AAP Guadalajara 207/2021, 4 de Mayo de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Mayo 2021
Número de resolución207/2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

AUTO: 00207/2021

AUDIECIA PROVINCIAL DE GUADALJARA

- PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Teléfono: 949-20.99.00

Correo electrónico:

Equipo/usuario: CVC

Modelo: 662000

N.I.G.: 19130 43 2 2012 0097345

RT APELACION AUTOS 0000651 /2020

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de GUADALAJARA Procedimiento de origen: EJECUTORIAS 0001019 /2014

Delito: LESIONES

Recurrente: MINISTERIO FISCAL, Felicidad

Procurador/a: D/Dª, ANA ROSA CALLEJA GARCIA

Abogado/a: D/Dª,

Recurrido:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

ILMA. SRA. PRESIDENTE:

Dª ISABEL SERRANO FRÍAS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS:

D. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLÉN

Dª EVA ESTRELLA RAMIREZ GARCIA Dª MARIA ELENA MAYOR RODRIGO

A U T O Nº 207/21

En GUADALAJARA, a cuatro de mayo de dos mil veintiuno

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de lo penal nº 1 de Guadalajara, con fecha 05/11/2020, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DEBO ACORDAR Y ACUERDO CONCEDER LA SUSTITUCIÓN de la pena de prisión de tres meses impuesta a la penada Felicidad por la pena de seis meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros, lo que hace un total de 1.080,00 euros debiendo efectuar el pago en el mes en curso, bajo apercibimiento, en caso contrario, del cumplimiento de la pena de prisión impuesta.".

SEGUNDO

Notif‌icada dicha resolución a las partes personadas, por la representación de DOÑA Felicidad se presentó recurso de apelación contra la misma. Admitido que fue, puesta de manif‌iesto la causa a las demás partes, se remitieron las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso, llevándose a efecto la deliberación y fallo el pasado día 28/04/2021.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar resolución.

Siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo/Ilma. Sr/Sra. D/Dª EVA ESTREALLA RAMIREZ GARCIA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución recurrida, en cuanto no se opongan a los que siguen que, para tal supuesto, deberán entenderse sustituidos por éstos.

Resumen de antecedentes.

El Juzgado de lo Penal nº 1 de los de Guadalajara, con fecha 5 de noviembre de 2020, dictó auto concediendo la sustitución de la pena de tres meses de prisión por la de seis meses multa con cuota de seis euros día, a abonar en el mes en curso.

Por la procuradora Sra. Calleja García en nombre y representación de Felicidad, se interpone recurso de apelación contra la meritada resolución en el que, atendidas las razones en él contenidas y a las que después se hará referencia, solicita una cuota de tres euros a abonar en un año.

El Ministerio Fiscal insta la estimación del recurso de apelación interpuesto adhiriéndose al mismo. SEGUNDO.- Motivos del recurso. Af‌irma la recurrente la imposibilidad de abonar la cantidad impuesta en el auto recurrido, la cual además debe ser pagada en el perentorio plazo que este f‌ija, puesto que su situación económica no se lo permite, remitiéndose a la documentación aportada al solicitar la sustitución así como a la que ahora aporta. El Ministerio Fiscal se adhiere al recurso y ante el mismo cabe plantearse, aunque no ha sido objeto de la apelación, si tras haberse revocado la suspensión de la pena cabe acordar su sustitución dada la actual regulación del Código Penal al efecto.

En este sentido conviene recordar la SAP de Guadalajara, Penal sección 1 del 25 de enero de 2019 ( ROJ: SAP...

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