CUARTO

Mediante Providencia de fecha 30-12-2020 esta Sala dejó sin efecto el señalamiento el 11-1-2021 por tener el Letrado de la Acusación particular D. Francisco José García Berenguer un señalamiento con Jurado ese mismo día 11-1- 2021 en la Audiencia Provincial de Huesca.

Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 15-1-2021 la Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección 6ª señaló el día 6-4-2021 a las 10,30 horas de su mañana para el inicio de las sesiones de juicio oral.

Tal señalamiento para el día 6-4-2021 no pudo celebrarse por haber enfermado por el COVID-19 el Letrado defensor D. José Luis Melguizo Marcen y estar conf‌inado en su domicilio lo cual acreditó documentalmente.

Finalmente la Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección Sexta dictó Diligencia de Ordenación de fecha 6-4-2021 en la que señala el día 31-5-2021 a las 10,20 horas de la misma para el inicio de la vista oral, vista oral que f‌inalmente se celebró en el día y hora señalado con la presencia de todas las partes personadas.

QUINTO

El Ministerio Fiscal elevó sus Conclusiones Provisionales a def‌initivas calif‌icando los hechos enjuiciados como constitutivos de un delito continuado de agresión sexual (violación tipif‌icado en el artículo 183-2º y del Código Penal vigente en relación con el artículo 74.º de dicho Código del que señaló como

autor al acusado Pedro sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de su responsabilidad criminal y pidió que fuera condenado a la pena de 15 años de prisión, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de su condena privativa de libertad y tambien con la pena accesoria de inhabilitación especial para profesión u of‌icio que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo superior en 4 años a la duración de la pena privativa de libertad impuesta en Sentencia, conforme al artículo 192.3-c de Código Penal.

Tambien pidió el Ministerio Fiscal que al acusado Pedro le fuera impuesta la medida de prohibición de aproximación a la menor Santiaga, a menos de 300 metros de su domicilio, residencia, trabajo o cualquier otro frecuentado por ella...

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